Decreto Número 191.- Por el que se reforma el primer párrafo de la fracción XIX del artículo 77 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Página 2 3 de febrero de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 191
LA DIPUTACIÓN PERMANENTE
DE LA H. “LIX”LEGISLATURA DEL
ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA H. “LIX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN USO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 148 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO Y PREVIA LA APROBACIÓN DE LOS HH. AYUNTAMIENTOS DE LOS MUNICIPIOS DEL
ESTADO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 93 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE MÉXICO, DECLARA APROBADA LA REFORMA DEL PRIMER PÁRRAFO DELA FRACCIÓN XIX
DEL ARTÍCULO 77 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el primer párrafo de la fracción XIX del artículo 77 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de México, para quedar como sigue:
Artículo 77. ...
I. a XVIII. ...
XIX. Enviar cada año a la Legislatura, a más tardar el 21 de noviembre, los proyectos de ley de ingresos y presupuesto de
egresos del Gobierno del Estado, que deberán regir en el año fiscal inmediato siguiente, o hasta el 20 de diciembre, cuando
inicie su periodo Constitucional el Ejecutivo Federal, y presentar la cuenta pública del año inmediato anterior, a más tardar
el 30 de abril;
...
XX. a LI. ...
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno”
SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno".
TERCERO.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Decreto.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dad o en el Pa lacio del Pod er Legis lativo , e n la ci udad de Tolu ca d e L erdo, cap ital de l Estado de México, a los
treinta y un días del mes de enero del año dos mil diecisiete.- Presidenta.- Dip. Tanya Rellstab Carreto.- Secretario.- Dip.
Gerardo Pliego Santana.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 3 de febrero de 2017.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).

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