Incorporación Municipal con Obras Mínimas de Urbanización de la Etapa 12 del Programa Parcial de Urbanización Denominado 'Marimar', Ubicado en el Resultante de la Fusión de las Parcelas 28, 30 y 35 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de Este Municipio de Manzanillo, COLIMA.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 10 de Febrero del año 2018; Núm. 08 pág. 407

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MANZANILLO, COLIMA.

INCORPORACIÓN

MUNICIPAL CON OBRAS MÍNIMAS DE URBANIZACIÓN DE LA ETAPA 12 DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "MARIMAR", UBICADO EN EL RESULTANTE DE LA FUSIÓN DE LAS PARCELAS 28, 30 Y 35 Z-1 P1/1 DEL EJIDO SALAGUA DE ESTE MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA.

  1. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MANZANILLO, COLIMA.

A C U E R D O

LICDA. GABRIELA BENAVIDES COBOS, Presidenta Municipal de Manzanillo, Colima; a sus habitantes hace SABER:

Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 87 fracción V de la Constitución Política del Estado de Colima, con base en lo establecido en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima y el Reglamento que Rige el Funcionamiento del Cabildo del Municipio de Manzanillo, Colima; así como con fundamento en los artículos 21 fracciones II y VIII, y los artículos 43, 57, 59 y demás relativos de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, y en virtud de que con fecha 11 DE ENERO DE 2018, los integrantes del H. Cabildo aprobaron por UNANIMIDAD DE VOTOS el ACUERDO, donde se señala que: LA COMISIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y VIVIENDA PRESENTÓ ANTE EL H. CABILDO, EL DICTAMEN No. 042/CAHYV/2018, REFERENTE AL DICTAMEN TÉCNICO PRESENTADO POR LA ARQ. BRENDA GABRIELA VILLASEÑOR GONZÁLEZ, DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, RESPECTO A LA INCORPORACIÓN MUNICIPAL CON OBRAS MÍNIMAS DE URBANIZACIÓN DE LA ETAPA 12 DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "MARIMAR", UBICADO EN EL RESULTANTE DE LA FUSIÓN DE LAS PARCELAS 28, 30 Y 35 Z-1 P1/1 DEL EJIDO SALAGUA DE ESTE MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
  1. - En SESIÓN PÚBLICA de carácter EXTRAORDINARIA No. 87, celebrada por el H. Cabildo el día 11 DE ENERO DE 2018, en el desahogó del PUNTO CINCO del orden del día, se aprobó el ACUERDO que en su parte conducente dice que: LA COMISIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y VIVIENDA PRESENTÓ ANTE EL H. CABILDO, EL DICTAMEN No. 042/CAHYV/2018, REFERENTE AL DICTAMEN TÉCNICO PRESENTADO POR LA ARQ. BRENDA GABRIELA VILLASEÑOR GONZÁLEZ, DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, RESPECTO A LA INCORPORACIÓN MUNICIPAL CON OBRAS MÍNIMAS DE URBANIZACIÓN DE LA ETAPA 12 DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "MARIMAR", UBICADO EN EL RESULTANTE DE LA FUSIÓN DE LAS PARCELAS 28, 30 Y 35 Z-1 P1/1 DEL EJIDO SALAGUA DE ESTE MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA.

LA SUSCRITA C. LICDA. LIZBETH ADRIANA NAVA LEAL, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MANZANILLO, COLIMA, HACE CONSTAR Y

C E R T I F I C A

QUE EN EL ACTA DE SESIÓN PÚBLICA DE CABILDO No. 87 DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA QUE CELEBRÓ EL HONORABLE CABILDO EL DÍA JUEVES 11 ONCE DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2018 DOS MIL DIECIOCHO, A LAS 11:00 ONCE HORAS, EN EL PUNTO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA, OBRA UN ACUERDO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: LA COMISIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y VIVIENDA PRESENTÓ ANTE EL H. CABILDO, EL DICTAMEN No. 042/CAHYV/2018, REFERENTE AL DICTAMEN TÉCNICO PRESENTADO POR LA ARQ. BRENDA GABRIELA VILLASEÑOR GONZÁLEZ, DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, RESPECTO A LA INCORPORACIÓN MUNICIPAL CON OBRAS MÍNIMAS DE URBANIZACIÓN DE LA ETAPA 12 DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "MARIMAR", UBICADO EN EL RESULTANTE DE LA FUSIÓN DE LAS PARCELAS 28, 30 Y 35 Z-1 P1/1 DEL EJIDO SALAGUA DE ESTE MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA, TAL COMO SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN:

La Comisión de Asentamientos Humanos y Vivienda, de éste H. Ayuntamiento Constitucional de Manzanillo integrado por los CC. Licda. Gabriela Benavides Cobos-Presidenta Municipal, Licda. Leticia Parra Munguía-Regidora y el Arq. José Fernando Morán Rodríguez-Regidor, la primera con carácter de Presidenta de la Comisión y los segundos con el carácter de Secretarios de la misma, y con fundamento en los artículos 53 fracción III de la Ley del Municipio Libre para el Estado de Colima, así como los numerales 66, 67, 89, 93, 96 fracción XIV, 97 fracciones I y V, 98 fracción I y 112 fracciones I y II del Reglamento que Rige el Funcionamiento del Cabildo del Municipio de Manzanillo, Colima

ANTECEDENTES

PRIMERO.- De conformidad con las facultades que le otorgan al Secretario del Ayuntamiento, los Artículos 67 y 69 Fracciones III y IV de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, así como por lo dispuesto en los Artículos 62, 63, 64 y 65 del Reglamento que rige el Funcionamiento del Cabildo del Municipio de Manzanillo, Colima; con fecha 24 de Noviembre del año 2017 dos mil diecisiete, el Secretario del Ayuntamiento, Lic. Lizbeth Adriana Nava Leal remitió a la Licda. Gabriela Benavides Cobos, Presidenta Municipal y Presidenta de la Comisión respectiva, mediante Memorándum No. SHA/608/2017 respecto a la Incorporación Municipal con Obras Mínimas de Urbanización de la Etapa 12 que consta de 10 (diez) lotes del Programa Parcial de Urbanización "Marimar" ubicado en el resultante de la fusión de las parcelas 28, 30 y 35 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de este municipio de Manzanillo, Colima, tal y como se acordó por unanimidad de votos de los integrantes del H. Cabildo en la Sesión Pública de Cabildo No. 81 (ochenta y uno) de carácter Extraordinaria en el punto 13 (trece) celebrada el 24 de Noviembre de 2017.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 73, 76, 77, 79, 86,106 y 112 del Reglamento que Rige el funcionamiento del Cabildo de Manzanillo, del Municipio de Manzanillo, Colima; artículo 92 fracción I y II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, la presente comisión de Asentamientos Humanos y Vivienda es competente para entrar al estudio del fondo del asunto que nos ocupa con la finalidad de dictaminar la procedencia y viabilidad de la solicitud de la Incorporación Municipal con Obras Mínimas de Urbanización de la Etapa 12 que consta de 10 (diez) lotes del Programa Parcial de Urbanización "Marimar" ubicado en el resultante de la fusión de las parcelas 28, 30 y 35 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de este municipio de Manzanillo, Colima.

TERCERO.- De lo anterior se relaciona que la solicitud de Incorporación Municipal que nos ocupa, cumple con lo estipulado en el artículo 328 de la Ley de Asentamientos Humanos, toda vez que mediante escrito ingresado a la Dirección de Desarrollo Urbano de fecha 22 de Septiembre de 2017, el Arq. Sergio G. Alcalá Mendoza, en su carácter de director general de la empresa promotora del desarrollo, la empresa ALCE CONSORCIO INMOBILIARIO S.A. DE C.V. ha solicitado la Incorporación Municipal correspondiente a la Incorporación Municipal con Obras Mínimas de Urbanización de la Etapa 12 que consta de 10 (diez) lotes del Programa Parcial de Urbanización "Marimar" ubicado en el resultante de la fusión de las parcelas 28, 30 y 35 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de este municipio de Manzanillo, Colima.

CUARTO.- Que la etapa a incorporar consta de un total de 10 (diez) lotes, los cuales tienen destino para uso Mixto de Barrio (MB-3) con una superficie de 1,260.00 m2. Adicional a esto se incorpora una superficie de vialidad de 810.00 m2; generándose una superficie total de la Doceava Etapa de 2,070.00 m2, los cuales se describen a continuación:

ALCE CONSORCIO INMOBILIARIO S.A. DE C.V. FRACCIONAMIENTO "MARIMAR" DOCEAVA ETAPA DE URBANIZACION

NO.

CLAVE CATASTRAL

MANZ.

LOTE

CALLE

SUP. (M2)

USO DE

SUELO

ETAPA

1

07 - 01 - 12 - 600 - 001 - 000

600

01

AV. ALMENDRAS DE MAR

180.00

MB-3

12

2

07 - 01 - 12 - 600 - 024 - 000

600

24

AV. ALMENDRAS DE MAR

120.00

MB-3

12

3

07 - 01 - 12 - 600 - 023 - 000

600

23

AV. ALMENDRAS DE MAR

120.00

MB-3

12

4

07 - 01 - 12 - 600 - 022 - 000

600

22

AV. ALMENDRAS DE MAR

120.00

MB-3

12

5

07 - 01 - 12 - 600 - 021 - 000

600

21

AV. ALMENDRAS DE MAR

120.00

MB-3

12

6

07 - 01 - 12 - 600 - 020 - 000

600

20

AV. ALMENDRAS DE MAR

120.00

MB-3

12

7

07 - 01 - 12 - 600 - 019 -...

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