Decreto Número 810 que Reforma la Ley Org÷nica del Poder Judicial del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.
Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Xalapa Enríquez, enero 23 de 2013.
Oficio número 023/2013.
Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:
Que la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación:
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo.Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.
La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción I y 38 de la Constitución Política local; 18 fracción I y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; y en nombre del pueblo, expide el siguiente:
DECRETO NÚMERO 810
Que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave
-
a XXIII. (...)
-
Fijar las bases a las que habrá de sujetarse el sistema de pensiones complementarias y haber de retiro de los magistrados del Poder Judicial del Estado, atendiendo a la disponibilidad presupuestal y los lineamientos siguientes:
-
Se otorgará a partir de la fecha que surta efectos su jubilación, aparezca alguna incapacidad de carácter permanente o acontezca el fallecimiento del magistrado en activo;
-
En ningún caso será menor al setenta por ciento del total de las percepciones que reciba un magistrado en activo;
-
Al fallecimiento del magistrado en activo, jubilado o incapacitado, se transmitirá al cónyuge, concubina o concubinario supérstite, siempre y cuando no contraiga nuevo matrimonio o dependa económicamente de otra persona;
-
Este sistema será independiente de las cantidades que en su caso, perciba el magistrado o sus beneficiarios por parte del instituto de...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba