Decreto NO. 569 Es de Aprobarse y Se Aprueba Crear la Ley de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima; Así Mismo, Se Aprueba Reformar y Derogar Diversas Disposiciones de la Ley del Sistema de Asistencia Social para el Estado de COLIMA.

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 26 de Septiembre del año 2015; Núm. 51, pág. 2.

DECRETO No. 569

ES DE APROBARSE Y SE APRUEBA CREAR LA LEY DE LA PROCURADURÍA DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE COLIMA; ASÍ MISMO, SE APRUEBA REFORMAR Y DEROGAR DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL SISTEMA DE ASISTENCIA SOCIAL PARA EL ESTADO DE COLIMA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.- Que mediante oficio No. 4302/015, de fecha 12 de agosto de 2015, los CC. Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria de esa misma fecha, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales y, de Niñez, Juventud, Adultos Mayores y Discapacidad, para efectos de su análisis, estudio y Decreto correspondiente, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto relativa a crear la Ley de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley del Sistema de Asistencia Social para el Estado de Colima, presentada por el Diputado Martín Flores Castañeda y demás Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y de Nueva Alianza de la Presente Legislatura.

SEGUNDO.- Que la iniciativa en sus argumentos principales que la sustentan señala que:

 Como parte del compromiso internacional al suscribir la Convención sobre los Derechos del Niño, México ha recibido observaciones del Comité de los Derechos de la Niñez que forma parte de la ONU, en estas observaciones, el Comité mostró aspectos de preocupación relevantes, como la ausencia de una instancia rectora y coordinadora de las políticas de las niñas, niños y adolescentes en el país. El 29 de mayo del año 2000, se publicó la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que reglamenta el Artículo 4° constitucional, sin embargo, por tratarse de un sistema federal dicha Ley no pudo establecer la concurrencia de competencias entre los Estados y la Federación en materia de niñas, niños y adolescentes, careciendo con esto de instrumentos para su aplicación.

 De estas observaciones que realizo el Comité de los Derechos de la Niñez, así como de diferentes organismos no gubernamentales que trabajan en favor de las niñas, niños y adolescentes, fue que el 12 de octubre del año 2011 fue publicada la reforma al artículo 73 constitucional, por la cual se adicionó la fracción XXIX-P, habilitando al Congreso de la Unión para expedir leyes que establecierán la concurrencia de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, dirigida a velar en todo momento por el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, apegado a lo establecido por los tratados internacionales en la materia de los que México es parte.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

 Dándole continuidad a estas acciones del gobierno federal, fue que el 04 de diciembre del año 2014, fue promulgada la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes abrogando a su paso, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, integrando en su texto contribuciones de la sociedad civil, organismos de la ONU, en particular UNICEF, y ambas cámaras del Poder Legislativo, y ahora sí, estableciendo las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre la Federación, entidades federativas, municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; así como la actuación de los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos constitucionales autónomos, fijando además las bases generales para la participación de los sectores privado y social en las acciones tendentes a garantizar la protección y el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, con claros objetivos como:

 1.- Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos;

 2.- Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos humanos;

 3.- Crear y regular el Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como los sistemas estatales;

 4.- Fijar los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en la materia;

 5.- Establecer las bases generales para la participación de los sectores privado y social en las acciones tendentes a garantizar la protección y el ejercicio de sus derechos.

 Asimismo esta Ley creó un mecanismo que hoy en día es esencial para la promoción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en México, el Sistema Nacional de Protección Integral, que es la instancia encargada de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; además, conminó a las entidades federativas para legislar en la materia en un plazo no mayor a 180 días naturales, exhorto que esta LVII Legislatura del Estado de Colima atendió con oportunidad al aprobar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima; mediante el Decreto 489, publicado en el Periódico Oficial El Estado de Colima de fecha 18 de abril de 2015, con la intención de poner en marcha las políticas en materia de protección a los derechos de niñas, niños y adolescentes llevadas por el gobierno federal, para así favorecer este sector colimense.

 Ahora bien, la presente iniciativa surge en función a las acciones y políticas mencionadas en los párrafos que anteceden, toda vez que dentro de estas reformas estructurales, se instruyó a las entidades federativas a crear una Procuraduría de Protección que forme parte de la estructura del Sistema Nacional, cuyas funciones serán la de proteger y restituir íntegramente los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como brindarles asesoría y representación cuando se vean involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, además de fungir como conciliador y mediador en casos de conflicto familiar y verificar el correcto funcionamiento de los centros de asistencia social, de ello, resulta necesario crear una ley estatal que permita darle funcionalidad y sustento legal a las facultades y atribuciones de tal Procuraduría, en primer término, para cumplimentar con el mandato de la Ley General, y en segundo, para que el Estado a través de tal Procuraduría pueda garantizar, tutelar y restituir los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

 No obstante, la aprobación de la ley que se plasma y propone en este documento, no es suficiente para alcanzar los objetivos mencionados, dado que para su funcionalidad implica necesariamente reformas transversales que permitan la unificación de la legislación estatal en la materia, por ello es, que además se proponen reformas a la Ley del Sistema de Asistencia Social para el Estado de Colima, para articular todas las acciones a favor de los derechos de la infancia y adolescencia, y que estos así como sus familias se vean favorecidos y puedan acceder a un mejor nivel de vida.

 Por último, la aprobación de la presente iniciativa constituirá un importante avance en el marco legislativo estatal en materia de protección a los derechos de grupos vulnerables como lo son las niñas, niños y adolescentes, refrendando nuestro compromiso con el pueblo colimense y con el gobierno federal.

TERCERO.- Que después del estudio y análisis de la iniciativa descrita en los considerandos anteriores, esta Comisión dictaminadora la considera procedente ya que viene a homologar el marco jurídico del Estado con relación a la reciente Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima.

Así como lo indican los iniciadores, esta Legislatura en el mes de abril del año en curso, tuvo a bien expedir la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, misma que surgió con motivo de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre del año 2014.

En dichos ordenamientos se busca una protección más integral y garantista a favor de niñas, niños y adolescentes, mediante la implementación de una política integral y homogénea a nivel nacional, con la participación de las autoridades de las 32 entidades federativas.

En el caso de Colima, ya hemos avanzado con la aprobación de la nueva Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, por lo que ahora resulta necesario, como lo indican los iniciadores, continuar con las reformas transversales que se requieren implementar en la legislación estatal a efecto de poder cumplir con los objetivos planteados en la Ley General.

Ante ello, para los integrantes de las Comisiones dictaminadores, resulta importante que el marco jurídico del Estado se actualice en función de las disposiciones generales vigentes a nivel nacional, para hacer efectiva la debida tutela de derechos de niñas, niños y adolescentes.

Respecto...

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