FE DE ERRATAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES OBREROS Y PATRONES ANTE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL DÍA PRIMERO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO

Fecha de publicación08 Octubre 2018
SecciónPrimera Secció
Pág. 14 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 8 de 2018
(Primera Sección)
OFICINA DEL GOBERNADOR
FE DE ERRATAS DE LA CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES OBREROS Y
PATRONALES ANTE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PUBLICADA EN EL
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO EL DÍA PRIMERO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO.
EL GOBERNADOR C. CP. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Aguascalientes, con fundamento en el artículo 46 fracción XIX de la Constitución Política del
Estado, artículos del 648 al 650 del Título Trece Capítulo I de la Ley Federal del Trabajo y artículo 22 fracciones
V, XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, ordenamientos jurídicos en
vigor, hago del conocimiento la siguiente FE DE ERRATAS y de conformidad con el Artículo 16 Fracción II,
de la ley del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes respecto a la Convocatoria para elección de
Representantes Obreros y Patronales ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, publicada en el Periódico
Oficial del Estado el primero de octubre de dos mil dieciocho en el tomo LXXXI, número 40, en los siguientes
términos:
FE DE ERRATAS
Respecto del segundo párrafo:
DICE:
DEBE DECIR:
A todos los patrones independientes y sindicatos
de patrones sujetos a la jurisdicción local, se les
convoca a asistir y participar por medio de los
delegados que al efecto designen, a la Convención
en la que se elegirá un representante patronal
propietario y un suplente ante el Pleno de la Junta
Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de
Aguascalientes, con apego a las formalidades
precisadas en el Capítulo I del Titulo Trece de la
Ley Federal del Trabajo; así como integrantes
propietario y suplente del correspondiente Jurado
de Responsabilidades, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 674 fracción II de la Ley
Federal del Trabajo, Convención que se celebrará
el próximo día 5 de diciembre del 2018, a las 9:00
horas en el Salón Miguel Ángel Barberena Vega,
ubicado en el Segundo Piso de Palacio de
Gobierno de la Ciudad de Aguascalientes, Estado
de Aguascalientes. Los representantes que se
nombren deberán acreditar con documentación
legal, ante la Dirección General del Trabajo que
cumplen con los r
equisitos de elegibilidad
señalados en la base cuarta de la presente
convocatoria. Representantes que durarán en su
cargo el término establecido en la base quinta de
esta convocatoria.
A todos los patrones independientes y sindicatos
de patrones sujetos a la jurisdicción local, se les
convoca a asistir y participar por medio de los
delegados que al efecto designen, a la Convención
en la que se elegirá un representante patronal
propietario y un suplente ante el Pleno de la Junta
Local de Conciliación y Arbit
raje del Estado de
Aguascalientes, así como
ante las Juntas
Especiales Uno, Dos, Tres y Cuatro, con apego a
las formalidades precisadas en el Capítulo I del
Titulo Trece de la Ley Federal del Trabajo; así
como integrantes propietario y suplente de los
correspondientes Jurados de Responsabilidades,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 674
fracción II de la Ley Federal del Trabajo,
Convención que se celebrará el próximo día 5 de
diciembre del 2018, a las 9:00 horas, en el Salón
Miguel Ángel Barberen
a Vega, ubicado en el
Segundo Piso de Palacio de Gobierno de la Ciudad
de Aguascalientes, Estado de Aguascalientes. Los
representantes que se nombren deberán acreditar
con documentación legal, ante la Subsecretaría de
Asuntos Jurídicos de la Entidad, que cumplen con
los requisitos de elegibilidad señalados en la base
cuarta de la presente convocatoria.
Representantes que durarán en su cargo el término
establecido en la base quinta de esta convocatoria.
Respecto del tercer párrafo:
DICE:
DEBE DECIR:
Asimismo, se CONVOCA por otro lado, a todos los
trabajadores libres que hubiesen prestado
servicios a un patrón sujeto a la jurisdicción local
por un lapso de tiempo no menor de seis meses
durante el año anterior a la fecha de la presente
convocatoria, y a
los sindicatos de trabajadores
debidamente registrados ante la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de
Aguascalientes, para que asistan y participen, por
medio de los delegados que al efecto designen, a
Asimismo, se CONVOCA por otro lado, a todos los
trabajadores libres que hubiesen prestado
servicios a un patrón sujeto a la jurisdicción local
por un lapso de tiempo no menor de seis meses
durante el año anterior a la fecha de la presente
convocatoria, y a los sindicatos de trabajadores
debidamente registrados ante la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje del Estado de
Aguascalientes, para que asistan y participen, por
medio de los delegados que al efecto designen, a

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