Decreto por el que se modifica respecto a la superficie, el Decreto del veinte de noviembre de dos mil siete, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el quince de julio de dos mil ocho, por el que se Desincorporó de los Bienes del Dominio Público que integra el Patrimonio del Distrito Federal el predio ubicado en Avenida Coyoacán, esquina Avenida Universidad, colindante al Número 1273 de la Avenida Universidad, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, con una superficie de 104.25 metros cuadrados, a favor de la empresa Orfeón Videovox, Sociedad Anónima, (Radio Fórmula) (Segunda Publicación)

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Octubre de 2016

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA RESPECTO A LA SUPERFICIE, EL DECRETO DEL VEINTE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL QUINCE DE JULIO DE DOS MIL OCHO, POR EL QUE SE DESINCORPORÓ DE LOS BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO QUE INTEGRA EL PATRIMONIO DEL DISTRITO FEDERAL EL PREDIO UBICADO EN AVENIDA COYOACÁN, ESQUINA AVENIDA UNIVERSIDAD, COLINDANTE AL NÚMERO 1273 DE LA AVENIDA UNIVERSIDAD, COLONIA DEL VALLE, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 104.25 METROS CUADRADOS, A FAVOR DE LA EMPRESA ORFEÓN VIDEOVOX, SOCIEDAD ANÓNIMA, (RADIO FÓRMULA), AL VALOR QUE EMITA LA DIRECCIÓN DE AVALÚOS DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO INMOBILIARIO, MÁS UN 10% DEL VALOR QUE SE SEÑALE, A TRAVÉS DE SERVICIOS METROPOLITANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (SEGUNDA PUBLICACIÓN).

MARLENE VALLE CUADRAS, Directora General de Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, apartado A, Base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016; 1, 2, 7, 8, fracción II, 67, fracciones XIX y XXXI, 90, 137, 138, fracción II, 141 y 144, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 8°, 12, 14, 15, fracciones II y XVI, 23, fracciones XXII y XXXI, 24, fracción XII y 35, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2°, fracción I, inciso D), 4°, fracción I, 8°, fracción III, 16, fracción II, 21, 25 y 34, de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público y en el Acuerdo Delegatorio de facultades del cuatro de septiembre de dos mil catorce, publicado el día veinticinco de septiembre de dos mil catorce, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número mil novecientos cincuenta y uno, de la Décima Séptima Época; y

CONSIDERANDO

Primero. Que la Ciudad de México es la Entidad Federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes muebles e inmuebles necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo, y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones.

Segundo. Que el patrimonio de la Ciudad de México, se compone también por los bienes del dominio público, los cuales podrán ser enajenados previo Decreto de Desincorporación que expida el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Tercero. Que mediante Decreto del veinte de noviembre de dos mil siete, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el quince de julio de dos mil ocho, se desincorporó de los bienes del dominio público que integran el...

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