Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos de Conducta Profesional y de Valores Institucionales de la Ssp.

Arturo Bermúdez Zurita, secretario de Seguridad Pública, conforme a las atribuciones que tengo conferidas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21 párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 49 fracción IV y 76 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 46 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado; 11, fracción IV, 28 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 7, 12 fracción II, 13 fracciones II, XI y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Veracruz y conforme al Acuerdo del Gobernador del Estado de Veracruz, por el que se autoriza al Titular de la Secretaría de Seguridad Pública, a celebrar acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia y conforme a la normatividad aplicable

C O N S I D E R A N D O

Que la ciudadanía demanda que las Instituciones Públicas actúen bajo principios y conductas éticas por lo que resulta fundamental implementar principios y valores orientados a generar resultados con valor público, asimismo regirse bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, tal y como lo establece el Artículo 8 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

Acuerdo por el que se establecen los lineamientos de Conducta Profesional y de Valores Institucionales de la Secretaría de Seguridad Pública.

Artículo 1 Se expide el Acuerdo por el que se establecen los lineamientos de Conducta Profesional y de Valores Institucionales de la Secretaría de Seguridad Pública, cuyo objeto consiste en normar la conducta que deberán observar todo servidor público de la Secretaría, en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 2 El presente Acuerdo forma parte de la normatividad vigente y deberá incluirse en el Prontuario Normativo Institucional de la Secretaría de Seguridad Pública y por lo tanto será de observancia obligatoria.
Artículo 3 Los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública, además de actuar en el desempeño de sus funciones, conforme con, la Constitución General de la Republica, la Constitución Política del Estado y las leyes y ordenamientos administrativos que de ellas emanen, deberán

ajustar su conducta a los principios éticos y valores institucionales que se señalan en este Código.

Artículo 4 Para dar cumplimiento a los principios éticos y valores institucionales, el servidor público deberá sujetarse a:
  1. Conocimiento y Aplicación de las Leyes y Normas: Compromiso

    Conocer, respetar y hacer cumplir la Constitución, leyes, reglamentos y, en general, toda la...

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