Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fracción II, 67, fracción II y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5, 12, 14, 15 fracciones I y XVI, 23 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y disposiciones del Libro Primero, "De las personas", Titulo Cuarto "Del Registro Civil", del Código Civil para el Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

ÚNICO.- Se reforman las fracciones III a la XXIX del artículo 2°, la fracción XIII y XIII Bis del artículo 13, el primer párrafo de la fracción IV del artículo 39, la fracción VII del artículo 70, los artículos 70 bis, 96 y primer párrafo del 105 y se adicionan la fracción V bis del artículo 11, las fracciones XIII Ter, XIII Quater, XVI, XVII y XVIII del artículo 13, las fracciones XXVII, XXVIII, XXIX y XXX del artículo 16, segundo y tercer párrafos a la fracción IV del artículo 39, el artículo 40 bis, todos del Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal para quedar como sigue:

Artículo 2°.- 2026

  1. a II. 2026

  2. Capitulaciones matrimoniales: El pacto económico que los otorgantes celebran para constituir el régimen patrimonial de su matrimonio y reglamentar la administración de los bienes. Pudiendo establecerse bajo un régimen absoluto de sociedad conyugal o de separación de bienes, o un régimen parcial mixto;

  3. Certificado de nacimiento: El documento suscrito por médico autorizado para el ejercicio de su profesión o persona legalmente autorizada que haya asistido el parto, en el formato expedido por la Secretaría de Salud del Distrito Federal, en el que se hacen constar las circunstancias del nacimiento;

  4. Certificado de REDAM: Documento expedido por el Registro Civil, con el fin de informar si un deudor alimentario se encuentra inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

  5. Código Civil: Al Código Civil para el Distrito Federal;

  6. Consejería Jurídica: A la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal:

  7. Consejo: Al Consejo del Registro Civil del Distrito Federal;

  8. Constancia de declaración de cesación de concubinato: El documento que expedirá el Juez del Registro Civil, en virtud de la declaración de los comparecientes con relación a la cesación, de concubinato, cohabitación y otros hechos relativos a relaciones de pareja, que no constituyen modificaciones al estado civil;

  9. Constancia de declaración de existencia de concubinato: El documento que expedirá el Juez del Registro Civil, en virtud de la declaración de los comparecientes con relación a la existencia, de concubinato, cohabitación y otros hechos relativos a relaciones de pareja, que no constituyen modificaciones al estado civil;

  10. Constancia de curso prenupcial: El documento que expedirá el Juez del Registro Civil que haya impartido el curso prenupcial, el cual hace constar que los contrayentes dieron ya cabal cumplimiento a dicho requisito, previo a la celebración de la ceremonia del matrimonio;

  11. Copia Certificada de reciente expedición: A la certificación expedida, con antigüedad no mayor de un año a la fecha de su presentación, para realizar el trámite de que se trate;

  12. Cursos prenupciales: Los que obligatoriamente deberán tomar los contrayentes antes de la celebración de la ceremonia del...

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