Decreto Núm. 321.- por El que Se Declara Formalmente Abierto el Primer Período Ordinario de Sesiones, Correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional de La Quincuagésima Novena Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima.

Tomo ESTADO DE Col., sábado 17 de octubre de 2020; Núm. 70, pág. 2985 EL 105, Colima, COLIMA

- 2985 -

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO DECRETO NÚM. 321.- POR EL QUE SE DECLARA FORMALMENTE ABIERTO EL PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, CORRESPONDIENTE AL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed: Que el Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente DECRETO EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 30 DE LA CONSTITUCION POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA Y 6º DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO, EN NOMBRE DEL PUEBLO, HA TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE D E C R E T O D E A P E R T U R A: PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 6º de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y demás relativos del Reglamento de la citada Ley, se declara legal y formalmente abierto el Primer Período Ordinario de Sesiones, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional, de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima. SEGUNDO.- La declaratoria de apertura tuvo lugar en Sesión Pública Solemne número uno, celebrada el día 1° primero de octubre del año 2020 dos mil veinte, fecha en que se inicia el período, para concluir el último día de febrero del año 2021, en los términos previstos por la Constitución local y demás disposiciones reglamentarias. TERCERO.- Previas las formalidades legales, inició sus funciones la Mesa Directiva de la LIX Legislatura Constitucional del Estado, integrada de la siguiente manera: PRESIDENTA: VICEPRESIDENTE: SECRETARIA: SECRETARIA: SUPLENTE: SUPLENTE: DIPUTADA ANA MARÍA SÁNCHEZ LANDA DIPUTADO GUILLERMO TOSCANO REYES DIPUTADA MARÍA GUADALUPE BERVER CORONA DIPUTADA MARTHA ALICIA MEZA OREGÓN DIPUTADA GRETEL CULÍN JAIME DIPUTADO MARÍA ISABEL MARTÍNEZ FLORES

CUARTO.- De acuerdo con lo que establecen los artículos 37, 39 segundo párrafo y 40 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 28 de su Reglamento, la Presidenta y Vicepresidente del Congreso durarán en sus cargos un mes, pudiendo ser reelectos para esos cargos durante el mismo Período Ordinario de Sesiones; las Secretarias y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR