Fe de erratas.-al acuerdo aprobado en la sesión ordinaria del 15 de agosto del 2017 y publicado en el periódico oficial no. Extraordinario del 18 de agosto del año en curso donde se declara revisadas, analizadas y fiscalizadas las cuentas públicas de los siguientes entes públicos: centro de servicios integrales para el tratamiento de aguas residuales del Estado de Tlaxcala, colegio de educación profesional técnica del estado de tlaxcala, comisión estatal de agua de tlaxcala, consejo estatal de población, coordinación de radio, cine y televisión de tlaxcala, coordinación de servicio social de estudiantes de las instituciones de educación Superior, colegio de tlaxcala a.c., fideicomiso de la ciudad industrial xicohténcatl, fideicomiso fondo de ayuda, asistencia y reparación de daño a las victimas y ofendidos, fondo macro para el desarrollo integral de tlaxcala, instituto de acceso a la información pública y protección de datos personales del estado de tlaxcala, instituto de catastro del estado de tlaxcal

Fecha de publicación08 Septiembre 2017
Número de Gaceta1-EXT
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA LXII LEGISLATURA “2017 Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Año de Domingo Arenas Pérez”

ACUERDO

PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9 fracción III y 10 apartado B fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, el Congreso del Estado de Tlaxcala declara revisada, analizada y fiscalizada la cuenta pública del ente fiscalizable Municipio de Zacatelco, Tlaxcala, correspondiente al periodo del primero de octubre al treinta y uno de diciembre del ejercicio fiscal dos mil dieciséis, con base en el Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública elaborado por el Órgano de Fiscalización Superior

SEGUNDO. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 54, fracción XVII, inciso b) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y demás disposiciones legales aplicables, el Congreso de Estado de Tlaxcala NO APRUEBA, la Cuenta Pública del Municipio de Zacatelco, correspondiente al periodo del primero de octubre al treinta y uno de diciembre del ejercicio fiscal dos mil dieciséis

TERCERO. Se establece que el municipio en mención se obliga a solventar las observaciones emitidas por el órgano de fiscalización superior en un plazo no mayor de 30 días naturales la totalidad de las observaciones, en cuanto esta sea revisada por la entidad fiscalizadora, y en caso de no hacerlo se revoca dicho acuerdo

CUARTO. Se instruye al Órgano de Fiscalización Superior a iniciar los procedimientos de responsabilidad indemnizatoria de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, tomando como base las observaciones de daño patrimonial que pudiesen ser señaladas después de la revisión por parte del Órgano de Fiscalización Superior y que no fueran solventadas en el presente informe de resultados

QUINTO. Se exhorta respetuosamente al Ayuntamiento del Municipio de Zacatelco, aplicar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala, a efecto de determinar las responsabilidades administrativas a que haya lugar en relación a las...

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