Decreto por el que se adiciona el artículo 29 del Reglamento para el Control de Estacionamiento en las Vías Públicas del Distrito Federal

En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil doce.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, JESÚS VALDÉS PEÑA.- FIRMA.

DECRETO POR EL QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 29 DEL REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE

ESTACIONAMIENTO EN LAS VÍAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL

(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 8° fracción II, 67 fracción II, 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

Decreto por el que adiciona el artículo 29 del Reglamento para el Control de Estacionamiento en las Vías Públicas del Distrito Federal

Único.- Se adiciona un segundo párrafo al artículo 29 del Reglamento para el Control de Estacionamiento en las Vías Públicas del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 29.- 2026

Los permisos a que se refiere este artículo serán otorgados por la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal, a través...

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