Decreto Municipal No. 25 de Culiacán por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de Admiración del Municipio de Culiacán, Sinaloa

Fecha de publicación05 Julio 2013
EstadoSinaloa
MunicipioCuliacán
10
«EL ESTADO
DE
SINALOA» Viernes
05
de Julio de 2013
AYUNTAMIENTOS
LIC. MOISÉS AARÓN RIVAS LOAIZA, Presidente Municipal de Culiacán, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Ayuntamiento de Culiacán, por conducto de
su
Secretaria, se
ha
servido comunicarme para los
efectos correspondientes lo siguiente:
Que
en
sesión ordinaria de cabildo celebrada el dia cinco del mes de abril del año dos mil trece,
el
Honorable
Ayuntamiento de Culiacán,
en
ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 115, fracciones I y
11,
párrafos
primero y segundo e i nciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 110 y 125, fracci
ón
11,
inciso
a),
de la Constitución Política del Estado
de
Sinaloa;
13
, 15 Y 27, fracciones 1, y IV, de
la
Ley de Gobierno Municipal del
Estado de Sinaloa;
15
, del Reglamento Interior de Administración del Municipio de Culiacán, Sinaloa y 1 Y 3 del
Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Culiacán, Sinaloa, tuvo a bien aprobar la iniciativa de "Decreto
por
el
que
se adicionan y derogan
diversas
disposiciones
del Reglamento
Interior
de
Administración
del
Municipio
de
Culiacán,
Sinaloa"
, de conformidad con la siguiente:
EXPOSICiÓN
DE
MOTIVOS
1.- Con fecha 22 de marzo de 2013
se
recib
en
las oficinas de
la
Comisión de Gobernación , anexo
al
oficio con número
de
fol
io 1230/13, de
la
Secretaria del H. Ayuntamiento,
un
expediente administrativo que contiene una
"iniciativa
de
Decreto
por
el que se
adicionan
y derogan
diversas
disposiciones
del Reglamento
Interior
de
Administración
del
Municipio
de Culiacán,
Sinaloa",
suscrita por el ciudadano Presidente Municipal , Lic. Moisés Aarón Rivas Loaiza.
La
remisión de
la
Iniciativa a que se refiere
el
oficio antes citado, tiene como objeto que
la
citada Comisión, en ejercicio
de
sus atribuciones normativas ,
la
analizara, deliberara y, en
su
caso, dictaminara como en Derecho corresponda.
2.-
De
conformidad con los articulas citados
en
el
proemio de este decreto,
el
órgano municipal
es
competente para
conocer y resolver
en
la
especie.
3.- Estableci
da
la competencia del cuerpo colegiado,
se
procedió
al
análisis del texto normativo contenido en el cuerpo
de l a
in
iciati
va
de marras a efecto de
va
lorar
su
procedencia;
en
ese sentido, a continuación se transcribe
la
exposición
de motivos que sustenta el cuerpo normativo de
la
iniciativa para
un
análisis panorámico e integral de
la
misma, a efecto
de
proceder a una adecuada valo ración como en Derecho corresponde.
La
citada exposición de motivos
es
del tenor
li
te
r
al
siguiente:
"
Que
en
diversas reuniones
de
trabajo llevadas a cabo los días
11
,
12
Y
13
de
marzo del presente año con los
CC.
Regidores del Honorable Ayuntamíento
de
Culiacán, integrantes
de
las comisiones
de
Gobemación, Hacienda y
Rastros, Mercados y Centrales
de
Abastos,
se
tomó
el
acuerdo
de
presentar
una
reforma al Reglamento Interior
de
Administración del Municipio
de
Culiacán, Sin aloa, con
la
finalidad
de
adicionar y derogar diversas disposiciones del
cuerpo normativo
en
comento.
Acorde a
lo
anterior, se propone crear el Departamento
de
Mercados y Comercio en la Vía Pública y adicionarlo como
departamento dependiente
de
las Dirección
de
Servicios Públicos, con
la
finalidad
de
armonizarlo con el artículo 85
fracción IV
de
la
Ley
de
Gobiemo Municipal del Estado
de
Sinaloa, el cual establece que los mercados y centrales
de
abastos son servici
os
públicos municipales al que están obligados los Municipios a brindar.
Asi
de
conformidad con lo anterior,
se
propone derogar diversas facultades y obligaciones vigentes del Recaudador de
Ingresos Diversos, establecidas en el Reglamento Interior de Administración del Municipio
de
Culiacán, Sinaloa, con
la
finalidad
de
evitar antinomias y asl darle coherencia y sistemaficidad al Reglamento en comento .
Lo anterior se propone con el objetivo
de
que
el Recaudador
de
Ingresos Diversos solo tenga
la
naturaleza recaudatoria
propia de sus facultades y obligaciones, que entre otras son las
de
exigir y vigilar que los pagos por concepto de
permisos, licencias o concesiones se hagan oportunamente, y pasarle la carga administrativa,
de
inspección,
de
autorizaciones
de
permisos, licencias o concesiones entre otras al Departamento
de
Mercados y Comercio en la
Vla
Pública.
Lo anteriormente expuesto ha motivado
que
por
ende se adicionen y deroguen diversas disposiciones del Reglamento
Interior
de
Administración del Municipio
de
Culiacán, Sinaloa, publicado en el Periódico Oficial
UEI
Estado de Sinaloa
",
número
020,
del 15
de
febrero
de
2008. "
4. Como se advierte de la exposición de motivos antes transcrita , el objeto de
la in
iciativa de adición consiste
en
crear
el
Departamento de Mercados y Comercio en la Via Pública y adicionarlo como departamento dependiente de las Dirección
de Servicios Públicos, con
la
finalidad de armonizarlo con el articulo 85 fracción IV de la Ley de Gobierno Municipal del
Estado de Sinaloa, el cual establece que los mercados y centrales de abastos son servicios públicos municipales
al
que
están obligados los Municipios a brindar.
·
~o
,

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