Decreto NO. 129 por el Que Se Otorga Pensión por Viudez y Orfandad a las CC. Yolanda Carrizales Pizano y la Menor Karem Ximena Gómez Carrizales, Así Mismo Se Concede Pensión por Viudez a las CC. Felícitas Cruz García, MA. Lionor Andrade Camacho, Xóchitl Larios Anguiano, María del Socorro Robles Guerrero, Leticia Jiménez, Rosa Paredes Cruz, Oliva Elisa Velasco ángel, MA. Teresa Barragán Aguilar, Luz Elena Guerrero Rodríguez, María Rivera López y Amalia Valle ÁNZAR.

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 27 de Agosto del año 2016; Núm. 52 pág. 13.

DECRETO No. 129

POR EL QUE SE OTORGA PENSIÓN POR VIUDEZ Y ORFANDAD A LAS CC. YOLANDA CARRIZALES PIZANO Y LA MENOR KAREM XIMENA GÓMEZ CARRIZALES, ASÍ MISMO SE CONCEDE PENSIÓN POR VIUDEZ A LAS CC. FELÍCITAS CRUZ GARCÍA, MA. LIONOR ANDRADE CAMACHO, XÓCHITL LARIOS ANGUIANO, MARÍA DEL SOCORRO ROBLES GUERRERO, LETICIA JIMÉNEZ, ROSA PAREDES CRUZ, OLIVA ELISA VELASCO ÁNGEL, MA. TERESA BARRAGÁN AGUILAR, LUZ ELENA GUERRERO RODRÍGUEZ, MARÍA RIVERA LÓPEZ Y AMALIA VALLE ÁNZAR.

LIC. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y ;

A N T E C E D E N T E S

  1. Que mediante oficios de números SGG.- N°253/2016 y SGG.-Nº256/2016, de fecha 08 y 10 de agosto del año 2016, respectivamente, la Secretaría General de Gobierno, remitió la iniciativa del Poder Ejecutivo Estatal las que contienen la solicitud de pensiones por viudez y orfandad, cuyos expedientes nos fueron turnados a la Comisión Dictaminadora mediante oficio número DPL/559/016, de fecha 16 de agosto de 2016, respectivamente, suscrito por los CC. Diputados Francisco Javier Ceballos Galindo y José Adrián Orozco Neri, Secretarios de la Directiva en funciones.

  2. Que el Director General de Capital Humano de la Secretaria de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, mediante oficio número DGCH/0434/2016, de fecha 01 de marzo de 2016, DGRH/0133/2016, de fecha 12 de enero de 2016; DGRH/0200/2016, de fecha 27 de enero de 2016; DGCH/0386/2016, de fecha 22 de febrero de 2016; DGCH/05/2016, de fecha 08 de marzo de 2016; DGCH/0195/2016, de fecha 14 de marzo de 2016; DGCH/0633/2016, de fecha 01 de abril de 2016; DGCH/0655/2016, de fecha 08 de abril de 2016; DGCH/0707/2016, de fecha 08 de abril de 2016; DGCH/0773/2016, de fecha 20 de abril de 2016; DGCH/1080/2016, de fecha 15 de junio de 2016, y DGCH/ 1112/2016, de fecha 20 de junio de 2016; solicitaron al Titular del Poder Ejecutivo del Estado el inicio del trámite para autorizar la pensión por viudez a favor de los CC. Yolanda Carrizales Pizano y por orfandad a la menor Karem Ximena Gómez Carrizales; Felicitas Cruz García; Ma. Lionor Andrade Camacho; Xochitl Larios Anguiano; María del Socorro Robles Guerrero; Leticia Jiménez; Rosa Paredes Cruz; Oliva Elisa Velasco Ángel; Ma. Teresa Barragán Aguilar; Luz Elena Guerrero Rodríguez; María Rivera López y Amalia Valle Anzar; respectivamente.

  3. Que el señor Alfonso Gómez Velasco, fue declarado en presunción de muerte, mediante sentencia del expediente número 880/2013-B, acreditándolo con la certificación de acta de inscripción de ejecutorias número 3, expedida por el Oficial 1 del Registro Civil de Colima, Colima, el 11 de junio de 2015, quien se encontraba adscrito a la Dirección General de la Policía Estatal Preventiva, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública y contaba con una antigüedad de

    DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

    21 años 6 meses, según informa el Director General de Capital Humano, de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, mediante constancia de antigüedad de fecha 26 de febrero de 2016.

    Que la C. Yolanda Carrizales Pizano estaba casada con el señor Alfonso Gómez Velasco, como se acredita con la certificación de matrimonio del acta N° 164, correspondiente al año de 1986, expedida por el Director del Registro Civil del Estado de Colima, el día 10 de junio de 2015, y quienes procrearon una hija de nombre Karem Ximena Gómez Carrizales, como se acredita con la certificación de nacimiento del acta número 1490, correspondiente al año de 2003, contando a la fecha con 12 años de edad y de quien dependía económicamente hasta la fecha de su presunción de muerte, como se acredita con la Información Testimonial, ratificada ante el Juez Mixto de Paz de Villa de Álvarez, Colima, el día 17 de junio de 2015

  4. Que el señor Juan Rodríguez Contreras, falleció el día 31 de julio de 2015, según consta en la certificación del acta de defunción No. 1044, expedida por el Oficial 1 del Registro Civil de Colima, Colima, el día 18 de agosto de 2015, quien se encontraba adscrito a la Nómina de Jubilados y Pensionados de la Burocracia, según informa el Director General de Recursos Humanos hoy Director General de Capital Humano, de la Secretaría de Administración y Gestión Pública. Que la C. Felicitas Cruz García estaba casada con el señor Juan Rodríguez Contreras, como se acredita con la certificación de matrimonio del acta No. 363, correspondiente al año de 1974, expedida por el Oficial No. 1 del Registro Civil de Villa de Álvarez, Colima, el día 17 de mayo de 2015, de quien dependía económicamente hasta la fecha de su fallecimiento, como se acredita con la información Testimonial, ratificada ante el Juez Mixto de Paz de Villa de Álvarez, Colima, el día 25 de agosto del año 2015.

  5. Que el señor José Francisco Llerenas, falleció el día 02 de enero de 2016, según consta en la certificación del acta de defunción No. 10, expedida por la Oficial Secretaria del Registro Civil en Funciones de Oficial No 1 de Colima, Colima, el día 22 de enero de 2016, quien se encontraba adscrito a la Nómina de Jubilados y Pensionados de la Burocracia, según Informa el Director General de Recursos Humanos hoy Director General de Capital Humano, de la Secretaría de Administración y Gestión Pública.

    Que la C. Ma. Lionor Andrade Camacho, estaba casada con el señor José Francisco Llerenas, como se acredita con...

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