Acuerdo 2/2012 del Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, por el cual se aprueba reformar diversas disposiciones de los Lineamientos Generales de Trabajo de los Servidores Públicos de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO 2/2012 DEL CONSEJO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL CUAL SE APRUEBA REFORMAR DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil doce, los y las Consejeras presentes y el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y del H. Consejo de la misma, por unanimidad de votos, en términos de lo dispuesto en los artículos 2, 6, 7, 20 fracciones I, III y IX, 22 fracciones II, V, XII y XVII, 70 primer párrafo de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 5°, 15, 16, 17 fracción V, 19, 20 fracción II y X; 23 bis fracción IV, 26 fracción V, 36 fracciones I, II, y XVI, 43, primer párrafo de su Reglamento Interno, 1, 3 y 4 de sus Lineamientos Generales de Trabajo y,

CONSIDERANDO

  1. Que a efecto de favorecer el desarrollo personal y profesional de las y los servidores públicos de este Organismo Protector de Derechos Humanos, se considera procedente reformar los Lineamientos Generales de Trabajo que rigen la relación laboral entre la Comisión y sus servidoras y servidores públicos, a efecto de especificar las condiciones que rigen el otorgamiento de indemnizaciones; reiterar la irrevocabilidad de las prestaciones otorgadas; precisar la obligación de entregar la constancia de percepciones y descuentos, así como el plazo de entrega del fondo de ahorro, de conformidad con el documento anexo.

  2. Que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, en virtud de lo cual no recibe instrucciones o indicaciones de autoridad o servidor público alguno en el desempeño de sus funciones, en el ejercicio de su autonomía y del presupuesto anual que se le asigne por ley, cuyo objeto es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos.

  3. Que la Comisión se integra con la o el Presidente, el Consejo, las o los Visitadores Generales que determine su Reglamento Interno, la Contraloría Interna y con el personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo de sus actividades.

  4. Que entre las facultades del Consejo se encuentran las de establecer los lineamientos generales para las actividades de la Comisión; así como aprobar, mediante acuerdos, las políticas y lineamientos generales, los programas, normas, manuales y procedimientos administrativos internos de la misma.

  5. Que corresponde a la o el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, formular los lineamientos generales a los que habrán de sujetarse las actividades administrativas de la Comisión, así como dictar las...

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