H. Ayuntamiento de apizaco, Tlaxcala. Dirección de ecología manual de procedimientos para la aplicación del reglamento de ecología y protección al ambiente del municipio de apizaco, tlaxcala.

Fecha de publicación24 Julio 2013
Número de Gaceta30-1ª SECC
La aplicación de este instrumento jurídico corresponde a la Dirección Municipal de Ecología con el único propósito de que las funciones en materia de medio ambiente y recursos naturales se desarrollen por un ente especialmente dedicado a esta función, que no tenga que ver con otras actividades que distraigan y en un momento dilaten el cumplimiento de sus disposiciones

Se integran procedimientos específicos para la atención de los diversos trámites que habrá que sufragar entre la autoridad municipal e interesados para el cumplimiento de los diversos requisitos que el propio Reglamento establece

Para la aplicación de sanciones, el Reglamento define dos formas: la primera por medio de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio cuando se trata de llevar a cabo visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento de sus disposiciones legales, el cual culmina con la resolución definitiva, y el segundo, a través de un procedimiento sumario que se ejecuta a través de boletas de infracción y cobro de naturaleza fiscal. En ambos casos el particular tiene a su alcance el recurso de revisión

De igual manera, contiene los formatos que sirven como medios auxiliares para el desahogo del procedimiento administrativo seguido en forma de juicio y para el procedimiento sumario

 PROCEDIMIENTOS DERIVADOS DEL REGLAMENTO DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE APIZACO, TLAXCALA

1. Otorgamiento de licencias para la construcción de establecimientos de competencia del municipio.

TÍTULO TERCERO: DE LA POLÍTICA AMBIENTAL MUNICIPAL.

CAPÍTULO I: De los instrumentos de la Política Ambiental y Ecológica Municipal.

SECCIÓN I: De la Planeación Ambiental.

Artículos: 15, 20, 21, 22, 39 y 40 del Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente del municipio de Apizaco.

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES: RESPONSABLE PLAZO ACTIVIDADES Dirección de Obras Dos días Remitirá al Director de Ecología la solicitud de Licencia de construcción con los datos donde especifique el nombre del Propietario o Representante Legal, ubicación, características de la obra y su duración.

Director de Ecología Dos días Recibirá de la Dirección de Obras y Servicios la solicitud para la expedición de la Licencia de Construcción y verificará la siguiente información:

1. Copia de Identificación Oficial del solicitante.

2. Croquis de ubicación del sitio y copia del documento en el que acredite la situación legal del predio.

3. Autorizaciones correspondientes de Impacto Ambiental cuando aplique.

4. Proyecto de construcción y calendario de obra.

5. Descripción de servicios de abastecimiento de agua potable y alcantarillado.

Director de Ecología Cinco días Realizará visita de campo dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la documentación, para verificar la información proporcionada por el promovente y evaluará las medidas necesarias tomadas para evitar la contaminación ambiental que se puedan derivar de la obra.

Director de Ecología Cinco Días Dictaminará y elaborará de acuerdo a las características de la obra enunciando las condicionantes que deberá cumplir la empresa en materia ambiental con el municipio. Se basará en el Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente Municipal y los enunciados deberán señalar las obligaciones a que se deberán cumplir. Como son:  Obligación de conectar a Red de Alcantarillado Municipal o cuando esto no sea posible, planta de tratamiento cuando se prevea el servicio sanitario a más de 150 personas o en su caso cuando se trata de menos de 150 personas una fosa séptica con capacidad suficiente para dicha población.

 Los residuos de la construcción deberán ser depositados en sitios indicados por el Municipio y en el cual se deberá dejar registro de depósito y pago por servicio.

Anexará la cláusula de revisión periódica y de quejas reiteradas como condición para no perder la Licencia de Construcción.

Dirección de Obras y Servicios Recibirá el dictamen de Director de Ecología e incluirá los párrafos en materia ambiental para la Licencia de Construcción para su firma y autorización.

La aplicación del procedimiento antes citado es aplicable tanto a las obras de construcción privadas como públicas ejecutadas por el municipio.

DIAGRAMA DE FLUJO 1/2 Inicio Entrega solicitud y anexos Recibe solicitud y requiere el dictamen de la Dir. de Ecología Recibe solicitud revisa y verifica requerimientos ¿Cumple? Solicita información faltante A No Recibe indicaciones Corrige o integra faltante Entrega información faltante (actividad 3) Dirección de obras Públicas Dirección de Ecología Promovente DIAGRAMA DE FLUJO 2/2 Dirección de obras Públicas Dirección de Ecología Promovente A Realiza visita de campo ¿Es procedente? Elabora dictamen de condicionantes Recibe dictamen y elabora la Licencia de Construcción Recibe Licencia de construcción Fin Si No Elabora dictamen de improcedencia ambiental Recibe dictamen y elabora oficio de negación de la Licencia de Construcción

2. Declaratoria para el establecimiento de las Áreas de Preservación Ecológica.

TÍTULO TERCERO: DE LA POLÍTICA AMBIENTAL MUNICIPAL.

CAPÍTULO I: De los instrumentos de la Política Ambiental y Ecológica Municipal.

SECCIÓN VI: De la Planeación Ambiental.

Artículos: 46, 47, 48, 49 y 50 del Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente del municipio de Apizaco.

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES: RESPONSABLE PLAZO ACTIVIDADES Comisión de Ecología municipal o interesados Quince días Realizaran consulta pública para el establecimiento del área de Preservación Ecológica (APE).

Comisión de Ecología municipal Diez días Se recomienda que el cabildo del ayuntamiento respalde la solicitud de creación de APE, a través de un punto de acuerdo asentado en acta de cabildo.

Regidor de Ecología Quince días Deberán solicitar por escrito a la Coordinación General de Ecología, sea declarada como área natural protegida, la superficie que propongan. Deberán sustentar la propuesta con toda la información de que dispongan, resaltando los elementos biológicos, ecológicos y culturales que sean prioritarios para la conservación del área.

Regidor de Ecología Cinco días En particular deberán anexar una copia del comprobante de propiedad del terreno, con delimitación precisa del área (requisito indispensable). Este requisito aplica para terrenos de propiedad comunal, ejidal o privada.

Coordinación General de Ecología e interesados Treinta días La Coordinación General de Ecología con el apoyo de los interesados, elabora el “Estudio Técnico Justificativo” y el “Programa de Manejo” del área.

Coordinación general de ecología Diez días La Coordinación General de Ecología elabora la propuesta de Declaratoria de Área Natural Protegida y la pone a consideración del Ejecutivo Estatal.

Gobierno del Estado Un día Finalmente, la Declaratoria se publica en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala y surte efectos legales a partir de ese momento.

DIAGRAMA DE FLUJO 1/3 2 3 1 4 Documentos Realiza consulta pública Documentos Recibe solicitud y turna cabildo Documentos Recibe solicitud revisa y verifica requerimientos ¿Cumple? Solicita información faltante A No Recibe indicaciones Corrige o integra faltante Entrega información faltante (actividad 3) Presidencia o Ecología Municipal Coordinación General de Ecología Promovente Inicio Si DIAGRAMA DE FLUJO 2/3 5 6 7 A Realiza visita de campo ¿Es procedente? No B Si Elabora “Estudio Técnico Justificativo” y/o el “Programa de Manejo” Elabora la propuesta y la pone a consideración del Ejecutivo Estatal Declaratoria se publica en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala Fin Promovente Presidencia o Ecología Municipal Coordinación General de Ecología DIAGRAMA DE FLUJO 3/3 Promovente Presidencia o Ecología Municipal Coordinación General de Ecología B Consulta pública ¿Opinión favorable? A Se declara no procedente Iniciar el procedimiento

3. Autorización de poda o derribo de la vegetación ubicada dentro de la zona urbana del municipio.

TÍTULO TERCERO: DE LA POLÍTICA AMBIENTAL MUNICIPAL.

CAPÍTULO I: De los instrumentos de la Política Ambiental y Ecológica Municipal.

SECCIÓN IX: Del derribo y poda de árboles.

Artículos: 67 al 80 del Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente del municipio de Apizaco.

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES: RESPONSABLE PLAZO ACTIVIDADES Oficialía de partes de la Presidencia Municipal Recepción de documentos Director de Ecología municipal Dos días Revisar la solicitud y los documentos anexos conforme al tipo de trámite solicitado, verificando lo siguiente: Escrito libre que debe contener como mínimo: nombre y domicilio del propietario o poseedor del inmueble en donde se encuentre la vegetación, ubicada dentro de la jurisdicción del municipio, número de árboles, especie o nombre común, altura y diámetro aproximado, ubicación, motivo o causa por la que pretende llevar a cabo dicha actividad.

Copia de la identificación oficial o copia certificada del instrumento jurídico que acredite la personalidad del representante legal.

Original o copia del comprobante de domicilio Copia certificada del título de propiedad o posesión con respecto al terreno o terrenos objeto de la solicitud.

Director de Ecología municipal Tres días Ordenará una visita de campo dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la documentación, para verificar la información proporcionada por el solicitante y corroborar los datos proporcionados y condición de arbolado sujeto a aprovechamiento.

Director de Ecología municipal Un día Emite resolución en hoja oficial, mediante la cual autorice o niegue la solicitud materia del procedimiento y, en su caso, emite oficio de autorización, misma que debe contener:  Nombre y domicilio del interesado  Número de árboles autorizados a derribar o podar  Ubicación y condición de la vegetación  Causa del aprovechamiento  Volumen aproximado  Destino final de los productos resultantes  Condicionantes de reforestación para recuperación de la o las áreas afectadas.

DIAGRAMA DE FLUJO Promovente Oficialía de partes Dirección de Ecología Municipal Inicio...

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