Decreto NO. 29 por el Que Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Coquimatlán, para el Ejercicio Fiscal 2016.

Fecha de disposición29 Diciembre 2015
Fecha de publicación29 Diciembre 2015
SecciónSección General
Número de Gaceta71

Tomo 100, Colima, Col., Martes 29 de Diciembre del año 2015; Núm. 71, pág. 2644.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 29

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.

LIC. RAMÓN PÉREZ DÍAZ, Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y ;

C O N S I D E R A N D O :

PRIMERO.- El H. Ayuntamiento de Coquimatlán con oficio 214/2015 recibido el 13 de noviembre de 2015, remitió a esta Soberanía su iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2016. Aprobada por el H. Cabildo Municipal, en Sesión Extraordinaria 4, del 13 de noviembre de 2015. En cumplimiento a las disposiciones de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.- El H. Congreso del Estado con oficio 350/015 del 18 de noviembre del 2015, turnó la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Coquimatlán para el ejercicio fiscal 2016, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos; para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

TERCERO.- El apartado considerativo que sustenta el proyecto de la iniciativa, materia de este Decreto, en lo conducente al tema de estudio señala lo siguiente:

"En materia de ingresos propios, establecidos en la Ley de Hacienda del Municipio de Coquimatlán, Colima, se determinó que se aplicara incremento del 4 % de inflación que se ha presentado en el país.

En lo referente a los ingresos por participaciones que el municipio recibirá de la Federación, se consideró las estimaciones proporcionadas por el Instituto Tecnológico Hacendario del Estado de Colima y que espera recibir el Municipio de Coquimatlán, Colima por el Ejercicio Fiscal, ya que los Fondos Establecidos en la Ley de la materia se calculan sobre la recaudación estimada y no la real.

En cuanto a las Aportaciones del Ramo III y IV que comprenden el FAISM Y el FORTAMUN se considera las estimaciones proporcionadas por el Instituto Técnico Hacendario del Estado de Colima..."

CUARTO.- La Ley de Ingresos del Municipio de Coquimatlán para el ejercicio fiscal 2016, tiene por objeto establecer los recursos financieros que ingresarán, en ese año, a la hacienda pública municipal, por los

conceptos de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos de tipo corriente, aprovechamientos de tipo corriente, participaciones federales y aportaciones federales, recursos transferidos, recursos convenidos e ingresos extraordinarios. La Ley de Coordinación Fiscal, la Ley de Hacienda para el Municipio de Coquimatlán y el Código Fiscal Municipal, regulan estos ingresos y determinan los elementos constitutivos de las contribuciones: objeto, sujeto, base, cuota, tarifa, fecha y lugar de pago; las exenciones, descuentos, así como los medios coercitivos de la autoridad municipal y los medios de defensa de los contribuyentes.

De ser aprobado el dictamen que contiene la presente Ley de Ingresos, entrará en vigor a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2016; prorrogándose su vigencia, sólo en los casos previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y en la Ley del Municipio Libre del Estado...

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