Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable del Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO JEFATURA DE GOBIERNO

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DEL DISTRITO FEDERAL

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a sus habitantes sabed:

Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VII Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente

D E C R E T O

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VII LEGISLATURA.

D E C R E T A

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DEL DISTRITO FEDERAL.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman las fracciones I y XII así como el primer párrafo del artículo 6; la fracción V del artículo 15, el artículo 17, el primer párrafo del artículo 18, el primer párrafo del artículo 24, el artículo 30, la fracción I del artículo 35 y el primer párrafo del artículo 38; y se adicionan las fracciones XXIV, XXV y XXVI recorriéndose la última de manera subsecuente al artículo 6, un segundo párrafo al artículo 24, y una fracción IV al artículo 42 de la Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable del Distrito Federal, para quedar como sigue:

LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 6°.- Son atribuciones de la Secretaría el despacho de las materias relativas al desarrollo rural sustentable y la regulación de las actividades y prácticas agroecológicas en materia agropecuaria, piscícola y forestal del sector primario establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, además de las siguientes:

l. Formular, conducir, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas y programas en materia de desarrollo rural sustentable del sector agropecuario, así como las que le correspondan en materia de fomento, consumo y cultura agroalimentaria, en concordancia con el Programa General de Ordenamiento Ecológico y el Programa General de Desarrollo Urbano;

  1. a XI. 2026

  2. Recuperar espacios rurales ociosos para el desarrollo sustentable de las actividades agropecuarias y rurales.

  3. a XXIII. 2026

  4. Promover y fomentar mecanismos e instrumentos de política pública mediante un sistema de agricultura sustentable, con prácticas agroecológicas amigables con el medio ambiente, para la preservación y conservación del recurso suelo;

  5. Promover y fomentar medidas de remediación de los recursos naturales productivos de los...

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