Decreto NO. 238 por el Que Se Otorgan 15 Pensiones por Vejez a Diversos Trabajadores del ESTADO.

Tomo 102, Colima, Col., Miércoles 01 de Marzo del año 2017; Núm. 16, pág. 2.

DECRETO No. 238 POR EL QUE SE OTORGAN 15 PENSIONES POR VEJEZ A DIVERSOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO,

A N T E C E D E N T E

  1. -Que mediante oficio número SGG-ARG-350/2016 de fecha 02 de diciembre de 2016 la Secretaría General de Gobierno remitió siete iniciativas del Poder Ejecutivo Estatal en las que contienen solicitudes de pensión por vejez a favor de los CC. Lilia Yazmín Fuerte Estrada, Jorge Aguirre Márquez, Héctor Ramos Castañeda, José Luevanos Ávila, José Belisario Arráyales López, Adolfo Preciado Ramírez y Consuelo García Ponce.

    De igual formala Secretaría General de Gobierno remitió mediante oficio número SGG-ARG-352/2016 de fecha 07 de diciembre de 2016 ocho iniciativas del Poder Ejecutivo Estatal en las que contienen diversas solicitudes de pensión por vejez a favor de los CC. Ramón Elizondo Belasco, María Estela Pérez López, José Manuel Barajas Cárdenas, Gilberto Pérez Verduzco, Agustín Aguilar Ramírez, Carlos Rogelio Tinoco Cordero, Jesús Eduardo González Sautto, y Abigail Mayolo Gallegos Torres.

  2. -Que mediante oficios número DPL/840/016 de fecha 08 de diciembre de 2016 y DPL/862/016 de fecha 14 de diciembre de 2016, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, turnaron a esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, las iniciativas ya descritas en los párrafos que anteceden, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - Que el Director General de Capital Humano, de la Secretaría de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, con fundamento en el artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, mediante oficios números DGCH/1015/2016, de fecha 03 de junio de 2016; DGCH/1314/2016, de fecha 03 de agosto de 2016;DGCH/1335/2016, de fecha 16 de agosto de 2016;DGCH/0970/2016, de fecha 31 de mayo de 2016;DGCH/1029/2016, de fecha 08 de junio de 2016; DGCH/1009/2016, de fecha 06 de julio de 2016; DGCH/1205/2016, de fecha 13 de julio de 2016; DGCH/1534/2016, de fecha 23 de septiembre de 2016; DGCH/1586/2016, de fecha 29 de septiembre de 2016;DGCH/1549/2016, de fecha 27 de septiembre de 2016; DGCH/1620/2016, de fecha 04 de octubre de 2016; DGCH/1646/2016, de fecha 07 de octubre de 2016; DGCH/1359/2016, de fecha 31 de agosto de 2016; DGCH/1390/2016, de fecha 31 de agosto de 2016; DGCH/1645/2016, de fecha 05 de octubre de 2016,solicitaron al Titular del Poder Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar pensiones por invalidez a favor de los CC. Lilia Yazmín Fuerte Estrada, Jorge Aguirre Márquez, Héctor Ramos Castañeda, José Luevanos Ávila, José Belisario Arráyales López, Adolfo Preciado Ramírez,

    DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

    Consuelo García Ponce, Ramón Elizondo Belasco, María Estela Pérez López, José Manuel Barajas Cárdenas, Gilberto Pérez Verduzco, Agustín Aguilar Ramírez, Carlos Rogelio Tinoco Cordero, Jesús Eduardo González Sautto y Abigail Mayolo Gallegos Torres.

  4. - La Comisión que dictamina procede a realizar el siguiente:

    A N Á L I S I S D E L A I N I C I A T I V A

    I.- Que las iniciativas presentadas por el Titular del Poder Ejecutivo en la exposición de motivos que la sustenta, argumentan:

    1. Que la C. Lilia Yazmín Fuerte Estrada, nació el día 19 de febrero de 1956, según consta en la certificación del acta de nacimiento No. 386, correspondiente al mismo año, expedida por el C. Juez de la Oficina Central del Registro Civil del Distrito Federal, el día 07 de abril de 2016, acreditando una edad de 60 años, contando con una antigüedad acumulada de 26 años y 5 meses de servicio, de acuerdo con la constancia expedida por el Director General de Capital Humano, de la Secretaría de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

      Actualmente se encuentra adscrita al Despacho del C. Secretario de Cultura, dependiente de la Secretaría de Cultura, con la categoría de Jefe "B", plaza sindicalizada.

    2. Que el C. Jorge Aguirre Márquez, nació el día 24 de abril de 1955 según consta en la certificación del acta de nacimiento No. 104, correspondiente al mismo año, expedida por el C. Oficial 01 del Registro Civil de Cuauhtémoc, Colima, el día 02 de marzo de 2000, acreditando una edad de 61 años, contando con una antigüedad de 26 años de servicio, de acuerdo con la constancia expedida por el Director General del lnstituto Colimense del Deporte, a los dos días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.

      Actualmente se encuentra adscrito a la Unidad Deportiva Sur, dependiente del Instituto Colimense del Deporte, con la categoría de Auxiliar Administrativo "B", plaza sindicalizada.

    3. Que el C. Héctor Ramos Castañeda, nació el día 22 de octubre de 1943, según consta en la certificación del acta de nacimiento No. 163, correspondiente al mismo año, expedida por el C. Oficial O1 del Registro Civil de Coquimatlán, Colima, el día 18 de enero de 1996, acreditando una edad de 72 años, contando con una antigüedad acumulada de 19 años y 3 meses de servicio, de acuerdo con la constancia expedida por el Director General de Capital Humano, de la Secretaría de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil dieciséis.

      Actualmente se encuentra adscrito al Despacho del C. Secretario de Administración y Gestión Pública, dependiente de la Secretaría de Administración y Gestión Pública, con la categoría de Electricista, plaza sindicalizada.

    4. Que el C...

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