GACETA 214 , Miercoles 29 de MAYO de 2019 EXTRAORDINARIA

Fecha de publicación29 Mayo 2019
Número de Gaceta214
GACETAOFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCIX Xalapa-Enríquez, Ver., miércoles 29 de mayo de 2019 Núm. Ext. 214
SUMARIO
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO I
PODER EJECUTIVO
———
Contraloría General
ACUERDO SO/IV/005/2019 QUE APRUEBA EL MANUAL DE ORGANIZA-
CIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE ADQUISICIONES, ARREN-
DAMIENTOS, SERVICIOS Y ENAJENACIONES DE BIENES MUEBLES DE LA
CONTRALORÍA GENERAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ.
folio 551
COORDINACIÓN GENERAL DE
COMUNICACIÓN SOCIAL
———
CÓDIGO DE CONDUCTA.
folio 556
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
DE CHACALTIANGUIS, VER.
———
BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO.
folio 552
GOBIERNO DEL ESTADO
———
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
Contraloría General
El Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles de
la Contraloría General del Estado de Veracruz, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 6
fracción V, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes
Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, tiene a bien presentar el siguiente:
Acuerdo SO/IV/005/2019, de fecha 30 de abril del año 2019, que aprueba en lo general y en lo
particular el:
Manual de Organización y Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles de la Contraloría General del
Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. El presente manual es de orden público e interés social y tiene por objeto determinar la
integración, organización, y funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos,
Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles de la Contraloría General del Estado de Veracruz,
en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos,
Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz.
Artículo 2. Para los efectos de este manual se entenderá por:
I. Comité: Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes
Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
II. Contraloría: La Contraloría General;
III. Estado: Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
IV. Ley de Adquisiciones: Ley 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y
Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
V. Manual: Manual de Organización y Funcionamiento del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles de la Contraloría;
VI. Órgano Interno de Control: La Dirección General de Fiscalización Interna de la Contraloría;
VII. Secretaría: La Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz;
VIII. Sector Privado: Las representaciones oficiales de los sectores del comercio e industria del
Estado y organizaciones de profesionistas; y
IX. Subcomité: El Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenaciones de
Bienes Muebles de la Contraloría.
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GACETA OFICIAL
Miércoles 29 de mayo de 2019
El lenguaje empleado en el presente manual, no busca generar ninguna distinción, ni marcar
diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas
hacia un género, representan a ambos sexos.
Artículo 3. El Subcomité atenderá las disposiciones del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos,
Servicios y Enajenaciones de Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, así
como los requerimientos institucionales programados y extraordinarios, teniendo la obligación de
informar al Comité de las acciones que realice.
CAPÍTULO II
Objetivo del Subcomité
Artículo 4. El Subcomité es un Órgano Colegiado, integrado por servidores públicos de la
Contraloría y por representantes del sector privado, cuyo propósito fundamental es promover que
los procedimientos de contratación relacionados con la adquisición, arrendamiento, administración,
servicios y enajenación de bienes muebles que realiza la Contraloría, sean realizados bajo los
principios de disciplina, objetividad, profesionalismo, lealtad, integridad y rendición de cuentas,
prevaleciendo los criterios de imparcialidad, economía, honradez, transparencia, eficiencia y
eficacia; contando con las facultades para proponer las políticas conducentes que coadyuven a
promover su adecuada ejecución.
Artículo 5. El Subcomité fundamentará sus decisiones en el análisis, coordinación y seguimiento
de los principios de contratación relacionados con la adquisición, arrendamiento, administración,
servicios y enajenaciones de bienes muebles, sujetándose en todo momento a los siguientes
conceptos:
a) Reducir los trámites y procedimientos, así como dar transparencia a los mismos;
b) Distribuir racionalmente los recursos públicos;
c) Optimizar el aprovechamiento de los recursos disponibles;
d) Promover la legalidad, la modernización, la eficiencia y eficacia de los actos materia del
presente ordenamiento; y
Artículo 6. Este Órgano Colegiado no autorizará operaciones que se encuentren fuera del marco
de la ley o que impliquen condiciones desfavorables para el patrimonio del Gobierno del Estado.
CAPÍTULO III
De la Integración del Subcomité
Artículo 7. Los cargos de los miembros del Subcomité, serán de carácter honorífico, y sus
funciones serán indelegables, salvo las excepciones que marque el presente manual.
Los recursos materiales y financieros que se requieran para el desempeño de las tareas
encomendadas, serán con cargo al presupuesto de la Contraloría en términos de la normatividad
aplicable.
Artículo 8. El Subcomité se integrará en número impar, según lo dispuesto en el artículo 5 de la
Ley de Adquisiciones, con los titulares de las áreas de la Contraloría y representantes del sector
privado conforme a continuación se describe:
I. El Titular de la Unidad Administrativa, quien lo presidirá;
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