DECRETO NÚMERO 227.- ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMA EL ARTÍCULO 422 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
Fecha de publicación | 04 Noviembre 2019 |
Sección | Primera Secció |
Pág. 6 PERIÓDICO OFICIAL Noviembre 4 de 2019
(Primera Sección)
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su
función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 227
ARTÍCULO ÚNICO: Se Reforma el Artículo 422 del Código Civil del Estado de Aguascalientes,
para quedar en los siguientes términos:
Artículo 422.- Las adopciones se sujetarán al procedimiento contemplado en el Capítulo Sexto,
Título Décimo Cuarto del Código de Procedimientos Civiles, y las oposiciones aludidas en el Artículo 421
deberán tramitarse antes de la audiencia única, en la que deberán ser resueltas de plano.
T R A N S I T O R I O
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes”, del
Palacio Legislativo, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
Lo que tenemos el honor de comunicar a usted, para los efectos Constitucionales conducentes.
Aguascalientes, Ags., a 24 de octubre del año 2019.
A T E N T A M E N T E .
LA MESA DIRECTIVA
ALEJANDRO SERRANO ALMANZA,
DIPUTADO PRESIDENTE.
LUIS ENRIQUE GARCÍA LÓPEZ,
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO.
ERICA PALOMINO BERNAL,
DIPUTADA SEGUNDA SECRETARIA.
Constitución Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el
presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a
31 de octubre de 2019.- Martín Orozco Sandoval.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Lic.
Ricardo Enrique Morán Faz.- Rúbrica.
LUIS ENRIQUE GARCÍA LÓPEZ,
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO.
ERICA PALOMINO BERNAL,
DIPUTADA SEGUNDA SECRETARIA.
Constitución Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el
presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a
31 de octubre de 2019.- Martín Orozco Sandoval.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Lic.
Ricardo Enrique Morán Faz.- Rúbrica.
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