DECRETO NÚMERO 157.- ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 129 Y 157; ASÍ COMO DE DEROGA LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 118, DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

Fecha de publicación20 Mayo 2019
Sección
Pág. 10 PERIÓDICO OFICIAL Mayo 20 de 2019
(Primera Sección)
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su
función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 157
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Reforma el Primer Párrafo del Artículo 129 y el Primer Párrafo del Artículo
157; así como se Deroga la Fracción II del Artículo 118, de la Ley de Protección de Datos Personales en
Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios, para quedar en los
siguientes términos:
Artículo 118.- ...
I.- ...
II.- SE DEROGA.
III.- a la IV.- ...
Artículo 129.- El ITEA resolverá el recurso de revisión en un plazo que no podrá exceder de cuarenta
días a partir de que el recurso fue admitido, el cual podrá ampliarse hasta por otros veinte días por una sola
vez.
Artículo 157.- El ITEA deberá emitir, dentro del plazo señalado en el artículo anterior, la resolución
que legalmente proceda, debidamente fundada y motivada, y notificarla al responsable verificado y al
denunciante.
T R A N S I T O R I O
ARTÍCULO ÚNICO. - El presente decreto iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en
el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes”, del Palacio
Legislativo, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.
Lo que tenemos el honor de comunicar a usted, para los efectos Constitucionales conducentes.
Aguascalientes, Ags., a 09 de mayo del año 2019.
A T E N T A M E N T E .
LA MESA DIRECTIVA
MÓNICA JANETH JIMÉNEZ RODRÍGUEZ,
DIPUTADA PRESIDENTE.
MÓNICA BECERRA MORENO,
DIPUTADA PRIMERA SECRETARIA.
ELSA LUCÍA ARMENDÁRIZ SILVA,
DIPUTADA SEGUNDA SECRETARIA.
En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35 y 46 fracción I de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente
Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 17 de mayo
de 2019.- Martín Orozco Sandoval.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Lic. Ricardo Enrique
Morán Faz.- Rúbrica.

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