IEE/CG/A033/2018 Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima por el Que Se Aprueba el Proceso Técnico Operativo del Programa de Resultados Electorales Preliminares para el Proceso Electoral Local 2017-2018.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 17 de Febrero del año 2018; Núm. 11 pág. 6

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO

IEE/CG/A033/2018

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCESO TÉCNICO OPERATIVO DEL PROGRAMA DE RESULTADOS ELECTORALES PRELIMINARES PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2017-2018.

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE ó Ley General) y la Ley General de Partidos Políticos.

    Asimismo, con fecha 27 de enero de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la última reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  2. El día 7 de septiembre de 2016, mediante acuerdo INE/CG661/2016 fue aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (Reglamento de Elecciones) y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de septiembre del mismo año. Dicho instrumento tiene por objeto, entre otros aspectos, establecer las bases y los procedimientos generales para la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP); siendo aplicables tales disposiciones para el propio INE y los Organismos Públicos Locales (OPLEs), en sus respectivos ámbitos de competencia, así como para todas las personas que participen en las etapas de implementación, operación y evaluación de dicho programa; asimismo, contempla entre otros, la integración del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares (COTAPREP), el cual brindará asesoría en la operación del PREP.

  3. Con fecha 8 de septiembre de 2017, se llevó a cabo la firma del Convenio General de Coordinación y Colaboración celebrado entre el Instituto Nacional Electoral y la Consejera Presidenta de este Consejo General, como Representante Legal del Instituto Electoral del Estado, con el fin de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del Proceso Electoral 2017-2018 en el estado de Colima, para la renovación de los cargos a Diputaciones locales y de los Ayuntamientos, cuya jornada electoral será el 1º de julio de 2018 y, en su caso, los mecanismos de participación ciudadana, mismo documento en el que se convino, en el numeral 18, de la cláusula segunda, lo relativo a los trabajos de implementación y operación del PREP de conformidad al Reglamento de Elecciones y su Anexo 13.

  4. El día 30 de octubre de 2017, mediante Acuerdo IEE/CG/A005/2017, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, aprobó la designación del Ing. Juan Ramón Granero Vega, como Coordinador (instancia interna responsable) del desarrollo de las actividades del PREP, para el Proceso Electoral Local 2017-2018.

  5. Con fecha 22 de noviembre de 2017, mediante Acuerdo INE/CG565/2017 emitido en Sesión Ordinaria del Consejo General del INE, se realizaron diversas modificaciones al Capítulo II, del Título III del Reglamento de Elecciones y los Anexos 13, 18.5 y 18.10, relativas al Proceso Técnico Operativo del PREP, entre otras; cuyas reformas obedecen a la necesidad de robustecer la normatividad que rige dicha materia y que es aplicable tanto al INE como a los OPLEs.

  6. Durante la Cuarta Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local 2017-2018 del Consejo General, celebrada el 30 de noviembre de 2017 se aprobó el Acuerdo IEE/CG/A012/2017 relativo a la integración del COTAPREP de este Órgano Electoral.

  7. El 4 de diciembre de 2017, se llevó a cabo la Sesión de instalación del COTAPREP, en donde se aprobó el Plan de trabajo y el Calendario de sesiones, de conformidad al Anexo 13, numeral 33, actividad 4, del Reglamento de Elecciones.

  8. El día 29 de diciembre de 2017, el Secretario Técnico del COTAPREP, remitió a la Presidencia del Instituto Electoral el proyecto del Proceso Técnico Operativo, para lo efectos conducentes.

  9. Mediante oficio no IEE/PCG-068/2018, de fecha 15 de enero de 2018, remitido por la Presidencia del Consejo General de este Órgano Electoral, se dio cumplimiento a lo ordenado por el artículo 339, numeral 2 en relación al Anexo 13, numeral 33, actividad 6, del Reglamento de Elecciones, en donde señala que previo a la aprobación del presente Acuerdo, este Órgano Superior de Dirección debió remitir al INE dicho instrumento, con la finalidad de que dicho Organismo nacional brindara la asesoría y emitiera la opinión y las recomendaciones correspondientes.

    Una vez hecho lo anterior, tras la verificación y asesoría realizada por el INE y enviada mediante oficio INE/UTVOPL/0760/ 2018, de fecha 26 de enero del mismo año y recibido en Oficialía de Partes de este Instituto el día 27 del mismo mes y año se atendieron las observaciones vertidas por la Autoridad Nacional, por lo que se remitió el proyecto de Acuerdo y el Anexo respectivo a este Consejo General por conducto del Secretario Ejecutivo, para la aprobación, en su caso.

    Con base en los antecedentes expuestos, se emiten las siguientes

    C O N S I D E R A C I O N E S

    1. - De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 86 BIS de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en correlación con el precepto 97 del Código Electoral del Estado, el Instituto Electoral de la entidad, es el organismo público autónomo, de carácter permanente, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, depositario y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones en la entidad, así como de encargarse de su desarrollo, vigilancia y calificación, en su caso.

      Además, es autoridad en la materia electoral, profesional en su desempeño e independiente en sus decisiones y funcionamiento.

    2. - Es importante mencionar que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 100 del Código de la materia, el ejercicio de la función electoral se rige bajo los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad y máxima publicidad.

    3. - De conformidad a lo estipulado por el artículo 219 y 301, numeral 1 de la LGIPE y el 245, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de Colima, el PREP "es el mecanismo de información electoral encargado de proveer los resultados preliminares y no definitivos, de carácter estrictamente informativo a través de la captura, digitalización y publicación de los datos asentados en las Actas de Escrutinio y Cómputo de las casillas que se reciben en los Centros de Acopio y Transmisión de Datos autorizados por el Instituto Nacional Electoral o por los Organismos Públicos Locales."

      Asimismo, de acuerdo a lo ordenado en los preceptos y normatividad invocada, su objetivo primordial será el de informar oportunamente bajo los principios de seguridad, transparencia, confiabilidad, credibilidad e integridad de los resultados y la información en todas sus fases al Consejo General del INE, los OPLEs, los partidos políticos, coaliciones, candidaturas independientes, medios de comunicación y a la ciudadanía en general.

    4. - El Artículo 41, párrafo segundo, Base V, Apartado B, inciso a), numeral 5 de la Constitución Federal en relación al artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracción V, de la LGIPE, establecen que para los procesos electorales federales y locales, corresponde al INE, entre otros, emitir las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares.

    5. - Conforme a lo señalado en el artículo 104, numeral 1, inciso a) y k) de la LGIPE, corresponde a este Organismo Electoral, aplicar las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos que, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución Federal y la referida Ley General, establezca el INE; así como implementar y operar el PREP de las elecciones que se lleven a cabo en la entidad, de conformidad con lo que al efecto disponga el...

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