Acuerdo y Documento que Contiene el Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'las Higueras Campestre', Ubicado Sobre el Km. 10+300 Carretera 215, Chiapa-el Naranjal, de La Ciudad de Villa de álvarez, Colima

Fecha de disposición26 Febrero 2011
Fecha de publicación26 Febrero 2011
SecciónSección General
Número de Gaceta10

ACUERDOY DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LAS HIGUERAS CAMPESTRE", UBICADO SOBRE EL KM. 10+300 CARRETERA 215, CHIAPA-EL NARANJAL, DE LA CIUDAD DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.020/2011, de fecha 18 de febrero del año 2011, y recibido en la Dirección General de Gobierno el mismo día, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LAS HIGUERAS CAMPESTRE", ubicado sobre el Km. 10+300 carretera 215, Chiapa-El Naranjal, de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, el cual es desarrollado por el Lic. Isaías González Verduzco.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Villa de Álvarez, Colima, Col., en Sesión de Cabildo celebrada el día 22 de diciembre del año 2010, aprobó el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LAS HIGUERAS CAMPESTRE", ubicado sobre el Km. 10+300 carretera 215, Chiapa-El Naranjal, de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según constancia certificada del punto de Acuerdo expedida el día 9 de febrero del año en curso, por el Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de dicho Municipio, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Secretaría General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LAS HIGUERAS CAMPESTRE", ubicado sobre el Km. 10+300 carretera 215, Chiapa-El Naranjal de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según consta en el documento que contiene el Programa Parcial del cual solicitan su publicación.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LAS HIGUERAS CAMPESTRE", ubicado sobre el Km. 10+300 carretera 215, Chiapa-El Naranjal, de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO de Urbanización del fraccionamiento denominado "LAS HIGUERAS CAMPESTRE", ubicado sobre el Km. 10+300 carretera 215, Chiapa-El Naranjal de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, el cual fue aprobado en Sesión de Cabildo celebrada el día 22 de diciembre del año 2010, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estad de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día 18 dieciocho de febrero del año dos mil once.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO ANGUIANO MORENO. Rúbrica.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, DR. J. JESÚS OROZCO ALFARO. Rúbrica.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. FRANCISCO JAVIER AGUILAR ZARAGOZA. Rúbrica.

Programa Parcial de Urbanización "Las Higueras Campestre" Introducción.

En estricto apego a la legislación en materia de asentamientos humanos y a los procedimientos administrativos que de ella emanan, el Licenciado Isaías González Verduzco en su carácter de Promotor, pone a consideración del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez el proyecto del Programa Parcial de Urbanización "Las Higueras Campestre", mismo que se elaboró con una estructura metodológica acorde a lo dispuesto en la normatividad vigente.

Antecedentes jurídicos de la propiedad.

Mediante escritura número 16,249 emitida el 23 de noviembre de 2007 por el Lic. Rogelio A. Gaitán y Gaitán, Titular de la Notaría Pública no. 14 de esta demarcación, se acredita la adjudicación parcial de los bienes pertenecientes a la sucesión testamentaria del señor Porfirio González Curiel en favor del Señor Isaías González Verduzco quien adquiere y recibe una de las tres fracciones en que se dividió el predio rústico denominado "La Puerta del Carrizal" con una superficie según sentencia de 5-22-88.66 hectáreas.

Marco jurídico.

El Programa Parcial de Urbanización "Las Higueras Campestre", fundamenta su contenido en los siguientes preceptos:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículos: 27 párrafo tercero, 73 fracción XXIX-C y 115 fracciones II, III, V y VI; Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima: Artículo 87 fracción V; Ley del Municipio Libre del Estado de...

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