Decreto por el Que Se Crea el Patronato de Vinculación Social de Casa de Gobierno del Estado de COLIMA.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 17 de Marzo del año 2018; Núm. 20 pág. 650

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

DECRETO

POR EL QUE SE CREA EL PATRONATO DE VINCULACIÓN SOCIAL DE CASA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 58 fracciones IV, XXIII y XLII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 9 y 32 fracciones I, IX, XV y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad al artículo 12 de la Ley de Protección del Patrimonio Cultural para el Estado de Colima, corresponde al titular del Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Cultura, la identificación, registro, investigación, restauración, protección, conservación, fomento, mejoramiento, uso y difusión del patrimonio cultural del Estado.

Por su parte, el artículo 39 párrafo segundo del referido ordenamiento establece que el Poder Ejecutivo podrá promover la creación de organismos de participación ciudadana, integrados por un presidente, un secretario y vocales representantes de los diferentes sectores de la sociedad civil; cuya función esencial consistirá en vigilar el cumplimiento de los programas estatales y municipales en materia de protección del patrimonio cultural, así como cuidar los bienes muebles o inmuebles que les sean asignados para su custodia por la autoridad competente.

Que el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima establece la facultad del titular del Poder Ejecutivo para acordar la creación y funcionamiento de consejos, comités, comisiones o juntas de carácter interinstitucional y consultivos para garantizar la participación ciudadana en los asuntos de interés público, en los que se integre por invitación a dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, de otros órdenes de gobierno, o a personas físicas y morales que por razón de sus respectivas atribuciones y actividades sea conveniente convocar.

Con base en los fundamentos expuestos, mediante el presente Decreto se constituye el Patronato de Vinculación Social de Casa de Gobierno del Estado de Colima, el cual será la instancia de coordinación entre el sector público y el social para, entre otras acciones, promover la conservación, el mejoramiento y el uso adecuado de Casa de Gobierno del Estado de Colima; difundir los valores cívicos, sociales, ciudadanos y culturales, que representa su recinto y despacho oficial; y establecer actividades de difusión y programación de visitas guiadas al mismo con la finalidad de difundir su contenido cultural.

Que el referido Patronato se integrará por un Presidente, que será el Titular del Poder Ejecutivo del Estado; un Secretario Técnico, que será el Secretario de Cultura; y Vocales representantes de la Cámara Nacional del Comercio; la Confederación Patronal de la República Mexicana; la Sociedad Defensora del Tesoro Artístico de México; el Archivo Histórico de Colima; los Archivos históricos municipales; de la Universidad de Colima; del Instituto Tecnológico de Colima; y dos representantes designados directamente por el Presidente; así como el titular de la Secretaría de Educación. Con esta acción se pretende garantizar la preservación, el mejoramiento y el uso adecuado del bagaje cultural de Casa de Gobierno del Estado, permitiendo el acceso de la sociedad para su conocimiento y valoración.

Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE CREA EL PATRONATO DE VINCULACIÓN SOCIAL DE CASA DE GOBIERNO DEL

ESTADO DE COLIMA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 13
Artículo 1 Objeto del Decreto
  1. El Patronato de Vinculación Social de Casa de Gobierno del Estado de Colima se crea con carácter permanente como una instancia de coordinación entre el sector público y el social que tiene por objeto:

  1. Promover la conservación, el mejoramiento y el uso adecuado del recinto y despacho oficial de la Casa de Gobierno del Estado de Colima;

  2. Difundir los valores cívicos, sociales, ciudadanos y culturales que representa el recinto y despacho oficial de la Casa de Gobierno del...

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