H. Ayuntamiento de san lorenzo axocomanitla, tlax. 2011-2013. Bando de policia y gobierno del municipio de san lorenzo axocomanitla, Tlaxcala. Reglamento de seguridad publica de san lorenzo axocomanitla, tlaxcala reglamento municipal de proteccion civil de san lorenzo axocomanitla, tlaxcala.

Fecha de publicación27 Junio 2012
Número de Gaceta26-3ª. SECC.
y el artículo 33, fracción I, de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala

ARTÍCULO 2.- Este Bando es de interés público y tiene por objeto I. Establecer las normas generales básicas para lograr una mejor organización territorial, ciudadana y de gobierno II. Orientar las políticas de la administración pública del Municipio para una gestión eficiente del desarrollo político económico, social y cultural de sus habitantes; y III. Establecer las bases para una delimitación clara y eficiente del ámbito de competencia de las autoridades municipales, que facilite las relaciones sociales en un marco de seguridad jurídica.

ARTÍCULO 3.- Este Bando es de observancia general y obligatoria en todo el territorio municipal para las autoridades, los vecinos, habitantes, visitantes y transeúntes del Municipio, sus infracciones serán sancionadas conforme a lo que establezcan las propias disposiciones municipales y estatales.

ARTÍCULO 4.- Le corresponde directamente la aplicación del presente Bando al Ayuntamiento, por conducto del Ciudadano Presidente Municipal y la Administración Pública Municipal.

CAPÍTULO II DEL MUNICIPIO ARTÍCULO 5.- El Municipio de San Lorenzo Axocomanitla Tlaxcala, se rige por lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, en este Bando de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares, y demás disposiciones de observancia general que emita el Ayuntamiento dentro del ámbito de su competencia.

ARTÍCULO 6.- El Municipio de San Lorenzo Axocomanitla Tlaxcala es parte integrante de la división territorial, de la organización política y administrativa del Estado de Tlaxcala; es una entidad pública investida de personalidad jurídica y capacidad política y administrativa para la consecución de sus fines. Así mismo goza de autonomía en lo concerniente a su régimen interior; cuenta con territorio, población y gobierno propios; está gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, no existiendo autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.

ARTÍCULO 7.- Las autoridades municipales tienen competencia plena sobre el territorio del Municipio de San Lorenzo Axocomanitla, Tlaxcala para decidir sobre su organización política, administrativa y sobre la prestación de los servicios públicos de carácter municipal, ajustándose a lo dispuesto por la Constitución Federal, la Estatal y las Leyes Federales y Estatales relativas.

Las Autoridades Municipales tienen competencia plena y exclusiva sobre el territorio del Municipio, su población, su Organización Política y Administración de los Servicios Públicos Municipales, con las atribuciones que las leyes le señalen.

CAPÍTULO III FINES DEL MUNICIPIO ARTÍCULO 8.- Es fin esencial del Municipio lograr el bienestar general de sus habitantes, por lo tanto, las autoridades municipales deben sujetar sus acciones a los siguientes mandatos: I. Preservar la dignidad de la persona y, en consecuencia, los Derechos Humanos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la Constitución del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; II. Salvaguardar y garantizar la integridad territorial del Municipio; III. Garantizar la seguridad jurídica, con la observancia del marco normativo que rige al Municipio. Para ello deberá aplicar las leyes de conformidad con la jerarquía del orden normativo del sistema jurídico mexicano, dentro del ámbito de su competencia; IV. Revisar y actualizar la reglamentación municipal, de acuerdo con las necesidades de la realidad social, económica y política del Municipio; V. Satisfacer las necesidades colectivas de los vecinos y habitantes del municipio, mediante la adecuada prestación de los servicios públicos municipales; VI. Promover y organizar la participación ciudadana e incluir los resultados de dicha participación en el diseño, ejecución, instrumentación y evaluación de los planes y programas municipales; VII. Promover el adecuado y ordenado desarrollo urbano de todos los centros de población del Municipio, mediante el diseño e implementación de los planes y programas correspondientes; VIII. Conducir y regular la planeación del desarrollo del Municipio, recogiendo la voluntad de los habitantes para la elaboración de los planes respectivos; IX. Administrar justicia en el ámbito de su competencia; X. Salvaguardar y garantizar, dentro de su territorio, la seguridad y el orden público; XI. Promover e impulsar el desarrollo de las actividades económicas, agrícolas, industriales, comerciales, artesanales, turísticas y demás que se señalan en la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala o que acuerde el Ayuntamiento. Para tal efecto, debe implementar los programas correspondientes, con la participación de los sectores social y privado, en coordinación con las entidades, dependencias y organismos estatales y federales correspondientes; XII. Coadyuvar a la preservación de la ecología y a la protección y mejoramiento del medio ambiente del Municipio, a través de acciones propias, delegadas o concertadas; XIII. Garantizar la salubridad e higiene pública; XIV. Promover e instrumentar la inscripción de los habitantes del Municipio al padrón municipal; XV. Preservar y fomentar los valores cívicos, culturales y artísticos del Municipio, para acrecentar la identidad municipal; XVI. Promover y garantizar la consulta popular, de tal manera que permita a los habitantes ser escuchados y participar activamente en la toma de decisiones en las políticas públicas así como en la supervisión de su gestión; y, XVII. Promover el bienestar social de la población con la implementación de programas de educación, asistencia social, salud y vivienda.

ARTÍCULO 9.- Para el cumplimiento de sus fines y funciones, el Ayuntamiento y demás autoridades municipales tienen las atribuciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, las Leyes Federales y Estatales, la Ley Municipal, el presente Bando, los Reglamentos Municipales, las circulares y las disposiciones de carácter general que expida el Ayuntamiento.

CAPÍTULO IV NOMBRE Y ESCUDO ARTÍCULO 10.- El Nombre y el Escudo del Municipio son su signo de identidad y su símbolo representativo, respectivamente. Sin perjuicio de lo anterior, el Ayuntamiento puede utilizar un logotipo institucional.

ARTÍCULO 11.- El Municipio conserva su nombre oficial, que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 6 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, es como a continuación se describe: "Municipio de San Lorenzo Axocomanitla".

El nombre de “Axocomanitla” proviene del vocablo náhuatl y se conforma de las raíces: a) “atl” que quiere decir agua.

b) “xoco”, adjetivo indeterminado que quiere decir agrio.

c) “mani” que quiere decir junta.

d) “tla” de “tlan”, que quiere decir abundancia.

Así “Axocomanitla” se traduce como “lugar donde se juntan las aguas agrias”.

ARTÍCULO 12.- La descripción del Escudo del Municipio de San Lorenzo Axocomanitla, es como sigue: El escudo del Municipio está formado por un margen externo de glifo color rojo, el cual, es rectangular, puesto en posición vertical, al interior de este un margen de color blanco, en el interior de este margen se encuentra un fondo de color amarillo y en la parte del centro se ubican dos vertientes de agua que se unen formando una “V” y sobre ésta un árbol de frutas ácidas, con una leyenda en la parte inferior que dice “AXOCOMANITLA” ARTÍCULO 13.- El nombre, escudo y, en su caso, el logotipo institucional del Municipio, serán utilizados exclusivamente por el Ayuntamiento, a través de las dependencias de la administración municipal en sus actuaciones, debiendo además exhibirse en forma ostensible en las oficinas y documentos oficiales, así como en los bienes que integran el patrimonio municipal. Cualquier uso que otra institución pública quiera darles debe ser autorizado previamente, de manera expresa, por el Ayuntamiento.

Quien contravenga ésta disposición se hará acreedor a las sanciones establecidas en éste Bando, sin perjuicio de las penas señaladas en la Ley respectiva.

ARTÍCULO 14.- Los símbolos antes mencionados son patrimonio exclusivo del Municipio, por lo que queda estrictamente prohibido su uso para fines publicitarios o de explotación comercial no oficiales o por parte de particulares.

ARTÍCULO 15.- En el Municipio son símbolos obligatorios la Bandera, el Himno y Escudo Nacionales, así como el Escudo del Estado. El uso de estos símbolos está sujeto a lo dispuesto por los ordenamientos federales y la Constitución Estatal.

TÍTULO SEGUNDO TERRITORIO CAPÍTULO I EXTENSIÓN, LÍMITES Y COLINDANCIAS ARTÍCULO 16.- En el Municipio de San Lorenzo Axocomanitla Tlaxcala, cuenta con una superficie total de 4.34 kilómetros cuadrados y tiene los siguientes límites y colindancias: Al Norte, con el Municipio de Zacatelco, Tlaxcala, Al Este, con el Municipio de Zacatelco, Tlaxcala, Al Sur, con Santa Isabel Tetlatlahuca y Zacatelco, ambos de Tlaxcala, y Al Oeste, con el municipio de Santa Isabel Tetlatlahuca y San Juan Huactzinco.

ARTÍCULO 17.- Para la resolución de cualquier controversia relacionada con la extensión y límites territoriales del Municipio, debe estarse a lo dispuesto por la legislación estatal.

CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN POLÍTICO- TERRITORIAL ARTÍCULO 18.- El Municipio de San Lorenzo Axocomanitla, Tlaxcala, para su organización territorial y administrativa, está integrado por una Cabecera Municipal que es San Lorenzo Axocomanitla, Tlaxcala.

ARTÍCULO 19.- El Ayuntamiento puede acordar la modificación a los nombres o denominaciones de los diversos lugares y localidades del municipio, siempre y cuando medie solicitud de sus habitantes, fundada en razones históricas o políticas que demuestren que la denominación existente no es la adecuada.

Lo anterior debe observar las limitaciones que estén fijadas por las Leyes y Reglamentos vigentes y aplicables....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR