Gaceta 520 de 2018-12-28 - Extraordinaria (Tomo III)

Fecha de publicación28 Diciembre 2018
Número de Gaceta520
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCVIII Xalapa-Enríquez, Ver., viernes 28 de diciembre de 2018 Núm. Ext. 520
SUMARIO
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO III
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
DECRETO NÚMERO 14 DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
VERACRUZ PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.
folio 2825
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
Al margen un sello que dice: Veracruz.Gobierno del Estado
Xalapa-Enríquez, diciembre 28 de 2018
Oficio número 38/2018
Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la
Llave, a sus habitantes sabed:
Que la Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme
el siguiente decreto para su promulgación y publicación.
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.Poder Legislativo.Estado Libre y
Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
LA SEXAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN I INCISO a); 33 FRACCIÓN I Y 38 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; 18 FRACCIÓN I Y 47 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY
ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO; 75 Y 77 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO
INTERIOR DEL PODER LEGISLATIVO; Y EN NOMBRE DEL PUEBLO, EXPIDE EL SIGUIENTE:
D E C R E T O Número 14
De Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave para el Ejercicio Fiscal 2019
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo
1.
El presente Decreto tiene por objeto regular la asignación, ejercicio, control y
evaluación del gasto público estatal para el Ejercicio Fiscal 2019, de conformidad con el Código
Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Ley de Disciplina Financiera, Ley
General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Coordinación Fiscal, Ley de Coordinación Fiscal
para el Estado y los Municipios de Veracruz de Ignacio de la Llave, Ley de Planeación del Estado
de Veracruz de Ignacio de la Llave, Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz, Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y las demás disposiciones aplicables a la materia.
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GACETA OFICIAL
Viernes 28 de diciembre de 2018
En el Decreto de Presupuesto de Egresos se establecen las siguientes disposiciones de carácter
general y de observancia obligatoria para la Administración Pública Estatal (APE) del Gobierno del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Las Dependencias y Entidades para la ejecución del gasto público, deben cumplir con las
siguientes disposiciones en el ámbito de sus atribuciones, administrando los recursos públicos con
eficiencia, eficacia, racionalidad, austeridad y transparencia.
Será responsabilidad de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Secretaría), y de la Contraloría
General del Gobierno del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplir y hacer
cumplir las disposiciones establecidas en el presente Decreto, así como determinar las normas y
procedimientos administrativos tendientes a armonizar, transparentar, racionalizar y llevar a cabo
un mejor control del gasto público estatal.
Para los efectos administrativos, exclusivamente en el ámbito de competencia del Ejecutivo
Estatal, corresponde a la Secretaría la interpretación y atención de controversias del presente
Decreto, relacionadas con sus atribuciones señaladas en los ordenamientos legales vigentes.
Con base en la normatividad vigente, la Secretaría es la Dependencia competente y encargada de
realizar los lineamientos, políticas, normas y manuales para la programación y planeación del
gasto público, así como la evaluación de los recursos públicos a que deben sujetarse las
ejecutoras de gasto, con base en la distribución de competencias que establece la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 2. Para efectos del presente Decreto de Presupuesto, se entenderá por:
Administración Pública Estatal (APE): A las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo;
Poderes Legislativo y Judicial, así como Organismos Autónomos.
Actividad Institucional (AI): Categoría programática que considera todas aquellas acciones de
apoyo realizadas por los entes públicos ejecutores de gasto de la APE para dar cumplimiento a los
objetivos y metas contenidas en los programas estatales y especiales, de acuerdo con las
atribuciones y responsabilidades señaladas a partir de su respectiva estructura orgánica,
reglamento interior u ordenamiento jurídico que les resulte aplicable. Una AI contendrá el número
de Indicadores de Evaluación del Desempeño (IED) que las ejecutoras de gasto consideren
pertinentes e indispensables, a condición de que cumplan con los atributos establecidos para ello.
Actividad Institucional Transversal (AIT): Como complemento a la AI, esta categoría programática
resulta de la aplicación común para todos los entes públicos ejecutores de gasto en los rubros de
Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres, Protección Integral de los Derechos a Niñas,
Niños y Adolescentes (SIPINNA), Atención al Acceso a la Información Pública, Igualdad de
Género y cualesquiera otros temas que tengan la condición de una política transversal. Debido a
esta condición, sus IED son definidos conjuntamente por la Secretaría y la Contraloría, salvo en
los casos donde se identifiquen funciones centralizadas que los duplicaren. Los IED asociados a
una AIT solo variarán en cuanto a las metas programáticas y medios de verificación específicos,
sin posibilidad de ajustar el resto de sus elementos de diseño.
Adecuaciones Presupuestarias: Las modificaciones a los calendarios presupuestales, las
ampliaciones y reducciones al Presupuesto de Egresos del Estado mediante movimientos
compensados y las liberaciones anticipadas de recursos públicos calendarizados realizadas por el
Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los
objetivos y metas de los programas presupuestarios a cargo de los Ejecutores de Gasto.
Amortización de la Deuda: Asignaciones destinadas a cubrir el pago del principal derivado de los
Viernes 28 de diciembre de 2018
GACETA OFICIAL
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