Decreto NO. 484 por el Que Se Aprueba Reformar, Derogar y Adicionar Diversos Artículos a la Ley de Salud del Estado de Colima, en Materia de Salud MENTAL.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 12 de Mayo del año 2018; Núm. 33 pág. 1256

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 484

POR EL QUE SE APRUEBA REFORMAR, DEROGAR Y ADICIONAR DIVERSOS ARTÍCULOS A LA LEY DE SALUD DEL ESTADO DE COLIMA, EN MATERIA DE SALUD MENTAL.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN I Y IV Y, 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL SIGUIENTE DECRETO, CON BASE EN LOS SIGUIENTES,

ANTECEDENTES

  1. - El Diputado Federico Rangel Lozano y demás integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésima Octava Legislatura, con fecha 14 de enero de 2016, presentaron ante este Poder Legislativo, la iniciativa de ley con proyecto de Decreto, relativa a derogar los artículos 20 BIS 4 , 20 BIS 5, 20 BIS 6, 20 BIS 7, 20 BIS 8 y 20 BIS 9; así mismo adicionar el Capítulo IV , denominado "DE LA SALUD MENTAL", integrado por los artículos 20 BIS 28, 20 BIS 29, 20 BIS 30, 20 BIS 31, 20 BIS 32, 20 BIS 33, 20 BIS 34, 20 BIS 35, 20 BIS 36 y 20 BIS 37, al TÍTULO SEGUNDO, todos de la Ley de Salud del Estado de Colima.

    Mediante oficio número DPL/543/016 de fecha 14 de enero de 2016, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Salud y Bienestar Social, la iniciativa señalada en el punto anterior, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  2. - La Diputada Adriana Lucía Mesina Tena, actualmente integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésima Octava Legislatura, presentó ante este Poder Legislativo, la iniciativa de ley con Proyecto de Decreto, relativa a expedir la Ley de Salud Mental del Estado de Colima.

    Mediante oficio número DPL/349/016 de fecha 21 de abril de 2016, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, turnaron a las Comisiones de Salud y Bienestar Social; y de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la iniciativa señalada en el punto anterior, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

    A N Á L I S I S D E L AS I N I C I A T I V A S

    I.- La iniciativa presentada por el Diputado Federico Rangel Lozano y demás diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en su exposición de motivos, señalan textualmente lo siguiente:

    "Ley de Salud del Estado de Colima es el ordenamiento a través del cual se regulan las bases para el acceso a los servicios de salud en general, así como las atribuciones concurrentes en la materia, con la federación y los municipios.

    La salud mental es un fenómeno complejo determinado por múltiples factores sociales, ambientales, biológicos y psicológicos, e incluye padecimientos como la depresión, la ansiedad, la epilepsia, las demencias, la esquizofrenia, y los trastornos del desarrollo en la infancia, algunos de los cuales se han agravado en los últimos tiempos.

    En este sentido, lograr que la población conserve la salud mental, además de la salud física, depende, en gran parte, de la realización exitosa de acciones de salud pública, para prevenir, tratar y rehabilitar.

    Otro aspecto inherente a la política social, es que la salud mental se relaciona al igual que la salud física, con la pobreza, en donde la incidencia de estos padecimientos exige de los afectados mayor proporción de los pocos ingresos que generan, además de lo incapacitantes que resultan, que como consecuencia disminuyen o frenan el potencial de desarrollo de las personas y por tanto de los núcleos familiares.

    Sobre el tema de la salud mental, la Quincuagésima Séptima Legislatura llevó a cabo reformas a la Ley de Salud del Estado, mediante Decreto 510, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", de fecha 12 de mayo de 2012, con el fin de regular lo relativo a la salud mental, sin embargo, consideramos que la reforma no es suficiente de acuerdo a la realidad actual, por lo que los iniciadores consideramos oportuno proponer algunos ajustes al cuerpo normativo, siendo que la misma carece de técnica legislativa, además de que ante las necesidades actuales es necesario realizar algunos ajustes normativos sobre salud mental.

    Es importante destacar que en el artículo , fracción lV, inciso c), de la Ley de Salud se establece que dentro de la educación por la salud estará la relativa a la salud mental, mediante acciones de orientación y capacitación a la población en general.

    Asimismo, el artículo 50 establece que estará a cargo de la Secretaría de Salud organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud mental.

    Bajo estas directrices, encontramos fundamento para regular dentro del cuerpo de la Ley de Salud mediante la adición de un capítulo cuarto al Título Tercero, para contener en este de manera especial lo relativo al tema de la salud mental, siendo que ésta ha venido tomando gran presencia en la actualidad por los diversos factores que la originan.

    La salud mental se ha posicionado como el origen de diversas enfermedades, he ahí la necesidad de contar con una legislación lo más funcional posible, a efecto de que la autoridad encargada de la salud pueda implementar las acciones necesarias y atender sus causas y efectos".

    II.- La iniciativa presentada por la Diputada Adriana Lucía Mesina Tena, actualmente integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en su exposición de motivos, señala textualmente lo siguiente:

    "En nuestra Entidad se debe reconocer a la Salud Mental como un derecho humano primordial, por lo que los legisladores debemos crear e implementar políticas, planes y programas en la materia que beneficien a este grupo en especial permitiendo mejorar la vida y bienestar mental de los habitantes de la sociedad colimense.

    El tema de Salud mental en el Estado, comprende una amplia escala de actividades relacionadas con el derecho a la salud; la Organización Mundial de la Salud define la Salud Mental como un estado de completo bienestar físico, mental, social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

    En la mayoría de los países, sobre todo en los de ingresos bajos y medios, los servicios de salud mental presentan una grave escasez de recursos tanto humanos, como económicos.

    La mayoría de los recursos de atención sanitaria disponibles se destinan actualmente a la atención y el tratamiento especializado de los enfermos mentales, y en menor medida a un sistema integrado de salud mental.

    Consideramos que en lugar de proporcionar atención en grandes hospitales psiquiátricos, los países deberían integrar la salud mental en la asistencia primaria, ofrecer atención de salud mental en los hospitales generales y crear servicios comunitarios de salud mental.

    Otra problemática en cuanto la atención médica en el rubro de la salud mental, es lo reducido de los fondos disponibles para la promoción de la salud mental, expresión amplia que abarca toda una serie de estrategias destinadas a lograr resultados positivos en la materia. El desarrollo de los recursos y las capacidades de la persona y la mejora de la situación socioeconómica figuran entre los objetivos de esas estrategias.

    La promoción de la salud mental requiere que se adopten medidas multisectoriales, en las que participen diversos sectores del gobierno y organizaciones no gubernamentales o comunitarias. El principal fin ha de ser promover la salud mental durante todo el ciclo vital, para garantizar a los niños y niñas un inicio saludable en la vida y evitar trastornos mentales en la edad adulta y la vejez.

    Como antecedente de esta temática, cabe señalar que la Quincuagésima Sexta Legislatura, emitió el decreto 510, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" de fecha 12 de mayo de 2012, con el objeto de establecer en la Ley de Salud del Estado lo referente al tema de Salud Mental; sin embargo el día 4 de febrero del año en curso se celebró una reunión de trabajo, donde estuvieron presentes el Doctor José Fernando Rivas, ex Secretario de Salud del Estado; el Doctor Ricardo Vázquez, Director del Hospital Psiquiátrico de Ixtlahuacán; Patricia Moreno Peña, Presidenta del Centro de Orientación Mental y su equipo de trabajo, así como los integrantes de la Comisión de Salud y Bienestar Social que Presido; la Diputada Martha Leticia Sosa Govea y el Diputado José Guadalupe Benavides Froylan; en esta reunión se abordó el tema de Salud Mental, escuchando diversas opiniones de especialistas en la materia, se subrayó que en el Pabellón Psiquiátrico de Ixtlahuacán dependiente de la Secretaria de Salud, se atienden a miles de personas con padecimientos emocionales o psiquiátricos, y que actualmente se encuentran internadas 43 personas que padecen algún trastorno mental, entre las mismas se destaca que 16 de esas personas están internadas por padecer esquizofrenia, Trastorno Bipolar y problemas graves de drogadicción.

    Por consiguiente, se arribó a la conclusión que la Secretaría de Salud en el Estado, brinda precariamente este servicio de salud mental, por lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR