Decreto que Autoriza Al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, para que por Conducto de la Secretaria de Administracion y Finanzas, Lleve a Cabo el Refinanciamiento Y/o Reestructuracion de la Deuda Publica Directa de Largo Plazo del Estado, Asi como para la Contratacion de Un Nuevo Financiamiento

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Octubre de 2018
Director: Lic. Vicberto Romero Mora
Sección Primera
Tomo CCIII
Tepic , Na ya ri t; 4 de Octubre de 2 01 8
Número: 070
Tiraje: 040
SUMARIO
DECRETO QUE AUTORIZA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO DE NAYARIT, PARA QUE POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA
DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LLEVE A CABO EL
REFINANCIAMIENTO Y/O REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA
DIRECTA DE LARGO PLAZO DEL ESTADO, ASÍ COMO PARA LA
CONTRATACIÓN DE UN NUEVO FINANCIAMIENTO
2 Periódico Oficial Jueves 4 de Octubre de 2018
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo.- Nayarit.
“Centenario de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit 1918-2018”
L.C. ANTONIO ECHEVARRÍA GARCÍA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:
Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:
DECRETO
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
representado por su XXXII Legislatura, decreta:
Autorizar al Titular del Poder Ejecutivo del
Estado de Nayarit, para que por conducto de la
Secretaría de Administración y Finanzas, lleve a
cabo el refinanciamiento y/o reestructuración de
la deuda pública directa de largo plazo del
Estado, así como para la contratación de un
nuevo financiamiento.
ARTÍCULO PRIMERO. Se autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit,
para que por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas, lleve a cabo el
refinanciamiento y/o reestructuración de la deuda pública directa de largo plazo del Estado,
contratada por conducto del Poder Ejecutivo, así como para la contratación de un nuevo
financiamiento hasta por la cantidad de $950,000,000.00 (novecientos cincuenta millones
de pesos 00/100 m.n.), a ser destinado a inversión pública productiva y para la celebración
de diversos actos relacionados.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto es de orden público e interés social; y se
otorga de conformidad con lo dispuesto por los artículos 117 fracción VIII, Tercer Párrafo,
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 47 fracción XIX de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, y 13 de la Ley de Deuda
Pública del Estado de Nayarit, conforme al voto de las dos terceras partes de los miembros
presentes de la Legislatura Estatal, previo análisis de (i) la capacidad de pago del Estado;
(ii) el destino que se dará a los recursos crediticios que se obtengan por virtud de los
financiamientos que se contraten al amparo del presente Decreto, y (iii) la fuente de pago
de los financiamientos, garantías de pago y/o instrumentos derivados de cobertura de
tasas de interés que se celebren por virtud del mismo; y tiene por objeto autorizar al Poder
Ejecutivo del Estado para llevar a cabo:
I. El refinanciamiento y/o reestructuración de la deuda pública directa de largo plazo a
cargo del Estado, contratada por conducto del titular del Poder Ejecutivo del Estado, y

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