Decreto número 117.- Por el que se aprueba la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2020.

ALFREDO DEL M AZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes
sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LX” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 117
LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO
FISCAL DEL AÑO 2020
Artículo 1.- La hacienda pública de los municipios del Estado de México, percibirá durante el ejercicio fiscal del año
2020, los ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se enumeran:
1.
IMPUESTOS:
1.1.
Impuestos Sobre los Ingresos.
1.2.
Impuestos Sobre el Patrimonio.
1.2.1.
Predial.
1.2.2.
Sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio
de Inmuebles.
1.2.3.
Sobre Conjuntos Urbanos.
1.3.
Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones.
1.4.
Impuestos al Comercio Exterior.
1.5.
Impuestos Sobre Nóminas y Asimilables.
1.6.
Impuestos Ecológicos.
1.7.
Accesorios de Impuestos.
1.7.1.
Multas.
1.7.2.
Recargos.
1.7.3.
Gastos de Ejecución.
1.7.4.
Indemnización por devolución de cheques.
1.8.
Otros Impuestos.
1.8.1.
Sobre Anuncios Publicitarios.
1.8.2.
Sobre Diversiones, Juegos y Espectáculos Públicos.
1.9.
Impuestos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en
Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago.
2.
CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL:
2.1.
Aportaciones para Fondos de Vivienda.
2.2.
Cuotas para la Seguridad Social.
2.3.
Cuotas de Ahorro para el Retiro.
2.4.
Otras Cuotas y Aportaciones para la Seguridad Social.
2.5.
Accesorios de Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social.
3.
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS:
3.1.
Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas.
3.1.1.
Contribuciones de Mejoras por Obras Públicas.
3.1.1.1.
Para Obras Públicas y Acciones de Beneficio Social.
3.1.1.2.
Para Obras de Impacto Vial.
3.1.1.3.
Por Servicios Ambientales.
3.1.2.
Accesorios de Contribución o Aportación de Mejoras por Obras Públicas.
3.1.2.1.
Multas.
3.1.2.2.
Recargos.
3.1.2.3.
Gastos de Ejecución.
3.1.2.4.
Indemnización por Devolución de Cheques.
3.9.
Contribuciones de Mejoras no Comprendidas en la Ley de Ingr esos Vigente,
Causadas en Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago.
4.
DERECHOS:
4.1.
Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de
Dominio Público.
4.1.1.
Uso de Vías y Áreas Públicas para el Ejercicio de Actividades Comerciales y
de Servicios.
4.1.2.
Estacionamiento en la Vía Pública y de Servicio Público.
4.3.
Derechos por Prestación de Servicios.
4.3.1.
Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Recepción de Caudales de Aguas
Residuales para su Tratamiento.
4.3.2.
Registro Civil.
4.3.3.
Desarrollo Urbano y Obras Públicas.
4.3.4.
Servicios Prestados por Autoridades Fiscales, Administrativas y de Acceso a la
Información Pública.
4.3.5.
Servicios de Rastros.
4.3.6.
Corral de Concejo e Identificación de Señales de Sangre, Tatuajes, Elementos
Electromagnéticos y Fierros para marcar Ganado y Magueyes.
4.3.7.
Servicios de Panteones.
4.3.8.
Expedición o Refrendo Anual de Licencias para la venta de Bebidas
Alcohólicas al Público.
4.3.9.
Servicios prestados por Autoridades de Seguridad Pública.
4.3.10.
Servicios prestados por Autoridades de Catastro.
4.3.11.
Servicios de Alumbrado Público.
4.3.12.
Servicios de Limpieza de Lotes Baldíos, Recolección, Traslado y Disposición
Final de Residuos Sólidos Industriales y Comerciales.
4.4.
Otros Derechos.
4.5.
Accesorios de Derechos.
4.5.1.
Multas.
4.5.2.
Recargos.
4.5.3.
Gastos de Ejecución.
4.5.4.
Indemnización por Devolución de Cheques.
4.9.
Derechos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en
Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago.
4.9.1.
Derechos no Comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, Causados en
Ejercicios Fiscales Anteriores Pendientes de Liquidación o Pago.

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