Cancelación de la Autorización SSC/022/13-06/II-SP-RA, Expedida a favor de la Empresa 'Logística Aplicada Chimalli, S.A. de C.V.'

CaCE
21 de octubre de 2013
GGIGiliElPtR110
Pá.gin 2
AVISOS JUDICIALES
SSC
CIUDADANA
Folio No. 139
SSC/002-051/13-04/SP-RA-II
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Coa fun amento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estatteg
i
jóre V,BobeArrid"de México; 3, 15, 19 fracción II
y
21 bis fracción
X de la ' ey Orgánica de la Administración Pública del Estado de Méxie4 1 e 5 fració0f), 7 fracción II y 10 de la Ley de Seguridad Privada
del Estad o de México; 7 fracciones XX, XXI y XXIV del Reda
-
Tonto Ileriptirde ;áagencia de Seguridad Estatal, Quinto Transitorio del
Decreto umero 359 de ina LVII Legislatura de esta Entidactlyaderalárá, pubkado eatla Gaceta del Gobierno del Estado de México, de fecha
18 de oc ubre del 2011; se otorga la
autorización SSC/02240
-
06/11:11/RA,
liara la prestación de servicios de seguridad privada, dentro del
territorio el Estado de México, a la persona jurídico c
va
r
"LOG
C1-111)ItALLI, S.A. DE C.V."
da
• Segurifht Puyada en los Bienes
de Junio de 2015
No omití ndo señalar que la present autdl
s
z%Ci,¢n E re se otúrga será personal, inalienable, intransferible e inembargable, y contendrá la
rnodalid d que se autoriza y condiga a 411
eta:-
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4a
prestación del servicio; la vigencia será de dos años, y podrá ser revalidada por
el mism tiempo. La autorización o nlyalidaciórif4 aQtarga al Prestador del Servicio, quedará sujeta a las obligaciones estabiecidas en la
Ley de -guridad Privada del Estado4Q Méxicofi sí como al cumplimiento de otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
-
"ktris
rSecretario de Seguridad Ciudadana
Salvador J. Neme Sastre
(Rúbrica).
J
ADO SEGUNDO CIVEL DE PRIMERA INSTANCIA
D STRITO CE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO
TIANGUISTENCO
EDICTO
e! expediente número 1183/13, relativo al
Procedi iento Judicial no Contencioso sobre Información de
Dominio, promovido por JORGE JIMENEZ CAMPOS, respecto
del inmu -ble ubicado en la calle de 2P. cerrada de Matamoros s/n,
en la po !ación de San Pedro Tlaltizapán, Municipio de Santiago
Tianguis enco, México, con las siguientes medidas y colindancias:
al norte: 9.25 nueve metros veinticinco centímetros colindando
con 2
1
. errada de Matamoros s/n, el sur: 9.30 nueve metros
treinta c -ntímetros y colinda con Ignacio Jiménez González, al
oriente: 5.90 veinticinco metros noventa centímetros, colinda con
Juan Pe aloza y al poniente: 25.90 veinticinco metros noventa
centímet os y colinda con Gregorio Rivera Gonzaga, con una
superficie de 240.22 doscientos cuarenta punto veintidós metros
cuadradr s y se expide el presente edicto para su publicación por
dos vec con intervalos de por !o menos dos días en la GACETA
DEL GO IERNO y en otro periódico de circulación diaria en esta
Ciudad, on el objeto de que si alguna persona se cree con igual
o mejor derecho sobre el inmueble descrito lo deduzca en
términos de Ley, lo anterior en cumplimiento al proveído de fecha
uno de tubre de dos mil trece.-Doy fe.-Validación auto de fecha
uno de octubre de dos mil trece.-La Primer. Secretario de
Acuerdo , Lic. Anita Escobedo Ruiz.-Rúbrica.
4548.-16 y 21 octubre.
J
ZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DIST ITO DE TLALNEPANTLA-NAUCALPAN DE JUAREZ
EDICTO
n
los autos del expediente 502/2013, radicado en el
Juzgado exto Civil de Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan
de Juár
Estado de México, relativo al Procedimiento Judicial
no Contencioso, sobre Inmatrioulación, promovido por JAVIER
SENOSIAIN AGUILAR, sobre la fracción posesoria del terreno
irregular con una superficie de 17,320.00 metros cuadrados
conocido como La Mora, actualmente sin número de lote, ni
manzana, ni número oficial ubicado en el poblado de San Mateo
Nopala, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México,
donde se dictó un auto de fecha trece de septiembre de dos mil
trece, que a la letra dice: "Por presentado a JAVIER SENOSIAIN
AGUILAR, por su propio derecho, promoviendo en la vía de
Procedimiento Judicial no Contencioso, sobre inmatriculación,
sobre el inmueble a que hace referencia, por les motivos y
razones que dice tener regístrese y fórmese expediente con
fundamento en los artículos 1.2, 1.134, 1.136, 1.138, 1.42
fracción VIII, 3.1 y 3.2 del Código de Procedimientos Civiles, se
admite la presente solicitud en la vía y forma propuesta, respecto
del inmueble a que hace referencia, por lo que, dése la
intervención que corresponde al Agente del Ministerio Público
adscrito, para que manifieste, lo que a su Representatividad
Social corresponda, háganse las publicaciones de los edictos
respectivos, con los datos necesarios de la solicitud de cuenta,
por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, en el
Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO y en otro periódico
de circulación diaria, para que se informe de la tramitación del
presente asunto a quien o quienes se crean con igual o mejor
derecho y comparezcan a este Juzgado a deducirlo en términos
de Ley, así también, notifíquese a los colindantes de igual modo
fíjese un ejemplar de la solicitud en el inmueble de referencia, por
otro lado, con fundamento en el artículo 2.106 del Código de
Procedimientos Civiles, procédase a resguardar en el secreto de
éste Juzgado los documentos exhibidos que acompaña al de
cuenta. Asimismo, con apoyo en el artículo 1.168 del Código de
Procedimientos Civiles, por señalados la lista y Boletín Judicial,
para el efecto, de que se le practiquen las notificaciones de
carácter personal. Teniéndose por autorizados a los
profesionistas en derecho que propone, para los efectos
indicados. Finalmente y para dar cumplimiento a lo ordenado por
los artículos 1, 2, 3, 19, 80 y 81 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de México, en
relación con los numerales 45 fracción II y 47 del Reglamento de

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