INFORME DEL RESULTADO DE LA CUENTA PUBLICA, EJERCICIO FISCAL 2005
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo.- Nayarit.
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
Representado por su XXIX Legislatura, decreta
Aprobar el Informe del Resultado de la Cuenta
Pública, ejercicio fiscal 2005
Artículo Único.- Es de aprobarse y se aprueba el Informe del Resultado de la Cuenta
Pública ejercicio fiscal 2005, presentado por el Órgano de Fiscalización Superior de conformidad a las consideraciones y recomendaciones planteadas en el dictamen correspondiente al presente decreto.
D A D O en la Sala de Sesiones “Lic. Benito Juárez García” recinto oficial del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en Tepic, su Capital, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez.
Dip. Rigoberto Ríos Jara, Presidente.-
Rúbrica.-
Dip. Juan José Castellanos Franco,
Secretario.-
Rúbrica.-
Dip. Gloria Noemí Ramírez Bucio, Secretaria.-
Rúbrica.
Miércoles 5 de Mayo de 2010 Periódico Oficial 3
COMISIÓN DE HACIENDA, CUENTA PÚBLICA Y
PRESUPUESTO
DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO
RELATIVO AL INFORME DEL RESULTADO DE LA
CUENTA PÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2005.
H. ASAMBLEA LEGISLATIVA
El Congreso del Estado de Nayarit, por conducto de la Comisión que al rubro se indica emite el presente dictamen relativo al informe del resultado con el objeto de concluir el proceso de fiscalización de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2005, en alcance a la facultad que nos confieren los artículos 47 fracciones VII y XXVI, 114 y 121 apartados A y B de la Constitución Política Local, y al tenor de los siguientes apartados:
Competencia Legal de la Comisión
De conformidad a lo dispuesto por el artículo 108 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo que de manera específica establece:
Artículo 108.- La Comisión de Hacienda, Cuenta Pública y Presupuesto, coordinará y evaluará el funcionamiento del órgano de fiscalización; será el conducto de comunicación del Congreso y recibirá el informe del resultado de la revisión y fiscalización de las cuentas públicas mediante el dictamen correspondiente, para su turno al pleno del Congreso.
Antecedentes
Como se ha dado a conocer por ésta Legislatura, existe un rezago en el proceso de fiscalización de diversos ejercicios fiscales, específicamente en lo concerniente a la última etapa, misma que por disposición constitucional se encuentra a cargo de este Congreso.
Hasta antes del 15 de abril del año en curso, el proceso de fiscalización se encontraba inconcluso respecto a los ejercicios fiscales 2002 - 2008, en lo concerniente a la aprobación del informe del resultado de las cuentas públicas, por lo que esta Legislatura con el propósito de enfrentar tal situación en fecha 21 de noviembre de 2009 a través del decreto que contiene diversas reformas a la Ley de Órgano de Fiscalización Superior, se estableció a través de una disposición transitoria un plazo perentorio en los siguientes términos:
Resultado de la revisión de las cuentas públicas correspondientes a los ejercicios fiscales 2002 a 2006, antes del 30 de abril de 2010 a efecto de remitirlos al pleno del Congreso para su sanción definitiva. Los decretos respectivos deberán publicarse en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado.”
Partiendo de lo anterior, la Comisión Dictaminadora emitió en fecha 24 de marzo de cada uno de los informes del resultado antes referidos; dicho acuerdo establece el orden de prelación en que habrán de dictaminarse los informes; así como los criterios que deberá atender el dictamen correspondiente.
A este respecto cabe mencionar que conforme al Acuerdo de Trámite en alusión se inició con la dictaminación de los ejercicios fiscales 2008 y 2007, mismos que fueron aprobados por el Pleno de la Asamblea Legislativa en fecha 15 de abril de 2010; asimismo se dispuso que hecho lo anterior se continuaría con los ejercicios 2006, 2005, 2004, 2003 y 2002, en ese orden; por lo que el caso específico que nos ocupa es relativo a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2005, es por ello que nos permitimos referir lo siguiente: a) En fecha 15 de febrero de 2006 fue presentada ante el Congreso por conducto del dispuesto por el numeral 38 fracción I de la Ley de la materia. Cabe mencionar, que con dicha presentación se dio inicio al proceso de fiscalización. b) Asimismo y agotadas las etapas de emisión del pliego de observaciones y en su caso la correspondiente de solventación de las mismas, el Órgano de Fiscalización Superior presentó en tiempo el Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública que hoy nos ocupa.
Por lo anterior esta Comisión Dictaminadora, atendiendo las etapas del proceso de fiscalización realiza la dictaminación del asunto de mérito ajustándose a los criterios señalados en el Acuerdo de Trámite aprobado en fecha 24 de marzo del presente año por esta Comisión, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
A) Resultados Relevantes de la Cuenta Pública 2005.
Escenario económico.
La Hacienda Pública del Estado de Nayarit para el ejercicio fiscal 2005 fue de mil doscientos cuarenta y nueve pesos 81/00 moneda nacional), que se distribuyeron de la siguiente manera:
Hacienda Pública del Estado de Nayarit: 2005
Egresos totales
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Organismos Autónomos
Municipios
Gasto Federalizado
TOTAL
Fuente: Presupuesto de Egresos del Estado de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2005.
INDICES
MUNICIPIOS
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COMPOSTELA
HUAJICORI
N.D.
IXTLÁN
JALA
N.D.
DEL NAYAR
N.D.
ROSAMORADA
N.D.
N.D
RUIZ
N.D.
SAN BLAS
SAN PEDRO L.
SANTA MARIA
SANTIAGO
N.D.
N.D.
TECUALA
TEPIC
TUXPAN
XALISCO
YESCA
N.D.
PROMEDIO
Miércoles 5 de Mayo de 2010 Periódico Oficial 5
Resultados de las finanzas públicas.
B) Datos Básicos del Informe de la Revisión de la Cuenta Pública.
Durante el 2006 se realizaron auditorías correspondientes a la cuenta pública
Tipo de Auditoría
Número de Auditorías
Gestión Financiera
Infraestructura Pública
Evaluación del Desempeño
Total
La fiscalización de la hacienda pública del estado de Nayarit para el ejercicio entes públicos, de acuerdo con un programa de auditorías, su normatividad para llevarlas a cabo, así como los recursos y fuerza de trabajo disponible por el ente fiscalizador, se alcanzó un total de 49 entes fiscalizados.
Del universo de sujetos a fiscalizar compuesto por los poderes del estado, organismos descentralizados estatales y municipales, así como fideicomisos y organismos autónomos, se realizaron auditorías con diversos enfoques y alcances, tal como se describe a continuación:
Sujetos Fiscalizados
Importe Fiscalizado
Poder Legislativo poder Ejecutivo
Poder Judicial
Organismos Descentralizados, Fideicomisos, Organismos
Autónomos, Fondos y Otros.
Municipios
Totales
Como resultado de la fiscalización a la cuenta pública 2005, se determinaron en el
Informe Final de la Revisión 2,233 observaciones, de las cuales 1,944 corresponden a responsabilidades administrativas y 289 a responsabilidades resarcitorias.
Sujetos Fiscalizados
Gestión Financiera Infra. Pública
Totales
Poderes y Organismos Descent.
Organismos Autónomos
Ayuntamientos
Organismos Descent. Municipales
Totales
Sujetos Fiscalizados
Administrativas
Resarcitorias
Totales
Poderes y Organismos Descent.
Organismos Autónomos
Ayuntamientos
Organismos Descent. Municipales
Totales
Las recurrencias de irregularidades determinadas a los sujetos fiscalizados se pueden clasificar en administrativas y/o resarcitorias, de la fiscalización a las cuentas públicas 2005 se encontraron las siguientes:
Miércoles 5 de Mayo de 2010 Periódico Oficial 7
Administrativas. con oportunidad. recepción al Honorable Congreso del Estado...
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