ACUERDO General 5/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula de forma temporal la diligenciación de comunicaciones oficiales de procesos penales federales, que impliquen afectación de la situación jurídica del procesado, en los juzgados de Distrito en los estados de Sonora, con residencia en Hermosillo; Veracruz, con sede en Villa Aldama; Tamaulipas, con residencia en Matamoros y Nayarit, con sede en la localidad de El Rincón así como en la Ciudad de Tepic.

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

ACUERDO General 5/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula de forma temporal la diligenciación de comunicaciones oficiales de procesos penales federales, que impliquen afectación de la situación jurídica del procesado, en los juzgados de Distrito en los estados de Sonora, con residencia en Hermosillo; Veracruz, con sede en Villa Aldama; Tamaulipas, con residencia en Matamoros y Nayarit, con sede en la localidad de El Rincón así como en la Ciudad de Tepic.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia.

ACUERDO GENERAL 5/2014, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGULA DE FORMA TEMPORAL LA DILIGENCIACIÓN DE COMUNICACIONES OFICIALES DE PROCESOS PENALES FEDERALES, QUE IMPLIQUEN AFECTACIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL PROCESADO, EN LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN LOS ESTADOS DE SONORA, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO; VERACRUZ, CON SEDE EN VILLA ALDAMA; TAMAULIPAS, CON RESIDENCIA EN MATAMOROS Y NAYARIT, CON SEDE EN LA LOCALIDAD DE "EL RINCÓN" ASÍ COMO EN LA CIUDAD DE TEPIC.

CONSIDERANDO

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO. El artículo 17 constitucional, segundo párrafo, establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;

TERCERO. La recepción y diligenciación continua de un número creciente de comunicaciones oficiales procedentes de los juzgados de todo el país, que al estar vinculadas con internos de los Centros Federales de Readaptación Social ubicados en Hermosillo, Sonora, Villa Aldama, Veracruz, Matamoros, Tamaulipas y en "El Rincón" y la ciudad de Tepic, Nayarit, absorbe una parte importante del tiempo efectivo de labores del personal judicial e impide dedicar la atención completa al trámite y resolución de las numerosas causas penales radicadas ante ellos.

Debe destacarse que los expedientes de los cuales conocen los citados órganos jurisdiccionales, relacionados con procesos penales federales, se caracterizan por su alto grado de complejidad...

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