Decreto NO. 435 por el Que Se Aprueban 9 Pensiones por Viudez y Orfandad a Diversos Trabajadores del ESTADO.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 17 de Marzo del año 2018; Núm. 20 pág. 17

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 435

POR EL QUE SE APRUEBAN 9 PENSIONES POR VIUDEZ Y ORFANDAD A DIVERSOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

DECRETO

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

A N T E C E D E N T E S

  1. - Mediante oficio número SGG-ARG 324/2017 de fecha 22 de noviembre de 2017, la Secretaría General de Gobierno remitió cincuenta iniciativas del Poder Ejecutivo Estatal, el cual contiene nueve solicitudes de pensiones por Orfandad y Viudez a favor de los CC. Nora Cecilia Martínez Medina y el menor de edad Julio Cesar Martínez Cataño, el menor de edad Carlos Enrique López Jacobo, Araceli Pedraza Cortés, Jennifer Estefanía Álvarez Pedraza y Aníbal Eduardo Álvarez Pedraza y a los menores de edad Auldrey Araceli Álvarez Pedraza, Dayana Lizbeth Álvarez Ramos y Licy Alejandra Álvarez Ramos, Dalia Iliana García Palacios, María Filiberta Huerta Cortes, Ma de la Luz Ruiz Cárdenas, María Teresa Aguirre Borja, Ma. Rosa Elena Alcaraz Solís y Teresa Ortiz Méndez.

  2. - Mediante oficio con número DPL/1723/017 con fecha 28 de noviembre de 2017, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, turnaron a esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, las iniciativas ya descritas en el párrafo que antecede, para efecto de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - El Director General de Capital Humano de la Secretaría de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, con fundamento en el artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, mediante oficios DGCH/2276/2017, de fecha 12 de septiembre del 2017, DGCH/2450/2017, de fecha 26 de septiembre del 2017, No. 1682/2017, de fecha 30 de junio del 2017, DGCH/1724/ 2017, de fecha 07 de julio de 2017, DGCH/1830/2017, de fecha 14 de julio del 2017, DGCH/2227/2017, de fecha 08 de septiembre del 2017, DGCH/2238/2017, de fecha 08 de septiembre del 2017, DGCH/2240/2017, de fecha 14 de septiembre del 2017 y DGCH/2415/2017, de fecha 21 de septiembre del 2017, solicitaron al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, la iniciación del trámite para autorizar pensiones por Orfandad y Viudez a favor de los CC. Nora Cecilia Martínez Medina y el menor de edad Julio Cesar Martínez Cataño, el menor de edad Carlos Enrique López Jacobo, Araceli Pedraza Cortés, Jennifer Estefanía Álvarez Pedraza y Aníbal Eduardo Álvarez Pedraza y a los menores de edad Auldrey Araceli Álvarez Pedraza, Dayana Lizbeth Álvarez Ramos y Licy Alejandra Álvarez Ramos, Dalia Iliana García Palacios, María Filiberta Huerta Cortes, Ma de la Luz Ruiz Cárdenas, María Teresa Aguirre Borja, Ma. Rosa Elena Alcaraz Solís y Teresa Ortiz Méndez, respectivamente.

Por lo antes expuesto, los diputados que integramos la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, procedimos a realizar el siguiente:

A N Á L I S I S D E L A S I N I C I A T I V A S

I. Las iniciativas presentadas por el Titular del Poder Ejecutivo, en sus exposiciones de motivos que las sustentan, argumentan sustancialmente lo siguiente:

I.- Que el señor Esteban Martínez Basilio, falleció el día 03 de junio del 2013, según consta en la certificación de defunción del acta No. 86, expedida por el C. Oficial No. 1 del Registro Civil de Villa de Álvarez, Colima, el día 04 de junio del 2013, quien a la fecha de su muerte se encontraba adscrito a la Nómina de Jubilados y Pensionados de Burocracia, según informa el Director General de Capital Humano, de la Secretaría de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, mediante el oficio que se menciona en el punto que antecede de esta iniciativa.

El señor Esteban Martínez Basilio procreó a Nora Cecilia Martínez Medina, quien nació el día 05 de noviembre de 1967, según consta en la certificación del acta de nacimiento No. 2198, expedida por la Oficial 01 del Registro

Civil de Colima, Colima, el 24 de abril del 2017, contando a la fecha con la edad de 49 años, quien actualmente se encuentra en estado de Interdicción, lo que se documenta con las copias certificadas de la sentencia de la Jurisdicción Voluntaria, promovida por su hermana Lidia Dolores Martínez Medina, de fecha 04 de abril del 2017, radicada bajo el expediente número 16-643-114F, certificada por el Secretario de Acuerdos del Juzgado de Primera Instancia Segundo Familiar de Colima, Colima, el 06 de junio del 2017, designándose como su Tutriz Definitiva a la C. Lidia Dolores Martínez Medina en su carácter de hermana y como Curadora Definitiva a la C. Irma Leticia Martínez Medina.

  1. Que además de la antes nombrada, el señor Esteban Martínez Basilio procreó al menor de edad Julio Cesar Martínez Cataño, quien nació el día 12 de enero del 2002, según consta en la certificación de nacimiento del acta No. 765, expedida por la C. Oficial No. 1 del Registro Civil de Villa de Álvarez, Colima, el 09 de agosto del 2017, contando a la fecha con la edad de 15 años, quien actualmente se encuentra inscrito en el Instituto Estatal de Educación para Adultos, como se acredita con la constancia de estudios fecha 04 de septiembre del 2017 expedida por el Coordinador de Zona IV, de Villa de Álvarez, Colima.

    II.- Que la señora Angélica María Jacobo Castillo, falleció el día 15 de agosto del 2017, según consta en la certificación de defunción del acta No. 491, expedida por el Director del Registro Civil del Estado de Colima, el día 20 de agosto del 2017, quien a la fecha de su muerte se encontraba adscrita a la Nómina de Jubilados y Pensionados de Burocracia, según informa el Director General de Capital Humano, de la Secretaría de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, mediante el oficio que se menciona en el punto que antecede de esta iniciativa.

    La señora Angélica María Jacobo Castillo, procreo únicamente al menor de edad Carlos Enrique López Jacobo, quien nació el día 21 de febrero del 2002, como se acredita con la certificación del acta de nacimiento No. 357, correspondiente al mismo año, expedida por el C. Oficial No. 1 del Registro Civil de Villa de Álvarez, Colima, el día 14 de marzo del 2002, acreditando tener a la fecha una edad de 15 años, así como la constancia de fecha 24 de agosto del 2017, expedida por el Director del Registro Civil del Estado.

  2. El...

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