Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga di versas disposiciones del Reglamento de Construcciones del Municipio de Culiacán, Sinaloa

Fecha de publicación03 Junio 2013
EstadoSinaloa
MunicipioCuliacán
34
"EL
ESTADO DE SINALOA" Lunes
03
de Junio
de
2013
AYUNTAMIENTOS
LIC. MOISÉS
AARÓN
RIVAS
lOAIZA,
Presidente Municipal de Culiacan, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Ayuntamiento de Culiacan, por conducto
de
su
Secretaria, se
ha
servido comunicarme para los
efectos correspondientes lo siguiente:
Que en sesión ordinaria de cabildo celebrada el
dia
veintisiete
de
mayo del
año
dos
mil trece,
el
Honorable Ayuntamiento
de
Culiacan,
en
ejercicio
de
las facultades conferidas
por
los articulos 115, fracciones I y
11,
párrafos primero y segundo e
inciso
al,
de la Constitucion Politica
de
los Estados Unidos Mexicanos;
110
y 125. fracción
11,
inciso
al
.
de
la Constitución
Politica del Estado
de
Sinaloa: 13, 15,27, fracciones
1,
y
IV;
29,
fracción I de la Ley de Gobierno Municipal del Estado
de
Sinaloa: 15, del Reglamento Interior de Administración del Municipio de Culiacán, Sinaloa y 1 Y 3 del Reglamento Interior
del
H.
Ayuntamiento
de
Culiacan, Sinaloa, tuvo a bien aprobar
la
iniciativa
de
"Refonna
al Reglamento de
Construcciones
del
Municipio
de Culiacan,
5inaloa",
de conformidad con
la
siguiente:
EXPOSICiÓN
DE
MOTIVOS
1.
Con fecha 20 de mayo del 2013 se recibió
en
las oficinas de la Comisión de Gobernación, anexo
al
oficio con
número
de
folio 1384/13, de
la
Secretaria del H. Ayuntamiento,
un
expediente administrativo que contiene una
"Iniciativa
de
Reforma al Reglamento de Construcciones del
Municipio
de Culiacan,
5inaloa",
suscrita
por
el
ciudadano Moisés Aarón Rivas Loaiza,
en
su
calidad de Presidente Municipal de Culiacán y con
fundamento
en
el articulo 77, fracción I del Reglamento Inlerior del
H.
Ayuntamiento
de
Culiacan.
La
remisi
ón
de
la Iniciativa a que
se
refiere el oficio antes citado, tiene como objeto que la Comisión
de
Gobernación,
en
ejercicio de sus atribuciones normativas,
la
analizara, deliberara
y,
en
su
caso, dictaminara
como
en
Derecho corresponda.
2.
De
conformidad con las disposiciones normativas referidas
en
el proemio de este decreto el órgano municipal
es
competente para conocer y resolver
en
la
especie.
3.
Establecida la competencia del cuerpo colegiado, éste procedió
al
análisis del texto normativo contenido
en
el
cuerpo
de
la
iniciativa de marras a efecto
de
valorar
su
procedencia;
en
ese sentido, a continuación se
transcribe
la
exposición
de
motivos que sustenla
el
cuerpo normativo de
la
iniciativa para
un
análisis
panor
ám
ico e integral
de
la misma, a efecto
de
proceder a una adecuada valoración como
en
Derecho
corresponde.
La
citada expos ición de molivos
es
del tenor literal siguiente:
En
relación a
la
publicación del Periódico Oficial
~
EI
Estado
de
8inaloa", número 026, del
27
de febrero
de 2013, que establece el decreto
NO
.778
en
el
cual
se
adiciona el articulo Bis a
la
Ley
de
Desarrollo
Urbano del Estado
de
Sinaloa, esta adición a
su
vez modifica el Titulo Décimo Estaciones
de
Servicios, Capítulo I Disposiciones Generales y Capitulo
11
de los Predios del Reglamento
de
Construcciones del Municipio
de
Cu
liacan.
En
esta publicación establece que
tos
Ayuntamientos deberán de realizar las adecuaciones
correspondientes a los reglamentos, por
tal
motivo
se
realizan las modificaciones adecuadas
al
Reglamento
de
Construcciones del Municipio
de
Culiélcan.
Lo anteriormente expuesto
ha
motivado que por ende
se
reforme,
se
adicionen y
se
deroguen diversas
disposiciones del Reglamento de Construcciones del Municipio de Culiacan , Sinaloa, publicado
en
el
Periódico Oficial "El Estado
de
Sinaloa", número 054, del
04
de mayo de 2007, por ello someto a
su
muy atenta consideración la siguiente iniciativa de decreto.
4.
Como se advierte de
la
exposición de motivos antes transcrita,
el
objeto de
la
iniciativa
es
la de homologar los
numerales del Reglamento de Construcciones del Municipio de Culiacan relativos a la reforma a
la
que fue
sujeta
la
Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa
en
materia de eslaciones de servicio, dando con ello
cumplimiento a lo indicado en los articulados de
la
reforma
de
origen.
Para el cumplimiento de los fines antes expuestos, el
H.
Ayuntamiento de Culiacan
ha
tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO MUNICIPAL NÚMERO 24
Primero.
De
conformidad con los articulas 115, fracciones I y
11
, parrafos primero y segundo e inciso al,
de
la
Constitución Polilica de los Estados Unidos Mexicanos: 110 y 125, fracción
11,
inciso a), de la Constitución Politica del
Estado de 8inaloa: 13, 15,
27,
fracciones
1,
y
IV,
29, fracción I de
la
Ley
de
Gobierno Municipal del Estado
de
8inaloa:
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