Decreto 310 por el Que Se Reforman las Fracciones Vi y Vii del Artículo 52 Bis y las Fracciones Iii y Iv del Artículo 52 Bis I; Se Adicionan las Fracciones Viii y Ix Al Artículo 52 Bis y las Fracciones V, Vi, Vii y Viii Al Artículo 52 Bis 1, Todos de la Ley de Turismo del Estado de COLIMA.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 01 de Julio del año 2017; Núm. 44 pág. 10.

DECRETO No. 310

POR EL QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES VI Y VII DEL ARTÍCULO 52 VIS Y LAS FRACCIONES III Y IV DEL ARTÍCULO 52 BIS I; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES VIII Y IX AL ARTÍCULO 52 BIS Y LAS FRACCIONES V, VI, VII Y VIII AL ARTÍCULO 52 BIS 1, TODOS DE LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO DE COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO,

A N T E C E D E N T E S

  1. -El Diputado Santiago Chávez Chávez y demás diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado, con fecha 31 de agosto de 2016, presentaron ante la Asamblea Legislativa, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto relativa a reformar disposiciones que anteriormente se mencionaron en el proemio de este ocurso.

  2. - Mediante oficio número DPL/622/016 de fecha 31 de agosto de 2016, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, turnaron a las Comisiones de Planeación, Fomento Económico y Turismo y de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la iniciativa en materia, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - Los integrantes de las Comisiones que dictaminamos procedemos a realizar el siguiente:

A N Á L I S I S D E L A I N I C I A T I V A

I.-El suscrito Diputado Santiago Chávez Chávez y demás diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario lnstitucional, en la exposición de motivos que la sustenta, señalan textualmente que:

"De acuerdo a los ingresos generados por el turismo en México y que son de vital importancia para la economía del Estado, es menester que los reglamentos que utilizan los prestadores de servicios encuentren un sustento legal en la presente Ley, para que de conformidad exista una certeza jurídica en sus reglamentos, ya que dichos reglamentos no cuentan con un respaldo legal que garantice su aplicación debida, como se pretende hacer en Ia inclusión de las fracciones Vlll y lX del artículo 51 BIS y las fracciones V, Vl, Vll, Vlll y lX al artículo 52 BIS de la Ley de Turismo para el Estado, aplicables tanto para los prestadores de servicios, como al turismo.

La integración de esta fracciones a los artículo 52 BIS Y 52 BIS 1, ES CON LA INTENCION DE QUE LOS REGLAMENTOS QUE establecen los prestadores de servicios en sus instalaciones, es con la finalidad de mantener el orden y el lugar en buenas condiciones, haciendo acreedores a diversas infracciones a los usuarios que incumpla en ellos, pero de acuerdo al estudio realizado a la Ley que nos adentra, nos encontramos que los reglamentos interpuestos por los prestadores de servicios, carecen de legalidad y certeza jurídica, ya que no cuentan con el fondo legal para su aplicación en esta ley, ya que esta contiene disposiciones que tienden a favorecer el establecimiento

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

del turismo social con calidad en beneficio de los sectores de nuestra población para que estos cuenten con instalaciones adecuadas para que los turistas puedan acudir a ellos y aprovechar su tiempo libre en actividades que propicien su plena integración social.

Así mismo y de acuerdo a las dos nuevas fracciones establecidas en el artículo 52 BIS, es con la finalidad de que los turistas y visitantes durante su estadía en el estado, cuente con una mayor protección de sus derechos, ya que estos no se encuentran previstos en...

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