Decreto No. 228 Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Colima, para El Ejercicio Fiscal 2011

Fecha de disposición04 Diciembre 2010
Fecha de publicación04 Diciembre 2010
SecciónAnexos
Número de Gaceta50

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 228

SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE COLIMA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.-

El H. Ayuntamiento de Colima, con oficio 1362/010 del 30 de octubre de 2010, envió a esta Soberanía la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Colima para el Ejercicio Fiscal 2011, aprobada por el H. Cabildo municipal en la Sesión Extraordinaria, celebrada el 28 de octubre de 2010. En cumplimiento al contenido de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.-

El H. Congreso del Estado, con oficio 413/2010 del 29 de octubre de 2010, turnó la iniciativa de Ley de Ingresos para el Municipio de Colima para el ejercicio fiscal 2011, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

TERCERO.- La iniciativa materia de este dictamen, en la exposición de motivos que la sustenta señala en lo que corresponde a la materia en análisis lo siguiente:

* "Que mediante memorándum No. 02-S-1311/2010 de fecha 25 de octubre del 2010, suscrito por el secretario de éste H. Ayuntamiento, se remitió a esta Comisión de Hacienda Municipal el oficio No. 02-TMC-476/2010 de fecha 22 de octubre del 2010, autorizado por la Tesoreria Municipal, mediante el cual acompaña y solicita se someta a consideración del H. Cabildo, el Anteproyecto de Ley de Ingresos para el Municipio de Colima para el ejercicio fiscal 2011.

* Que en atención a lo preceptuado en el artículo 72, Fracción I y V, de la Ley de Municipio Libre del Estado de Colima, en correlación con el artículo 10, fracción I, de la Ley de Presupuesto , Contabilidad y Gasto Público Municipal, es atribución del titular de la Tesorería Municipal formular el Anteproyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal que corresponda que deberá presentarse ante el pleno del Ayuntamiento para efectos de su aprobación y posterior presentación como iniciativa legislativa ante el H. Congreso del Estado.

* Que en observancia al artículo 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, los Ayuntamientos estarán obligados a remitir anualmente al Congreso del Estado, para su aprobación, sus proyectos de leyes de ingresos, a más tardar el 31 de octubre y hasta el 15 de noviembre de cada tres años con motivo del cambio del gobierno municipal.

* Que el anteproyecto de Ley de Ingresos para el año 2011, formulado por la Tesorería Municipal, se ajusta a las nuevas disposiciones de armonización contable y homogenización financiera previstas por la Ley General de Contabilidad Gubernamental publicada el 31 de diciembre del 2008 en el Diario Oficial de la Federación, que obliga a los entes públicos federales, estatales y municipal a implementar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las decisiones que emanen del Consejo Nacional de Armonización Contable,

órgano creado por la referida ley general para el cumplimiento de sus fines.

* Que el día 09 de diciembre del 2009 el Consejo Nacional de Armonización Contable publicó en el Diario Oficial de la Federación el denominado Clasificador por Rubros de Ingresos (CRI)

con el propósito expreso de permitir una clasificación de los ingresos presupuestarios de los entes públicos acorde con criterios legales, internacionales y contables, claro, preciso, integral y útil, que posibilite un adecuado registro y presentación de las operaciones, que facilite la interrelación con las cuentas patrimoniales.

* Que con el propósito de cumplir localmente con la disposición anterior y llevarla a la práctica en el ámbito municipal colimense, la Asamblea Fiscal Estatal, donde el municipio de Colima está representado por la titular de la Tesorería Municipal, acordó un nuevo Clasificador por Rubros de Ingresos armonizado para los diez municipios del Estado de Colima, que cumple con los requerimientos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y con las directrices del Consejo Nacional de Armonización Contable.

Como consecuencia de lo anterior la Tesorería Municipal, en la formulación del Anteproyecto de Ley de Ingresos para el año 2011, ya considera la nueva clasificación de los ingresos municipales armonizada con los lineamientos del referido CRI, siendo el catalogo de ingresos que se propone del tenor siguiente:

  1. Impuestos 2. Cuotas y aportaciones de seguridad social 3. Contribuciones de mejoras 4. Derechos 5. Productos 6. Aprovechamientos 7. Ingresos por la venta de bienes y servicios 8. Participaciones y aportaciones 9. Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 10. Ingresos derivados de financiamiento

* En el Anteproyecto de Ley de Ingresos se estima que para el año fiscal 2011, el municipio de Colima perciba la cantidad de $ 411,729,710.00 (Cuatrocientos once millones setecientos veintinueve mil setecientos diez pesos 00/100 M.N.), por concepto de ingresos provenientes de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones y aportaciones, transferencias y otros, en las cantidades calculadas que en el referido anteproyecto se consignan.

* En la elaboración del Anteproyecto de Ley de Ingresos se consideran ingresos reales de enero a septiembre de 2010. Para los meses de octubre a diciembre, se tomó un promedio de los ingresos reales de julio, agosto y septiembre de 2010, considerados en las cuentas públicas correspondientes. Una vez anualizados, se aplicó un incremento del 5% a los ingresos propios (impuestos, derechos, productos y aprovechamientos) tomando como base los Índices Nacionales de Precios al Consumidor y la inflación acumulada prevista por el Banco de México, porcentaje que está dentro de los parámetros incrementales que proporciono que el Instituto Técnico Hacendario del Estado de Colima (INTHEC) le proporcionó a la Tesorería Municipal de este Ayuntamiento.

El INTHEC indicó que los incrementos a los ingresos propios deberán estar comprendidos en un rango porcentual mínimo del 4.5% y el máximo del 6%; hecho que nos da la certidumbre que las cifras del anteproyecto esta dentro de los parámetros sugeridos.

Por su parte, para los renglones de Participaciones y Aportaciones se tomó en cuenta la proyección que fue enviada por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado.

* En el Anteproyecto de Ley de Ingresos se propone que en el ejercicio fiscal 2011 se cobre por el pago extemporáneo de créditos fiscales una tasa de 1.75%, ya que la tasa actual de recargos es de 2.25% y ha resultado ser en la practica una tasa desproporcionada y excesiva, por lo que su disminución se estima acorde con un principio de justicia tributaria y ayudará al mejor cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

* El Anteproyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal del próximo año se encuentra estructurado en ocho artículos y una disposición y transitoria, que indica su entrada en vigor a partir del 1 de enero del año 2011.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Hacienda Municipal tenemos a bien someter a la consideración del H. Cabildo de Colima los siguientes puntos de:

* Que con el propósito de aplicar la...

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