Gaceta 202 de 2018-05-21 - Extraordinaria

Fecha de Entrada en Vigor22 de Mayo de 2018
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTOR GENERAL DE LA E DITORA DE GOBIERNO
MARTÍN QUITANO MARTÍNEZ
DIRECTOR DE LA GACETA OFICIAL
IGNACIO PAZ SERRANO
Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCVII Xalapa-Enríquez, Ver., lunes 21 de mayo de 2018 Núm. Ext. 202
SUMARIO
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
H. AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS
TUXTLA, VER.
———
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDA-
MIENTOS, SERVICIOS Y ENAJENACIÓN.
folio 754
REGLAMENTO PARA EL COBRO, APLICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN
DE LOS HONORARIOS POR GASTOS DE EJECUCIÓN Y
NOTIFICACIONES DE CRÉDITOS FISCALES.
folio 755
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA TABLA DE LOS
MONTOS PARA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON ELLAS.
folio 756
GOBIERNO FEDERAL
———
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
OFICIO POR EL QUE SE NOTIFICA LA TERMINACIÓN DEL
CONVENIO PARA COORDINAR Y UNIFICAR EL REGISTRO
PROFESIONAL, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL ESTADO DE VERACRUZ DE
IGNACIO DE LA LLAVE.
folio 764
Página 2 GACETA OFICIAL Lunes 21 de mayo de 2018
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
SAN ANDRÉS TUXTLA, VER.
2018-2021
———
El ciudadano licenciado Carlos Darío Rubí Turrent, secre-
tario del Ayuntamiento del Honorable Ayuntamiento Constitu-
cional de San Andrés Tuxtla, Veracruz.
HACE CONSTAR Y CERTIFICA:
Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de
San Andrés Tuxtla, Veracruz, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 115, fracciones I, II y III de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 71 de la Cons-
titución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de
Ignacio de la Llave; 34 y 35 de la Ley Orgánica del Municipio
Libre; en la sesión del cabildo de carácter extraordinaria cele-
brada el día veintidós del mes de marzo del año dos mil die-
ciocho aprobó el siguiente:
A C U E R D O
Primero. Con fundamento en lo dispuesto por los artícu-
los 115 fracción II párrafo segundo inciso a) de la Constitu-
ción Política de los Estados Unidos Mexicanos; 71 fracción I
de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio
de la Llave, 34, 72 fracción XVIII de la Ley Orgánica del Mu-
nicipio Libre; con la Ley Federal de Adquisiciones, Arrenda-
mientos y Servicios del Sector Público y con la Ley de Adqui-
siciones, Arrendamiento, Administración y Enajenación de
Bienes Muebles del Estado de Veracruz, se autoriza el nuevo
Reglamento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos,
Servicios y Enajenación del Honorable Ayuntamiento Consti-
tucional de San Andrés Tuxtla, Veracruz.
Segundo. Se instruye al secretario del Ayuntamiento rea-
lizar los trámites necesarios para su publicación en la Gaceta
Oficial del estado de Veracruz.
Tercero. Se instruye al secretario del Ayuntamiento levan-
tar copia certificada del acta de cabildo, formar el expediente
relativo, el volumen que corresponda y publicarlo en la tabla
de avisos, así como remitir a la brevedad posible al Congreso
del Estado o a la diputación permanente. Comuníquese y
cúmplase.
L.A.E. Octavio Pérez Garay, presidente municipal del Ayun-
tamiento Constitucional del municipio de San Andrés Tuxtla,
Veracruz; a todos sus habitantes hago saber: Que el Honorable
Ayuntamiento que presido con fundamento en lo dispuesto por
fracción I de la Constitución Política del Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave; 34, 35 fracción XIV, de la Ley Orgánica
del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Admi-
nistración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave; pronuncia el siguiente:
Reglamento del Comité de Adquisiciones, Arrendamien-
tos, Servicios y Enajenación del Municipio de
San Andrés Tuxtla, Ver.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Las disposiciones de este Reglamento son de
interés público y de carácter obligatorio en el municipio, y tie-
nen por objeto normar las atribuciones del Comité en lo relativo
a adquisiciones, arrendamientos, administración y enajenación
de bienes muebles.
Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, se
entenderá por:
I. Comité: El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Ser-
vicios y Enajenación;
II. Subcomité: El Subcomité para las Adquisiciones, Arrenda-
mientos, Servicios y Enajenación;
III. Comisión de Licitación: La integrada con los servidores
públicos del Ayuntamiento, responsables de un proceso
de licitación, y en su caso, con los responsables del área
requirente;
IV. Ley Federal de Adquisiciones: La Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
V. Ley Estatal de Adquisiciones: La Ley Número 539 de Ad-
quisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajena-
ción de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio
de la Llave;
VI. Padrón: El padrón municipal de proveedores y prestadores
de servicios;
VII. Requisición: Documento por el cual una entidad o depen-
dencia de la administración pública municipal formaliza la
solicitud para la adquisición, el arrendamiento o la contra-
tación de un determinado bien o servicio, señalando canti-
dades, unidad de medida y características de los bienes o
servicios.

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