Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

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CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
ARTÍCULO 1

El presente Estatuto Orgánico tiene como finalidad establecer las bases de organización, así como las facultades y funciones que corresponden a las distintas áreas que integran la estructura orgánica de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

ARTÍCULO 2

Para los efectos del presente ordenamiento se entenderá por:

  1. Junta Directiva: El Organo de Gobierno de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;

  2. Comisarios: Los Comisarios Públicos propietario y suplente del órgano de vigilancia de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte designados por la Secretaría de la Función Pública.

  3. CONADE: La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;

  4. Contraloría Interna: El Organo Interno de Control en la CONADE;

  5. Director General: El Director General de la CONADE;

  6. Estatuto: El Estatuto Orgánico de la CONADE;

  7. Ley: La Ley General de Cultura Física y Deporte;

  8. Ley Federal: La Ley Federal de las Entidades Paraestatales;

  9. Presidente: El Presidente de la Junta Directiva de la CONADE;

  10. Reglamento de la Ley: El Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

  11. Bis. Reglamento de la Ley Federal: El Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

  12. Secretaría: La Secretaría de Educación Pública;

  13. SINADE: El Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte;

ARTÍCULO 3

La CONADE tiene a su cargo el desempeño de las atribuciones y facultades que le encomiendan la Ley, el Reglamento de la Ley, así como las demás disposiciones legales y administrativas que en lo conducente resulten aplicables.

CAPÍTULO II De la administración Artículos 4 a 8
ARTÍCULO 4

La administración de la CONADE está (sic) cargo de una Junta Directiva, que preside el Secretario de Educación Pública, y de un Director General designado por el titular del Ejecutivo Federal.

En los términos que establecen la Ley y demás ordenamientos aplicables, la CONADE contará con un órgano de vigilancia integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, quienes tendrán a su cargo las atribuciones que les confiere la Ley, la Ley Federal, el Reglamento de la Ley Federal, y las demás disposiciones aplicables, así como un órgano interno de control que se regirá conforme al artículo 19 de este Estatuto.

ARTÍCULO 5

La Junta Directiva se integrará en los términos establecidos en la Ley y tendrá las facultades que se le confieren en la misma, en la Ley Federal, en el Reglamento de la Ley Federal, así como en las demás disposiciones aplicables.

Los miembros de la Junta Directiva de la CONADE participarán en ella de manera honorífica, por lo que no podrán recibir retribución, emolumento o compensación alguna por el desempeño de sus funciones.

ARTÍCULO 6

La Junta Directiva sesionará ordinariamente cuatro veces al año, de acuerdo con el calendario de sesiones que la misma apruebe.

ARTÍCULO 7

La Junta Directiva contará con un Secretario que será el Coordinador de Organos Desconcentrados y del Sector Paraestatal de la Secretaría y designará, a propuesta del Director General, a un Prosecretario, quienes participarán en las sesiones con voz pero sin voto y tendrán las funciones siguientes:

  1. Corresponde al Secretario:

    1. Elaborar el orden del día de las respectivas sesiones, atendiendo a las propuestas que le formulen los miembros de la Junta Directiva;

    2. Tomar nota de los lineamientos y acuerdos generales que emita la Junta Directiva;

    3. Verificar que exista el quórum necesario para celebrar legalmente la sesión de que se trate y someter para su aprobación el acta de la sesión anterior;

    4. Tramitar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de aquellas resoluciones de la Junta Directiva que así lo requieran;

    5. Enviar a los integrantes de la Junta Directiva las convocatorias para las sesiones de la misma, y

    6. Las demás que les encomiende la Junta Directiva.

  2. Corresponde al Prosecretario:

    1. Preparar la documentación e información sobre los asuntos a tratar en la sesión que corresponda;

    2. Actuar como escrutador en las sesiones de la Junta Directiva y prestar apoyo al Secretario;

    3. Llevar el archivo de todos los asuntos relativos al órgano de gobierno y atender consultas, y

    4. Las demás que les encomiende la Junta Directiva.

ARTÍCULO 8

El Director General tendrá las atribuciones, facultades y obligaciones que le confieran la Ley, la Ley Federal, el Reglamento de la Ley, el Reglamento de la Ley Federal, así como las demás disposiciones aplicables.

El Director General podrá delegar facultades en cualquiera de los servidores públicos de primer nivel jerárquico de la CONADE, sin perjuicio de aquellas que en las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, o por disposición de la Junta Directiva, le sean conferidas como indelegables.

CAPÍTULO III De la estructura administrativa Artículos 9 a 18
ARTÍCULO 9

Para el despacho y ejecución de los asuntos de su competencia, el Director General de la CONADE contará con el apoyo de la siguiente estructura administrativa:

  1. La Subdirección General

  2. La Subdirección del Deporte

  3. La Subdirección de Calidad para el Deporte

  4. La Subdirección de Cultura Física

  5. La Subdirección de Administración

  6. La Coordinación de Comunicación Social

  7. La Coordinación de Normatividad y Asuntos Jurídicos.

ARTÍCULO 9 Bis

La Subdirección General y las subdirecciones del Deporte, de Calidad para el Deporte y de Cultura Física, estarán adscritas al Director General de la CONADE. Asimismo, la Subdirección de Administración y las coordinaciones de Comunicación Social y la de Normatividad y Asuntos Jurídicos estarán adscritas a la Subdirección General.

De la Subdirección General

ARTÍCULO 9 Ter

Corresponde a la Subdirección General el ejercicio de las siguientes facultades y obligaciones:

  1. Auxiliar al Director General de la CONADE en el ejercicio de sus atribuciones y facultades;

  2. Formar parte de todos los comités y comisiones específicos del sector;

  3. Desempeñar los encargos que el Presidente de la Junta Directiva o el Director General de la CONADE le encomienden; y por acuerdo expreso representar a la CONADE en los actos que aquéllos determinen;

  4. Acordar con el Director General de la CONADE los asuntos de la Subdirección General así como los inherentes a la administración de los recursos humanos, materiales y financieros; las...

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