Decreto NO. 446 por el Que Se Aprueba la Desincorporación de Cinco Predios del Patrimonio Inmobiliario del Gobierno del Estado, y Su Consecuente Enajenación a Título Gratuito a Favor de la Secretaría de la Defensa NACIONAL.

Tomo 103, Colima, Col., Lunes 12 de Febrero del año 2018; Núm. 09 pág. 418

GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 446

POR EL QUE SE APRUEBA LA DESINCORPORACIÓN DE CINCO PREDIOS DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO, Y SU CONSECUENTE ENAJENACIÓN A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 34 FRACCIÓN X Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL SIGUIENTE DECRETO, CON BASE EN LOS SIGUIENTES,

A N T E C E D E N T E S

  1. - Mediante oficio número SGG 033/2018, con fecha 02 de febrero de 2018, suscrito por el C. Arnoldo Ochoa González, Secretario General de Gobierno, se presentó ante este Poder Legislativo, la Iniciativa con Proyecto de Decreto relativa a la desincorporación del patrimonio inmobiliario del Gobierno del Estado, de las parcelas 332 Z-1 P3/3, 333 Z-1 P3/ 3, 334 Z-1 P3/3, 337 Z-1 P3/3 y 338 Z-1 P3/3, del Ejido Piscila, autorizando al Titular del Poder Ejecutivo del Estado a que enajene a título gratuito a favor de la Secretaría de la Defensa Nacional, con la finalidad de reubicar la 20/a Zona

    Militar.

  2. - Mediante oficio número DPL/1824/017, de fecha 07 de febrero de 2018, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, turnaron a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos y de Planeación del Desarrollo Urbano y Vivienda, la iniciativa ya descrita, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - Es por ello que las Comisiones que suscribimos el presente dictamen, procedemos a realizar el siguiente:

    A N Á L I S I S D E L A I N I C I A T I V A

    I.- La iniciativa presentada por el Titular del Ejecutivo del Estado, dentro de su exposición de motivos, señala lo siguiente:

    "PRIMERO.-Con fecha 19 de octubre de 2017, el Comandante de la 20/a. Zona Militar, Gral. Bgda D.E.M Celestino Ávila Astudillo, solicitó el apoyo para que Gobierno del Estado adquiriera y enajenara gratuitamente a la SEDENA los inmuebles que se describen a continuación:

    Parcela 332 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila ubicado en la Municipalidad de Colima, Colima, con superficie de 32-76-31.770 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 1122.100 m., con parcelas 326, 330 y 328; al Sureste, en 366.220 m., en línea quebrada con parcela 333; al Sur, en 984.740 m., en línea quebrada con parcelas 334, 338 y brecha; al Suroeste, en 402.060 m., con parcela 344 y al Noroeste, 1169.170 m., en línea quebrada con carretera federal, brecha y parcela 331.

    Parcela 333 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila, del Municipio de Colima, Colima, con superficie de 5-12-09.060 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 4.730 m., con Parcela 328; 142.81 m., con parcela 335; al Sureste 137.770 m., en línea quebrada con Parcela 335; al Suroeste, en 270.100 m., en línea quebrada con parcela 337 y al Noroeste, en 366.220 m., en línea quebrada con parcela 332.

    Parcela 334 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila, del Municipio de Colima, Colima, con superficie de 4-17-47.840 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 264.280 m., con Parcela 332; al Este, en 133.850 m., con parcela 337; al Sureste, en 54.950 m., con parcela 341; al Suroeste, en 284.040 m., en línea quebrada con parcela 338 y al Noroeste, en 147.870 m., con parcela 332.

    Parcela 337 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila, del Municipio de Colima, Colima, con superficie de 4-38-27.780 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 222.360 m., con parcela 333; al Sureste, en 283.920 m., en línea quebrada con Parcelas 335 y 342; al Suroeste, en 209.090 m., con parcela 341 y al Noroeste, en 133.840 m., con parcela 334; 47.74 m., en línea quebrada con parcela 333.

    Parcela 338 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila, del Municipio de Colima, Colima, con superficie de 16-27-18.100 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 284.030 m., en línea quebrada con parcela 334; al Sureste, en 184.680 m., con parcela 341; 209.17 m., con parcela 348; al Suroeste, en 575.720 m., en línea quebrada con parcela 344; al Noroeste, en 285.460 m., con parcela 332; 291.08 m., en línea quebrada con brecha y Parcela 332 metros en línea quebrada con brecha y Parcela 332.

    La solicitud hecha por el Comandante de la 20/a. Zona Militar, deviene de la implementación que hizo que la Secretaría de la Defensa Nacional, para retirar los cuarteles que están dentro de las manchas urbanas hacia lugares más propicios para la actividad militar, lo que justifica la necesidad de contar con un campo fuera de la mancha urbana, que facilite y optimice la actividad militar en esta Entidad.

    SEGUNDO.- En consecuencia, el Director General de Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 11 párrafo 1, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaria General de Gobierno, procedió a integrar el expediente respectivo, y mediante oficio No. DGG 52/2018, solicitó al Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, informara la viabilidad de la petición que hiciera la Secretaría de la Defensa Nacional, y en su caso, remitiera ficha técnica y cédula de registro del inmueble, donde se advirtiera la superficie con medidas, linderos y colindancias, a fin de estar en condiciones de integrar el expediente respectivo y emitir una respuesta.

    De la misma forma, el Director General de Gobierno, mediante oficio No. DGG53/2018, solicitó al Director General del Instituto para el Registro del Territorio del Estado, copia certificada de la Escritura Pública que ampara la propiedad de los inmuebles solicitados en enajenación gratuita por la Secretaría de la Defensa Nacional, al cual, la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, dio respuesta anexando copias certificadas del documento solicitado, consistente en Primer Testimonio de la escritura pública número 17,496 otorgada en la ciudad de Colima, Colima, el 23 de enero de 2018, ante la fe del Licenciado Ramón Pérez Díaz, Titular de la Notaría Pública número 1 de la Demarcación Colima, inscrita en el Registro Público de la Propiedad en los folios reales números 318090-1, 318093-1, 318126-1, 318114-1, 318089-1, en la cual se hace constar la compraventa que realiza Gobierno del Estado de Colima, de los inmuebles siguientes:

    Parcela 332 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila ubicado en la Municipalidad de Colima, Colima, con superficie de 32-76-31.770 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 1122.100 m., con parcelas 326, 330 y 328; al Sureste, en 366.220 m., en línea quebrada con parcela 333; al Sur, en 984.740 m., en línea quebrada con parcelas 334, 338 y brecha; al Suroeste, en 402.060 m., con parcela 344 y al Noroeste, 1169.170 m., en línea quebrada con carretera federal, brecha y parcela 331.

    Parcela 333 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila, del Municipio de Colima, Colima, con superficie de 5-12-09.060 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 4.730 m., con Parcela 328; 142.81 m., con parcela 335; al Sureste 137.770 m., en línea quebrada con Parcela 335; al Suroeste, en 270.100 m., en línea quebrada con parcela 337 y al Noroeste, en 366.220 m., en línea quebrada con parcela 332.

    Parcela 334 Z-1 P3/3 del Ejido Piscila, del Municipio de Colima, Colima, con superficie de 4-17-47.840 hectáreas y las siguientes medidas y colindancias: Al Noreste, en 264.280 m., con Parcela 332; al Este, en 133.850 m., con parcela 337; al Sureste, en 54.950 m., con parcela 341; al Suroeste, en...

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