Decreto No. 191 por El que Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Armería, Colima, para El Ejercicio Fiscal 2008

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 191

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ARMERÍA, COLIMA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III Y 39, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.-

El H. Ayuntamiento de Armería, Col., con oficio 203/2007 del 31 de octubre de 2007, envió a esta Soberanía la iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2008. Facultad prevista en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, artículos 37 fracción IV y 94; coherente con el artículo 115 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El H. Congreso, con oficio número 1009/07 de fecha 7 de noviembre de 2007, turnó la presente iniciativa a la Comisión de Hacienda y Presupuesto, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

SEGUNDO.-

Son obligaciones de los mexicanos: Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes

lo dispone: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 31 fracción IV. Obligación para los habitantes de este Estado, prevista en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en su artículo nueve.

Con las contribuciones que ingresen al Municipio de Armería, la autoridad municipal podrá proporcionar los servicios públicos y cubrir las necesidades más apremiantes de los habitantes de esa entidad».

TERCERO.- La Ley de Ingresos tiene por objeto establecer los recursos financieros que ingresarán, en el año 2008, a la hacienda municipal por conceptos de impuestos, contribuciones especiales, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, recursos federalizados e ingresos extraordinarios. Contribuciones reguladas por su ley de hacienda municipal, en cuanto al objeto, sujeto, base, cuotas, tarifas, exenciones, manifestaciones, avisos, formalidades y fecha de pago.

La presente Ley de Ingresos estará en vigor a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2008; prorrogándose su vigencia, sólo en los casos previstos por la Constitución Política del Estado y la Ley del Municipio Libre.

CUARTO.-

La Comisión dictaminadora, conjuntamente, con la Contaduría Mayor de Hacienda, analizó la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Armería. Consideró los razonamientos expuestos por el Ayuntamiento en la exposición de motivos que soporta la iniciativa. Verificó los conceptos y cálculos de los importes a percibir y su correlación con los conceptos, cuotas y tarifas previstas en su ley de hacienda municipal.

QUINTO.-

En el estudio y análisis de la iniciativa, observamos en los montos de impuestos, derechos, productos y aprovechamientos: un incremento de 4% en relación a los ingresos obtenidos por la hacienda municipal en el presente año. Porcentaje equivalente a la estimación inflacionaria acumulada para el año 2007. Indudablemente, repercutirá en el incremento al salario mínimo.

Como las cuotas y tarifas contenidas en la Ley de Hacienda para el Municipio de Armería, están expresadas en unidades de salarios mínimos generales, los porcentajes de incrementos al salario serán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR