Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo número de folio SEDUVI-SITE 33697-321OCHE13 conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal ubicado en Libra No. 126, Colonia Prado Churubusco, Delegación Coyoacán

Folio: SEDUVI-SITE 33697-321OCHE13 Ubicación: Libra No. 126, Colonia Prado Churubusco, Delegación Coyoacán.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 11 días del mes de septiembre de 2014.

EL ING. SIMÓN NEUMANN LADENZON, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los Artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite la siguiente:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 6 de noviembre de 2013, los ciudadanos Héctor Ocádiz Cáceres y María Leticia Ocádiz Cáceres, quienes se acreditan como copropietarios del predio en referencia, con la Escritura número 12,055 de fecha 2 noviembre 2010, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Libra No. 126, Colonia Prado Churubusco, Delegación Coyoacán, solicitud que quedó registrada con el número de Folio SEDUVISITE 33697-321OCHE13, con una superficie de terreno de 148.00 m2, para los usos del suelo de Oficinas en una superficie de 181.00 m2 en 2 niveles, Estética en una superficie de 22.00 m2 y Pastelería en una superficie de 23.00 m2, ubicados en planta baja, teniendo una superficie total ocupada por los usos de 226.00 m2 de construcción, con una zonificación actual de H 2/40/MB (Habitacional, 2 niveles máximo de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad "MB" (Muy Baja), una vivienda cada 200.00 m2 de la superficie total del terreno), donde los usos del suelo solicitados, se encuentran Prohibidos.

2.- Dentro de los documentos que presentaron los interesados, se encuentran los siguientes:

  1. Escritura número 12,055, Libro 356 de fecha 2 de noviembre de 2010, otorgada ante la fe del Licenciado Carlos Correa Rojo, Titular de la Notaría número Doscientos treinta y dos del Distrito Federal, quien hace constar "2026C) LA ADJUDICACIÓN A TÍTULO DE HERENCIA que otorga el señor Héctor Ocádiz Cáceres, en su carácter de albacea en la sucesión testamentaria a bienes del señor Manuel Ocádiz Hernández, a favor de sí mismo y de la señora María Leticia Ocádiz Cáceres, quien comparece representada por el mencionado señor Héctor Ocádiz Cáceres2026" respecto de "2026la casa marcada con el número ciento veintiséis, de la calle de Libra, colonia Prado Churubusco, delegación Coyoacán del Distrito Federal y terreno sobre el cual esta (sic) construida designado como Fracción Sur o Fracción número dos del lote veintiocho de la manzana treinta y uno del Fraccionamiento de dicha Colonia2026", con una superficie de terreno de 148.00 m2, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en el Folio número 9220149, el 29 de abril de 2011.

  2. Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio OB/2083/2013 OFICINA 1256 de fecha 14 de octubre de 2013, emitida por la Delegación Coyoacán, la cual establece que el predio se encuentra ubicado en la calle Libra y le asigna el número oficial 126, en la Colonia Prado Churubusco, Delegación Coyoacán, indicando que se encuentra fuera de Zona Histórica y de Zona Patrimonial, además de indicar que el predio no cuenta con afectaciones, ni restricciones.

  3. Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 25526-151JIME13 de fecha 4 de septiembre de 2013, el cual determina que al predio ubicado en la calle Libra No. 126, Colonia Prado Churubusco, Delegación Coyoacán, le aplica la zonificación H 2/40/MB (Habitacional, 2 niveles máximo de construcción, 40% mínimo de área libre y Densidad "MB" (Muy Baja), una vivienda cada 200.00 m2 de la superficie total del terreno), dentro del Programa de Desarrollo Urbano para la Delegación Coyoacán del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de agosto de 2010.

  4. Identificaciones oficiales de los copropietarios, mediante Credenciales para Votar vigentes, expedida por el Instituto Federal Electoral, Nos. 0791054298303 y 0253108100858.

  5. Memoria Descriptiva del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del predio y del área de estudio.

3.- Que con fecha 8 de septiembre de 2014, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Coyoacán del Distrito Federal, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el Artículo Segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.

CONSIDERANDO

I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito...

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