Dictamen de Reforma, Adición y Derogación Diversas Disposiciones Delreglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de COMALA.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 29 de Julio del año 2017; Núm. 49 pág. 1973. DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALA, COLIMA.

DICTAMEN

DE REFORMA, ADICIÓN Y DEROGACIÓN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE COMALA.

INICIATIVA DE REFORMA, ADICIÓN Y DEROGACIÓN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE COMALA

Ing. Salomón Salazar Barragán, Presidente Municipal de Comala, Col., con las facultades que me otorga la Ley del Municipio Libre en su art. 47, fracción I, inciso a), a sus habitantes hace saber:

Que en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2017, el H. Cabildo Municipal de Comala aprobó por unanimidad, la siguiente

INICIATIVA QUE REFORMA LA FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 7; LA FRACCIÓN V Y VI DEL ARTÍCULO 18; LA FRACCIÓN XV AL ARTÍCULO 20; EL PRIMER PÁRRAFO, LA FRACCIÓN IV Y EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN VI TODOS DEL 147; LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 236; EL PRIMER PÁRRAFO ASÍ COMO LOS CÓDIGOS 142 Y 143 DEL ARTÍCULO 241; QUE ADICIONA EL TÉRMINO UMA AL ARTÍCULO 3; LA FRACCIÓN XII AL ARTÍCULO 7 HACIENDO UN CORRIMIENTO DE LA ACTUAL FRACCIÓN XII LA CUAL PASA A SER XIII; LA FRACCIÓN VII AL ARTÍCULO 18; LOS PÁRRAFOS SEGUNDO Y TERCERO AL ARTÍCULO 18; UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 20; EL CÓDIGO 144 AL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 241; Y QUE DEROGA EL TÉRMINO SALARIO MÍNIMO AL ARTÍCULO 3; TODOS DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE COMALA, COLIMA, Y:

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que la solicitud que precede la iniciativa señalada en supra líneas fue enviada por el Lic. Gabriel Verduzco Rodríguez, Secretario Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, mediante oficio SESO/SE/107/2017 de fecha 20 de junio de 2017.

Oficio mediante el cual solicitó al Presidente Municipal se sirviera girar las instrucciones correspondientes, que permitan fortalecer las gestiones que al interior del cabildo del H. Ayuntamiento, vienen impulsando los titulares de la Secretaría del H. Ayuntamiento y de la Dirección de Seguridad Pública y Vialidad, para la adecuación al Reglamento Vial para agregar el apartado del REPUVE.

SEGUNDO.- Que la iniciativa fue enviada por el C. Lic. Guillermo Ramos Ramírez, en su carácter de Secretario Municipal ejerciendo el derecho que le otorga el artículo 63 del Reglamento que Rige el Funcionamiento de las Sesiones y Comisiones del Ayuntamiento de Comala, Colima, y el artículo 46 fracción XXVI inciso d) del Reglamento Interior del Municipio de Comala; y turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente a esta comisión dictaminadora, por el antes mencionado con la petición con número de folio 084/2017, de fecha 30 de junio de 2017.

TERCERO.- La Comisión de Gobernación y Reglamentos, se declara competente para resolver sobre la misma, en término de lo dispuesto por el artículo 45 fracción I inciso a) de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, el cual señala que es facultad del H. Ayuntamiento de Comala, que se ejerce por conducto del cabildo, en materia de gobierno y régimen interior el aprobar los reglamentos, bandos de policía y gobierno, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que sean de competencia municipal; en ese sentido queda debidamente justificado el estudio de la presente solicitud por parte de esta comisión dictaminadora.

Así mismo resulta preciso señalar lo que dispone el artículo 128 fracción II inciso b) del Reglamento que Rige el Funcionamiento de las Sesiones y Comisiones del H. Ayuntamiento de Comala, Colima, el cual a la letra dice:

ARTÍCULO 128 Son facultades y obligaciones de la Comisión de Gobernación y Reglamentos: II. En lo que se refiere a Reglamentos: b) En especial proponer las iniciativas de Reglamentos Municipales, o las que tiendan a la abrogación, modificación o derogación de los ya existentes.

Esta Comisión dictaminadora reconoce la importancia del ejercicio de las facultades con que cuenta en materia de Gobernación y Reglamentos, por lo que en un ejercicio de responsabilidad administrativa, libre deliberación y con un sentido de construcción de consensos, los que suscriben entraremos al estudio y análisis del tema que nos ocupa.

CUARTO.- Que la iniciativa dentro de sus argumentos principales que la sustentan señala lo siguiente:

 El Municipio Libre es una institución de orden público, base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, constituido por una comunidad de personas, establecida en un territorio determinado, cuya finalidad consiste en promover la gestión de sus intereses, proteger y fomentar los valores de la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera. Estará dotado de...

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