Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG302/2008.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE SESIONES DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 22 de febrero del año 2000, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, en sesión extraordinaria aprobó el Acuerdo JGE21/2000, por el que se expide el Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva.

  2. En sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero del año 2000, el Consejo General, aprobó Acuerdo CG30/2000, por el que se expide el Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva.

  3. Con fecha 19 de mayo del año 2000, la Junta General Ejecutiva aprobó el Acuerdo JGE77/2000 por el que se modifica el Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva, en acatamiento de la Sentencia SUP-RAP-012/2000, dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el 10 de mayo del mismo año.

  4. En sesión ordinaria del Consejo General llevada a cabo el 31 de mayo del año 2000 se aprobó el Acuerdo CG104/2000 por el que se modifica el Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva, en acatamiento de la Sentencia SUP-RAP-012/2000, dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

  5. Mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2007, se reforman los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; se adiciona el artículo 134 y se deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Al efecto en el artículo Tercero Transitorio de dicha reforma, se estableció como obligación del Poder Constituyente el adecuar la legislación secundaria en un plazo de 30 días naturales contados a partir de su entrada en vigor.

  6. El 14 de enero de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Dicho ordenamiento normativo establece en su artículo Noveno Transitorio que el Consejo General deberá dictar los Acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones del Código y expedir los Reglamentos del mismo a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor.

  7. En sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero de 2008, el Consejo General, mediante Acuerdo CG34/2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de marzo del mismo año, aprobó la creación de la Comisión de Reglamentos con carácter de temporal.

  8. En la misma sesión, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG35/2008, por el cual se emiten los Lineamientos para organizar los trabajos de reforma o expedición de reglamentos y de otros instrumentos normativos del Instituto derivados de la reforma electoral, en términos del artículo Noveno Transitorio del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo del mismo año.

  9. Con fecha 4 de julio de 2008, en sesión extraordinaria la Junta General Ejecutiva aprobó el Acuerdo JGE57/2008, por el que se propone al Consejo General expedir el Reglamento de sesiones de dicho órgano colegiado.

    CONSIDERANDOS

    1. Que el artículo 41, Base V, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104 y 106, párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; disponen que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partido Políticos Nacionales y los ciudadanos en los términos que ordene la Ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

    2. Que el artículo 106, párrafo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que el Instituto se regirá para su organización, funcionamiento, y control, por las disposiciones constitucionales conducentes y las del propio Código.

    3. Que en términos del artículo 108, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaría Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

    4. Que con motivo del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 2008 por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dicho ordenamiento normativo establece en su artículo Noveno Transitorio que el Consejo General deberá dictar los Acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones del Código y expedir los Reglamentos del mismo a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor.

    5. Que en cumplimiento a lo anteriormente señalado, el Consejo aprobó en sesión ordinaria llevada a cabo el 29 de febrero del año 2008, mediante Acuerdo CG034/2008, la creación con carácter temporal de la Comisión de Reglamentos.

    6. Que asimismo, en la sesión del máximo órgano de dirección citada en el considerando anterior, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG35/2008 por el cual se emiten los Lineamientos para organizar los trabajos de reforma o expedición de reglamentos y de otros instrumentos normativos del Instituto derivados de la reforma electoral, en términos del artículo Noveno Transitorio del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; en el que se establece en su punto de Acuerdo Segundo que corresponde a la Junta General Ejecutiva presentar a consideración del Consejo General para su aprobación las propuestas de expedición, entre otras, del Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva.

    7. Que en tal sentido, la Junta General Ejecutiva como órgano ejecutivo central de naturaleza colegiada del Instituto, propone adecuar su Reglamento de Sesiones el cual tiene por objeto regular la celebración de sus sesiones y la actuación de sus integrantes, sobre todo tomando en consideración que con motivo de la reforma electoral, es necesario normar la participación de las instancias creadas con autonomía de gestión, es decir la Contraloría General y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, a quienes por la propia autonomía que se les otorga por disposición legal, tienen un tratamiento distinto a los demás integrantes de la Junta.

    8. Que toda vez que el artículo 41 Constitucional, en el párrafo 9 de la Base V, establece que todas las sesiones de los órganos colegiados del Instituto son públicas, es necesario regular la naturaleza pública de las sesiones, y prever los alcances de la publicidad y orden en las mismas.

    9. Que respecto a la distribución de documentación soporte de los asuntos agendados en el orden del día, aún y cuando ya habían sido adoptadas medidas vinculadas con la instrumentación de tecnologías informáticas como el uso de medios digitales que permiten la optimización de recursos materiales y agilizar la preparación de las sesiones, estas medidas no estaban expresamente previstas en el Reglamento correspondiente, lo anterior siendo consientes que la utilización de tecnologías informáticas en la distribución de documentación coadyuva en materia de protección al ambiente al evitar el alto consumo de reproducción impresa, aspecto que el propio Consejo General ha adoptado en mediante los Acuerdos CG23/2008 y CG102/20008, aprobados el 15 de febrero y 23 de mayo del año 2008, respectivamente, vinculados con la instrumentación del Programa Integral de Gestión Ambiental del Instituto Federal Electoral.

    10. Que considerando las actividades realizadas durante la preparación, desarrollo y con posterioridad a las sesiones que lleva a cabo la Junta General Ejecutiva, es necesario realizar diversas tareas que ayudarían no sólo a formalizar actividades que actualmente ya se llevan a cabo y no están reguladas, sino también eficientar los procedimientos para su instrumentación, como por ejemplo:

      1. Homologar puntuación y términos utilizados en el contenido del Reglamento, en virtud de que en algunos artículos por ejemplo se habla de miembros de la Junta y en otros de integrantes, y se estima conveniente sólo utilizar el término de integrantes; se incluye un glosario de términos ya que en algunos numerales se habla de Junta y en otros se refiere a Junta General Ejecutiva; y de esta manera hacer uniforme la referencia de plazos señalándolos con letra, entre otros.

      2. Regular cuestiones que en la práctica diaria se instrumentan, sin embargo no se encuentran previstas expresamente en el Reglamento, como la suplencia del Presidente por inasistencia o ausencia definitiva de la sesión ante un caso fortuito o de fuerza mayor que le impida asistir a la sesión, o inclusive ya iniciada la misma continuar o tener que ausentarse de manera definitiva de ella. Esta hipótesis es necesario reglamentarla a efecto de salvaguardar la capacidad de la Junta General Ejecutiva para desahogar aquellos asuntos de su competencia, evitando el incumplimiento de una obligación legal; en virtud de que en el Reglamento actual sólo está previsto que el Secretario podrá suplir al Presidente en caso de ausencias momentáneas, lo cual en una aplicación estricta de la disposición, no aplicaría la suplencia del Secretario en el caso que se...

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