Acuerdo No. 18 Relativo a La Actualización Anual del Financiamiento Público Ordinario y El de Actividades Específicas de Los Partidos Políticos, en Proporción al índice Inflacionario Registrado en 2013

ACUERDO No. 18

RELATIVO A LA ACTUALIZACIÓN ANUAL DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO ORDINARIO Y EL DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, EN PROPORCIÓN AL ÍNDICE INFLACIONARIO REGISTRADO EN 2013.

PERÍODO INTERPROCESO 2012-2014

ACUERDO NÚMERO 18

ACTUALIZACIÓN ANUAL 2014

31/ENERO/2014

ACUERDO RELATIVO A LA ACTUALIZACIÓN ANUAL DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO ORDINARIO Y EL DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, EN PROPORCIÓN AL ÍNDICE INFLACIONARIO REGISTRADO EN 2013.

A N T E C E D E N T E S:

I.

Con fecha 28 de septiembre del año 2012, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado emitió el acuerdo número 53 del Proceso Electoral 2011-2012, por medio del cual aprobó el financiamiento público de los partidos políticos, después de haberse celebrado la jornada electoral del día 1° de julio del año 2012, así como verificado el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el artículo 64 del Código Electoral del Estado.

Determinándose en dicho acuerdo, que los partidos políticos que tienen derecho de recibir financiamiento público después de verificadas las elecciones del año 2012, al haber conservado su registro como partidos políticos nacionales y por haber presentado la constancia actualizada de la vigencia de su registro ante el Instituto Federal Electoral, son:

PARTIDO POLÍTICO

Partido Acción Nacional Partido Revolucionario Institucional Partido de la Revolución Democrática Partido del Trabajo Partido Verde Ecologista de México Movimiento Ciudadano Partido Nueva Alianza DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOINSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADOII.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 64, fracción VI, del Código Electoral del Estado, con fecha 29 de enero del año 2013, este Consejo General llevó a cabo la actualización anual del financiamiento público ordinario y el de actividades específicas de los partidos políticos, en proporción al índice inflacionario del año 2012.

En virtud de lo anterior se formulan las siguientes C O N S I D E R A C I O N E S:

  1. -

    De conformidad con el artículo 86 BIS, base I, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación estatal y municipal y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo. Y en el Estado gozarán de las mismas prerrogativas que les confiere la Constitución Federal.

    Asimismo, dicho precepto constitucional establece en su base II, primer párrafo, que la ley garantizará que los institutos políticos cuenten de manera equitativa, con elementos para llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento ordinario de los propios partidos y de sus campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.

  2. -

    Por su parte, el artículo 99, fracción II, del Código de la materia, establece que uno de los fines del Instituto Electoral del Estado es el de preservar y fortalecer el régimen de...

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