Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, apartado A numeral 1 y apartado C, numeral 1, inciso a), de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 párrafo primero, 3 fracciones XVII y XVIII 7 párrafo primero, 10 fracción II, 12 y 21 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 198, de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 11 párrafo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México y 13 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la Ciudad de México reconoce los derechos de personas con discapacidad y consecuentemente la obligación de las autoridades de adoptar las medidas necesarias para salvaguardar integralmente el ejercicio de sus derechos y respetar su voluntad, garantizando en todo momento los principios de inclusión y accesibilidad, considerando el diseño universal y los ajustes razonables, además de reconocer el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad, accesibilidad, comodidad, eficiencia, calidad e igualdad y de acuerdo a la jerarquía de movilidad, otorgando prioridad a los peatones y conductores de vehículos no motorizados, fomentando una cultura de movilidad sustentable.

Que la Ley de la Accesibilidad para la Ciudad de México tiene por objeto que en la Ciudad de México se garantice el derecho a la accesibilidad al entorno físico, las edificaciones, los espacios públicos, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y el transporte, especialmente para las personas con discapacidad y personas con movilidad limitada, asegurando el ejercicio de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación y promoviendo la igualdad.

Que el Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad plantea estrategias para fomentar y proteger los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad que contribuyen a su desarrollo integral e inclusión plena, a través de los espacios que, garanticen el derecho a la accesibilidad, coadyuvando a que vivan de forma independiente y participen plenamente en la sociedad, a través de nuevos transportes públicos, vías e inmuebles.

Que la Ley de Movilidad del Distrito Federal establece que, la Comisión de Clasificación de Vialidades tiene por objeto asignar la jerarquía y categoría de las vías recirculación en la Ciudad de México, y en éste tenor tiene entre sus atribuciones clasificar, revisar y en su caso modificar su categoría.

Que en ejecución del proyecto "Metrobús accesible para personas con discapacidad, proyecto integral de construcción y adaptación de infraestructura para el transporte, FOTRADIS 2019" y derivado del Estudio Técnico y de Análisis de la Movilidad en la estación San Simón de la Línea 1 del Metrobús, teniendo como finalidad mejorar sus condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad y adultos mayores, se puso a consideración de la referida Comisión de Clasificación de Vialidades, la reclasificación de la Avenida Insurgentes Norte en su tramo Circuito Interior a Eje 2 Norte, de vía de Acceso Controlado a Vialidad Primaria reduciendo con ello la velocidad del tránsito de vehículos de 80 km/h a 50 km/h, donde se planea construir un cruce peatonal a nivel de calle, incluyendo señalamiento, bolardos y semáforos.

Que mediante el ACUERDO/CCV/013/3ORD/SEPTIEMBRE/2019, la Comisión de Clasificación de Vialidades aprobó que el Presidente de la misma, en su calidad de Secretario de Movilidad, solicite a la persona titular de la Jefatura de Gobierno, la modificación del ANEXO 2 - RED VIAL PRIMARIA numerales III. VÍA DE ACCESO CONTROLADO - RADIALES y VI. ARTERIAS PRINCIPALES - AVENIDAS PRIMARIAS del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, por lo que, he tenido a bien emitir el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ARTÍCULO ÚNICO: Se reforma el ANEXO 2 - RED VIAL PRIMARIA numerales III. VÍA DE ACCESO CONTROLADO - RADIALES y VI. ARTERIAS PRINCIPALES - AVENIDAS PRIMARIAS, para quedar como sigue:

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de febrero de 2020

ANEXO 2 - RED VIAL PRIMARIA

III. VÍA DE ACCESO CONTROLADO 2013 RADIALES

[Ver imagen en pdf Adjunto]

TIPO

DE VÍA NOMBRE NOMENCLATURA

1 Insurgentes Norte Circuito Interior Av. Rio Consulado - Acueducto de

Guadalupe

2 Ignacio Zaragoza Viaducto A Río de la Piedad - Eje 8 Sur Ermita

Iztapalapa

3 San Antonio Abad, De Tlalpan Eje 1 Sur Fray Servando Teresa de Mier - Renato Leduc 4 Constituyentes Parque Lira - Paseo de la Reforma

5 Ejército Nacional...

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