DECRETO NÚMERO 320.- ARTÍCULO ÚNICO.- SE DEROGAN LOS NUMERALES 34, 35, 36, 37 Y 38 DEL INCISO B, FRACCIÓN I, TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 52; Y LOS NUMERALES 36, 37, 38, 39 Y 40 DEL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 56 DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2020

Fecha de publicación14 Mayo 2020
Sección
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Mayo 14 de 2020
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su func ión
y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 320
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Derogan los Numerales 34, 35, 36, 37 y 38 del Inciso B, Fracción I, Tercer
Párrafo del Artículo 52; y los Numerales 36, 37, 38, 39 y 40 del Primer Párrafo del Artículo 56 de la Ley de
Ingresos del Municipio de Aguascalientes, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020, para
quedar como sigue:
Artículo 52.-
I. …
1.
a 57. …
B) …
1. a 33. …
34. SE DEROGA
35.
SE DEROGA
36.
SE DEROGA
37.
SE DEROGA
38. SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
Artículo 56.-
1. a 35. …
36. SE DEROGA
37. SE
DEROGA
38. SE DEROGA
39. SE DEROGA
40. SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
SE DEROGA
GOBIERNO DEL ESTADO

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