Decreto por el que se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal con relación a la vigencia de la Constancia de Alineamiento y número oficial, así como para fortalecer la revisión de la Seguridad Estructural de Planteles Educativos

P O D E R E J E C U T I V O JEFATURA DE GOBIERNO

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos , séptimo párrafo, 25 y 122 apartado A base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9 apartado E numerales 1 y 2, 10 apartado B numeral I, 16 apartado E numerales 1 y 2, 17 apartado B numerales 2 y 3 y 32 apartados A numeral I y C numeral I incisos a), p) y q) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 7, 10 fracciones II, IV, XXI y XXII, 11, 12, 16, 20 fracción V y 21 primer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 3°, 5° y 11 primer párrafo de Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; así como 4 fracción II, 6 fracción XI de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que la pandemia provocada por el virus SARS-COV-2 (COVID-19) ha obligado a tomar importantes medidas sanitarias que, inevitablemente, han afectado negativamente la actividad económica del país. Una de las áreas económicas más afectadas ha sido la industria de la construcción.

Que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Empresas Constructoras (ENEC), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en noviembre de 2020, el valor real de la producción de empresas constructoras, en su comparación anual, registró una variación de -23.8%, el personal ocupado total disminuyó -19.2% y las horas trabajadas decrecieron -18.1%.

Que además de la actividad económica, desde que se declaró la pandemia, en marzo de 2020, la realización de diversos trámites en la Ciudad de México se ha dado de manera accidentada.

Que diversas dependencias han cerrado sus oficinas para realizar trámites. Entre éstas, al día de hoy los servicios de atención al público no se han restablecido totalmente, en tanto, la Ciudad de México sigue en semáforo naranja.

Que la Constancia de Alineamiento y Número oficial es uno de los principales documentos para la realización de trámites de construcción e inmobiliarios, en general. Se realizan en cada una de las Alcaldías, que cuentan con la facultad y registros para hacer constar el alineamiento y asignar la numeración a cada predio de la Ciudad.

Que la actividad económica en este sector se incentiva al eliminar la tramitación ante ventanillas de las Alcaldías de una constancia de alineamiento y número oficial cuando su vigencia se ha vencido sin haber culminado la realización de trámites correspondientes de la obra o del inmueble por lo que la extensión de la misma implica un mejora regulatoria y simplificación al trámite de mérito.

Que entre los principales objetivos del Gobierno de la Ciudad de México, se encuentra la atención integral de los planteles educativos o de aquellos inmuebles destinados al servicio educativo, particularmente, respecto al cumplimiento de las condiciones de seguridad estructural necesarias para su ocupación, así como el fortalecimiento del procedimiento técnico para la revisión estructural de éstas, lo que resulta prioritario tomando en consideración que esta Ciudad se encuentra ubicada en una zona de alto peligro sísmico.

Que actualmente, en la Ciudad de México existen 2,786 planteles educativos públicos y 2,775 planteles educativos privados de nivel básico, lo que da un total de 5,561 planteles, lo que representa un porcentaje importante de inmuebles que deben atenderse de manera eficiente y prioritaria, conforme a un marco normativo claro y preciso, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES AL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL CON RELACIÓN A LA VIGENCIA DE LA CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL, ASÍ COMO PARA FORTALECER LA REVISIÓN DE LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL DE PLANTELES EDUCATIVOS.

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 de abril de 2021

PRIMERO. Se reforman la fracción IV del artículo 2, primer párrafo del artículo 25, la denominación del Capítulo IV del Título Cuarto, primer y segundo párrafos, fracción V del segundo párrafo, tercer, cuarto y quinto párrafos del artículo 68, primer párrafo del artículo 69, primer párrafo del artículo 70, 71, primer párrafo, incisos a), b) y c) del artículo 177 BIS, primer párrafo del artículo 179, primer párrafo fracciones I, III, V, VI y VII del artículo 180. Se adicionan las fracciones XXVI y XXVII al artículo 2, un segundo párrafo al artículo 25 recorriendo el actual y convirtiéndose éste en tercer párrafo, el artículo 71 BIS, 71 TER, 71 QUATER, fracción IV y cuarto párrafo al artículo 177. Se deroga el segundo párrafo del artículo 177 BIS; para quedar como sigue:

ARTÍCULO 2.- Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por:

I. a la III. 2026

IV. Alcaldía, a los órganos político administrativos de cada una de las demarcaciones territoriales;

V. a la XXV. 2026

XXVI. Normas de Rehabilitación, a las Normas para la...

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