Decreto NO. 32 por el Que Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Manzanillo, para el Ejercicio Fiscal 2016.

Fecha de disposición29 Diciembre 2015
Fecha de publicación29 Diciembre 2015
SecciónSección General
Número de Gaceta71

Tomo 100, Colima, Col., Martes 29 de Diciembre del año 2015; Núm. 71, pág. 2664. DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 32

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MANZANILLO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.

LIC. RAMÓN PÉREZ DÍAZ, Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y ;

C O N S I D E R A N D O :

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de Manzanillo con oficio SHA/008/2015 del 12 de noviembre de 2015, remitió a esta Soberanía su iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2016. Aprobada por el H. Cabildo Municipal en la Sesión Ordinaria No. 03, del 12 de noviembre de 2015. En cumplimiento a las disposiciones de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.- El H. Congreso del Estado con oficio 350/015 del 18 de noviembre del 2015, turnó la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Manzanillo para el Ejercicio Fiscal 2016, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos; para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

TERCERO.- La iniciativa, materia de este Decreto, en la exposición de motivos que la sustenta, en lo conducente al tema en estudio, señala lo siguiente:

"TERCERO.- La presente iniciativa de Ley de Ingresos, contiene la proyección de recursos que percibirá el municipio de Manzanillo Colima, durante la vigencia de la Ley, recursos que deberán ser proporcionales al gasto público que será autorizado por el Cabildo en ejercicio de sus atribuciones mediante la aprobación del presupuesto de egresos. Su monto total será de $747'554,048.99 (SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES, QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.) y se integra de tres grandes grupos: a) los Ingresos de Gestión, b) las Participaciones, Aportaciones, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas y c) los Ingresos extraordinarios por Financiamientos. Dentro del primer gran grupo se contemplaron los siguientes rubros: impuestos, derechos, productos y aprovechamientos. Dentro del segundo gran grupo las participaciones y fondos de aportaciones federales e ingresos extraordinarios, los cuales se determinaron de la forma siguiente:

INGRESOS DE GESTIÓN:

En materia de ingresos de gestión, que se constituyen de los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos municipales, se determinó aplicar una tasa de crecimiento del 4.5% en relación a las estimaciones similares a los ingresos obtenidos en el presente año, toda vez que las tasas, cuotas y tarifas de la Ley de Hacienda para el Municipio de Manzanillo Colima, se encuentran establecidas en unidades de salario mínimo. Sin embargo, algunos conceptos de ingresos se tomaron como base para su presupuestación, su comportamiento particular en el Ejercicio 2015.

PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS.

Para el ingreso esperado por las participaciones federales y las aportaciones, para los fondos del Ramo 33, se consideraron como estimación inicial los montos calculados y proporcionados por el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado de Colima, y proporcionados por el Instituto Técnico Hacendario del Estado de Colima mediante correo electrónico, de fecha 26 de octubre de 2015, mismas que espera recibir el Municipio de Manzanillo para el ejercicio 2016.

En el renglón de convenios de Programas Federales para obras y servicios de beneficio social a cargo del municipio, se incluyen la cantidad de $10,900,000.00 (diez millones novecientos mil pesos 00/100 M.N.) que se recibirán del Gobierno Federal para los programas SUBSEMUN, Fondo de Zona Federal y Convenio de Multas Federales No Fiscales.

En el caso de la participación aduanal del 0.136% de la recaudación federal participable que le corresponde al Municipio de Manzanillo se proyectó con un incremento del 4.5% sobre la...

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