GACETA 208 , Lunes 25 de MAYO de 2020 EXTRAORDINARIA Vol----2 (Tomo 2)

Fecha de publicación25 Mayo 2020
Número de Gaceta208
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
-2'Ë$=25'$=&$6752
Gutiérrez Zamora s/n Esq. Diego Leño, Col. Centro Tel. 22 88 17 81 54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CCI Xalapa-Enríquez, Ver., lunes 25 de mayo de 2020 m. Ext. 208
GOBIERNO DEL ESTADO
———
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Contraloría General del Estado
LINEAMIENTOS PARA OBTENER EL REGISTRO O REFRENDO EN EL PADRÓN
DE DESPACHOS EXTERNOS Y PRESTADORES DE SERVICIOS PROFESIONALES
QUE PROPORCIONEN LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTALPARA
EL EJERCICIO FISCAL 2019 ALA CONTRALORÍA GENERAL,DURANTE
EL EJERCICIO 2020.
folio 0513
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO II
GOBIERNO DEL ESTADO
———
PODER EJECUTIVO
Contraloría General
MERCEDES SANTOYO DOMÍNGUEZ, Contralora General del Poder Ejecutivo del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 50
de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2, 9, fracción XII, 11, 12
fracción VI, 33 y 34, de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo; 1, 14 y 15, fracciones VII,
VIII, XXIII y XXVIII del Reglamento Interior de la Contraloría General; así como el numeral 12, del
Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de
aplicación supletoria; y
C O N S I D E R A N D O
Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la Contraloría General es la responsable de la
función de control y evaluación de la gestión gubernamental y desarrollo administrativo, así como
de la inspección y vigilancia de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de las dependencias y
entidades de la Administración Pública Estatal, durante el ejercicio presupuestal correspondiente.
Que la citada Ley Orgánica, estipula como atribuciones de la Contraloría General, la de planear,
organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental y Desarrollo
Administrativo del Gobierno del Estado de Veracruz; la de establecer los criterios y procedimientos
para la realización de auditorías y revisiones en las dependencias y entidades de la Administración
Pública Estatal; así como la de designar, coordinar, remover, supervisar, evaluar y contratar a los
Profesionales Independientes y Despachos Externos que resulten necesarios para cumplir con las
funciones de revisión y auditoría a los recursos públicos destinados al Estado.
Que las Auditorías Externas que designa y contrata la Contraloría General pueden ser Financieras,
Programáticas, Presupuestales y Técnicas a la Obra Pública, las cuales constituyen un mecanismo
de verificación y evaluación de las operaciones que realizan los entes públicos del Poder Ejecutivo
del Estado, así como el dictaminar sus estados financieros, verificando si éstos presentan
razonablemente los resultados de sus operaciones; la congruencia que guardan el ejercicio del
gasto público con el presupuesto de egresos; valorando la eficiencia y eficacia de sus operaciones;
comprobando la correcta obtención de los ingresos y la aplicación del gasto público, de subsidios,
programas, aportaciones y transferencias de fondos, tanto federales como estatales, entre otros;
verificando el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores establecidos en los planes,
programas y actividades institucionales, y en general, que la actuación que rige el ejercicio de sus
atribuciones, se haya realizado conforme al marco jurídico y normativo aplicable.
Que resulta indispensable la designación y contratación de profesionales independientes así como
despachos externos, que lleven a cabo los trabajos de Auditoría Externa bajo la coordinación,
supervisión y control, seguimiento y evaluación de la Contraloría General, esto al amparo y en
cumplimiento de lo establecido en los artículos 12, fracción XV ; 33 y 34, fracciones XVI y XXIII de
la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 297
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