Decreto 309 por el Que Se Deja Sin Efecto el Decreto 113, Emitido en Sesión Ordinaria de Fecha 17 de Junio de 2016 y Publicado el 02 de Julio del Mismo Año en el Periódico Oficial 'El Estado de COLIMA'.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 01 de Julio del año 2017; Núm. 44 pág. 7.

DECRETO No. 309

POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTO EL DECRETO 113, EMITIDO EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2016 Y PUBLICADO EL 02 DE JULIO DEL MISMO AÑO EN EL PERIÓDICO OFICIAL "EL ESTADO DE COLIMA".

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO,

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Mediante Decreto No. 209, aprobado y expedido por el Pleno de ésta Soberanía, en Sesión Pública Ordinaria No. 7, celebrada el 7 de noviembre del año 2013, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" No. 59, Suplemento No. 3, de fecha 11 de noviembre del año 2013, se declaró concluido el proceso de revisión y fiscalización de los resultados de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2012, de la Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Tecomán, Colima, con base al contenido del informe de resultados emitido por el OSAFIG, que incluye las sanciones administrativas y económicas que se proponía imponer a diversos ex servidores públicos de la COMAPAT, entre ellos al C. Reyes Castellanos Suárez.

SEGUNDO.- En acatamiento al Resolutivo Tercero del Decreto mencionado en el considerando anterior, por conducto de Oficialía Mayor del H. Congreso del Estado, mediante oficio No. 1570/013, de fecha 14 de noviembre de 2013, se turnó a la Comisión de Responsabilidades, acompañado de diversos documentos y el expediente de apoyo técnico de la auditoría enviado por el OSAFIG.

TERCERO.- Previa cuenta que dio la Presidenta a los integrantes de la misma, en ejercicio de las facultades que a la Comisión de Responsabilidades, le otorga la fracción IV del artículo 49 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima, con fecha 20 de enero de 2014, se acordó la apertura y registro del expediente de Responsabilidad Administrativa No 12/2013.

CUARTO.- Una vez integrado el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa y cumplidas todas sus fases, la Comisión de Responsabilidades de la LVII Legislatura, en uso de la atribución que le confieren los artículos 90, 91 y 92 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, 129, 130 y 133 de su...

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